La Inspección General de Justicia aprobó una SRL cuyo capital fue aportado en criptomonedas
El equipo de Allende & Brea logró registrar una sociedad con capital integrado en parte por criptomonedas. Se trata del primer caso con estas características en Argentina y en América Latina.
En detalle, uno de los socios destinó 0.00457621 bitcoins (BTC) y 195 USDC (stablecoin) a la conformación del capital inicial. Las monedas digitales fueron transferidas desde una billetera virtual personal del socio (Lemon Cash) y la billetera de la empresa (Ripio) registrada como "sociedad en formación".
En una entrevista a Diario Judicial, Pablo Palazzi, socio de Allende y Brea, explicó que cuando se aportan bienes en especie, como terrenos, patentes, marcas o ganado, es necesario realizar una valoración de dichos bienes mediante un estudio contable. No obstante, al tratarse de criptomonedas, el procedimiento fue diferente: abrieron dos billeteras digitales, una personal en Lemon y otra para la sociedad en Ripio, y realizaron la transferencia del capital a través de éstas.
"En este proceso, contactamos a ambas plataformas y obtuvimos una especie de ‘certificados de valuación’ de las criptomonedas en el momento del aporte. Es esencial que estos activos sean embargables, ya que es un requisito establecido por la Ley General de Sociedades (LGS)", señaló el especialista.
Para asegurar la transparencia y cumplir con los requisitos legales, el experto explicó que contaron con la colaboración de un contador y un notario. "El contador certificó el valor de las criptomonedas en el momento de la transferencia, basándose en los datos de la página de Ripio, mientras que el notario verificó la existencia de la cuenta y la transferencia en sí", aseguróó el experto en derecho y tecnología.
¿Se puede armar una SRL cuyo capital sea aportado en criptomonedas?
El acta elaborada por el escribano señala: "...fijan el capital de la Sociedad en la suma de quinientos cincuenta mil pesos ($550.000) representado por cincuenta y cinco mil (55.000) cuotas de diez pesos ($10) pesos a valor nominal y un (1) voto cada una, de las cuales son totalmente suscriptas por los socios en las siguientes proporciones: .... suscribe un total de cuarenta y nueve mil cien (49.100) cuotas de diez ($10) pesos valor nominal cada una, y .... suscribe un total de cinco mil novecientos (5.900) cuotas de diez pesos ($10) valor nominal cada una, integrando en el acto ambos socios el total capital social, en proporción a sus respectivas suscripciones. Que en virtud de la integración del socio .... consiste, en parte, en el aporte en especie de criptomonedas según el siguiente detalle: la suma de 0.00457621 bitcoins (BTC) y la suma de 195 USD coins".
"Es muy positivo para la Argentina tener una Inspección General de Justicia con asesores, autoridades y un Inspector como el Dr. Daniel Roque Vitolo que están a la altura de los desarrollos tecnológicos actuales y facilitan el uso de los mismos mediante normativas innovadoras que son pioneras en América Latina y en el mundo", indicó Pablo Palazzi en las redes sociales.
Según los especialistas, el avance podría abrir la puerta a futuras integraciones de activos digitales en el capital de empresas, promoviendo la adopción de nuevas tecnologías y fortaleciendo el ecosistema de criptomonedas en la región.