BLANQUEO DE CAPITALES

Blanqueo: aclaran que no existen restricciones para realizar transferencias

El Banco Central informa que, bajo el régimen de blanqueo de capitales es posible realizar transferencias desde las cuentas bancarias especiales
IMPUESTOS - 26 de Agosto, 2024

El Banco Central (BCRA) informa que, bajo el régimen de regularización de activos (blanqueo de capitales) establecido por la Ley 27.743 y su reglamentación, es posible realizar transferencias desde las cuentas bancarias especiales de los clientes desde la fecha de acreditación de los fondos regularizados sin restricción de monto hacia las cuentas bancarias especiales de regularización de los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyC) para la aplicación de los fondos en inversiones elegibles, a través de dichos Agentes.

Los fondos regularizados podrán ser invertidos en la suscripción y/o adquisición, según corresponda, de títulos públicos (incluidos los BOPREAL), acciones, obligaciones negociables, cuotapartes de FCI abiertos o cerrados, valores fiduciarios, pagarés bursátiles y cheques de pago diferido.

Blanqueo: el Banco Central aclara pautas para realizar transferencias

El blanqueo de capitales permite regularizar cualquier monto sin costo, si se mantiene el dinero en el sistema financiero hasta el 31 de diciembre de 2025, o bien se lo invierte en algunas de las colocaciones autorizadas por el Ministerio de Economía. Tampoco estarán sujetas al pago de impuestos quienes regularicen cualquier clase de bienes o tenencias por un valor de hasta USD100.000.

Cuanto antes se ingrese al régimen, menor será la alícuota a abonar. Las alícuotas se dividen en 3 etapas:

  • Etapa 1: hasta el 30 de septiembre de 2024, se abona una alícuota del 5% sobre el excedente de USD 100.000
  • Etapa 2: hasta el 31 de diciembre de 2024, la alícuota es del 10%.
  • Etapa 3: hasta el 31 de marzo de 2025, la alícuota asciende al 15%.

Pueden adherir al régimen las personas humanas que hayan perdido la residencia fiscal antes del 31 de diciembre de 2023. Al adherirse al blanqueo, estas personas adquirirán nuevamente la residencia a partir del 1 de enero de 2024.

Blanqueo: beneficios del régimen vigente

Desde el Gobierno aseguran que el actual blanqueo de capitales es la última oportunidad hasta 2038. La ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes establece que quienes adhieran al blanqueo no van a poder inscribirse en otros regímenes similares hasta el 31 de diciembre de 2038.

El régimen de blanqueo prevé los siguientes beneficios:

  • Se libera de cualquier acción civil y por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros e infracciones administrativas.
  • Extingue la acción penal, excepto las iniciadas por particulares que hubieran sido perjudicados.
  • No se aplicarán las presunciones del incremento patrimonial no justificado

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