• 22/12/2024

Impuesto a las Ganancias: AFIP habilitó el SIRADIG 2023 y tomó una decisión clave con la declaración informativa

Con la reglamentación de AFIP, las deducciones del Impuesto a las Ganancias 2023 ya podrán cargarse en el SIRADIG, con fuerte recortes
25/07/2024 - 11:00hs
Impuesto a las Ganancias: AFIP habilitó el SIRADIG 2023 y tomó una decisión clave con la declaración informativa

La AFIP informó que desde este jueves se encontrará disponible el servicio web SIRADIG-TRABAJADOR para el período 2023, con profundos cambios en las deducciones que se podrán incluir. A su vez, derogó la declaración informativa para quienes no llegan al mínimo de del Impuesto a las Ganancias, aunque sigue la de Impuesto sobre los Bienes Personales.

Cuáles son los 12 rubros a deducir del Impuesto a las Ganancias en el SIRADIG

La AFIP reglamentó el Impuesto a las Ganancias con importantes precisiones, y emitió un comunicado en el que informa que desde la publicación de esa Resolución General 5531/2024 en el Boletín Oficial, que tuvo lugar este jueves, estará disponible el formulario SIRADIG para las deducciones por el período 2023. Con los cambios del paquete fiscal, sólo se podrán restar los siguientes conceptos:

  1. Aportes para fondos de jubilaciones, retiros, pensiones o subsidios, siempre que se destinen a la ANSES o a cajas previsionales provinciales o municipales, incluidas las profesionales.
  2. Medicina prepaga.
  3. Honorarios médicos.
  4. Seguro de vida.
  5. Gastos de sepelio del contribuyente o de personas a su cargo.
  6. Donaciones.
  7. Cuota del colegio y otros gastos educativos de los hijos.
  8. Aportes a SGR.
  9. Empleada doméstica.
  10. Alquileres
  11. Intereses de créditos hipotecarios.
  12. Ropa de trabajo y otros equipos provistos al trabajador para uso exclusivo en el lugar de trabajo.

También quedó vigente una exención para el "personal de pozo", del sector petrolero.

Impuesto a las Ganancias: qué pasará con la declaración informativa

El próximo 30 de septiembre, vencía la obligación de presentación una declaración jurada informativa en los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.

Hasta ahora, aunque una persona no esté inscripta ni tenga que pagar el Impuesto a las Ganancias o de los Bienes Personales, igual tiene que cumplir con la presentación de la declaración jurada informativa de estos tributos en determinados casos.

Esta declaración es una obligación formal que la AFIP prevé para quienes superen un monto mínimo de ingresos, pero que no sean contribuyentes de los impuestos.

Para el período fiscal 2023, los ingresos brutos anuales para empezar a estar obligados con esta presentación subieron de $ 6.600.000 a $15.917.863,58.

Las personas humanas que cumplan esta obligación no tienen que darse de alta en los impuestos.

Sin embargo, la reglamentación del Impuesto a las Ganancias que publica AFIP deroga esta obligación en el caso del Impuesto a las Ganancias, no así respecto del Impuesto sobre los Bienes Personales.

La Resolución indica: "Cuando el importe bruto de las rentas, sean estas gravadas, exentas y/o no alcanzadas, resulte igual o superior al monto que se publique anualmente en el sitio web de AFIP, el beneficiario deberá informar al organismo el detalle de sus bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados conforme a las normas del Impuesto sobre los Bienes Personales". 

Esta obligación se cumplirá con la presentación de una declaración jurada confeccionada mediante el servicio "Bienes Personales Web". Y se considera cumplida cuando el contribuyente presente la declaración que determina monto a pagar.

Impuesto a las Ganancias: qué dispone la reglamentación para los salarios de julio

Los sueldos de junio percibidos en julio no van a ser afectados de manera retroactiva, ya que la reglamentación prevé que los cambios se aplican desde los haberes devengados y percibidos de julio en adelante.

La norma fue diagramada para que la modificación del Impuesto a las Ganancias no afecte a los salarios que ya habían percibido los trabajadores antes de que la ley cambiara, inclusive si lo cobraron después.

Es decir, a los trabajadores que obtuvieron su remuneración hasta el 30 de junio, aunque la perciban en julio, se les aplicarán la norma anterior.

La reglamentación estableció como se calcula Ganancias sobre el aguinaldo

Cómo se calcula el Impuesto a las Ganancias sobre el aguinaldo 2024

En cuanto al Sueldo Anual Complementario (SAC) los agentes de retención disponen de dos posibilidades:

  • Sumar los importes realmente abonados en los meses de pago del SAC.
  • Computar 12 partes mensuales y luego ajustar en la liquidación anual o final.

Cómo se actualizará Impuesto a las Ganancias en 2024

Asimismo, la norma de AFIP estipula que, a partir de julio, el cálculo de retenciones se realizará de la siguiente forma:

Para los ingresos devengados desde el 1 de julio y percibidos hasta el 31 de agosto de 2024, se utilizarán los montos originales del paquete fiscal.

En septiembre, se actualizarán de manera excepcional los montos de deducciones personales y la escala del impuesto, por el IPC de los meses de junio a agosto de 2024.

Las liquidaciones practicadas desde el 1 de septiembre considerarán las deducciones personales y escala del impuesto acumuladas al 31 de agosto. A estas se sumarán las actualizadas a septiembre.

De esta manera, la AFIP lanza la carga del SIRADIG para que larguen los trámites para la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias 2023, al tiempo que se deroga la declaración informativa para ese ejercicio.

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