La Corte emitió un fallo trascendental sobre la metodología de precios de transferencia
La Corte Suprema de Justicia de la Nación recientemente emitió un fallo trascendental en el caso "Volkswagen Argentina S.A. c/ Dirección General Impositiva s/ recurso directo de organismo externo", abordando cuestiones críticas sobre la metodología de precios de transferencia y la inclusión de resultados extraordinarios en el cálculo de la utilidad operativa. Este artículo analiza los argumentos y las implicancias del fallo.
Nuevo fallo de la Corte Suprema sobre precios de transferencia
Volkswagen Argentina S.A. (VWA) empleó el método de márgenes netos de transacción (MMNT) para determinar los precios de transferencia de sus operaciones en el ejercicio 2001. Dos cuestiones principales surgieron controvertidas:
Por un lado la inclusión del resultado extraordinario de $177.822.875,85, obtenido por la condonación de un préstamo, en el numerador del indicador de utilidad de la TRCE y por otro la utilización de una TRCE promedio de los ejercicios 1999 a 2001 en lugar de la TRCE del ejercicio 2001.
Por ello, AFIP determinó de oficio el impuesto a las ganancias de VWA para el año 2001, incluyendo intereses y una multa, basándose en la inclusión de un resultado extraordinario proveniente de la condonación de un préstamo por parte de su sociedad controlante y en el uso de un promedio de la Tasa de Retorno sobre el Capital Empleado (TRCE) de los años 1999 a 2001.
Precios de tranferencias: antecedentes del fallo de la Corte
El Tribunal Fiscal revocó parcialmente la determinación de la AFIP, eliminando los ajustes relacionados con la condonación del préstamo y el uso del promedio de la TRCE. Argumentó que los ingresos de la condonación fueron utilizados para fines operativos, como la cancelación de deudas y la financiación de una nueva planta en Córdoba, y justificó el uso del promedio de la TRCE debido a las fluctuaciones económicas del sector automotriz durante ese periodo.
La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó el fallo del Tribunal Fiscal, sosteniendo que la condonación del préstamo tenía un carácter operativo y que era razonable incluirlo en el cálculo de la TRCE. Además, indicó que no había impedimento legal para el uso de un promedio plurianual de la TRCE, ya que proporcionaba una visión más precisa del desempeño económico.
Precios de transferencia: recurso ante la Corte Suprema
La AFIP presentó un recurso extraordinario ante la Corte Suprema, argumentando que la condonación del préstamo tenía un carácter financiero y extraordinario, y que no debía incluirse en la TRCE. También rechazó el uso del promedio plurianual de la TRCE, argumentando que el impuesto a las ganancias es anual y que los ajustes debían reflejarse en el período correspondiente.
VWA argumentó que la condonación del préstamo debía considerarse un "ajuste de comparabilidad" para homogeneizar la muestra y asegurar una comparación genuina con otras empresas. Sin embargo, la Corte Suprema rechazó esta postura, fundamentando su decisión en varios puntos clave:
- Normas Contables Internacionales: Las normas contables establecen que los rendimientos financieros deben exponerse fuera del resultado operativo, lo cual incluye la condonación de préstamos. En el caso de VWA, este resultado extraordinario se presentó por debajo de la pérdida neta del ejercicio, y no como parte de la utilidad operativa.
- Distorsión del Análisis de Comparabilidad: La inclusión de un resultado ajeno al giro del negocio distorsiona la comparabilidad. Un verdadero ajuste de comparabilidad busca eliminar diferencias, no crearlas. La reclasificación del resultado de la condonación como operativo incrementó artificialmente el margen neto de utilidad de VWA, colocándola por encima del rango intercuartil.
- Reconocimiento de VWA: La propia empresa reconoció que la reclasificación no era un ajuste de comparabilidad, sino una medida contable para reflejar ingresos extraordinarios debido a la situación económica particular.
La Corte Suprema también abordó la validez del uso de una TRCE promedio de varios ejercicios fiscales para calcular los precios de transferencia del ejercicio 2001. En tal sentido, del fallo del tribunal se destaca que:
- Normativa Vigente: La ley del impuesto a las ganancias y su decreto reglamentario estipulan que los contribuyentes deben imputar sus ganancias al año fiscal correspondiente. Esto significa que la información utilizada para calcular la TRCE debe corresponder únicamente al ejercicio bajo análisis.
- Comparabilidad de los Comparables: La normativa permite el uso de datos plurianuales para los comparables seleccionados, ya que esto puede ser necesario para un análisis de comparabilidad robusto. Sin embargo, esta flexibilidad no se extiende a la parte testeada, quien debe usar exclusivamente datos del período fiscal bajo análisis.
Sobre tales argumentos, la Corte Suprema decidió en favor de la AFIP, concluyendo que la inclusión del resultado de la condonación del préstamo en la TRCE fue inapropiada y distorsionó el análisis de comparabilidad. A su turno sostuvo que VWA no puede utilizar una TRCE promedio de varios ejercicios para determinar su TRCE del ejercicio 2001.
La decisión de la Corte Suprema reafirma la necesidad de una estricta adherencia a las normas contables y fiscales en la determinación de los precios de transferencia, subrayando que los ajustes de comparabilidad deben eliminar diferencias y no crear distorsiones. Además, destaca la importancia de utilizar datos del período fiscal relevante para garantizar la exactitud en la determinación de la base imponible. Este fallo subraya la importancia de considerar la realidad económica y operativa de las empresas al evaluar transacciones con entidades vinculadas.