• 29/8/2024

Advierten que es inconstitucional la derogación de la zona desfavorable para los trabajadores de la Patagonia

José Ignacio Belloroni advierte que es inconstitucional la derogación de la zona desfavorable para los trabajadores de la Patagonia
17/07/2024 - 09:45hs
Advierten que es inconstitucional la derogación de la zona desfavorable para los trabajadores de la Patagonia

Crónica de la sinrazón. Así titulaba el gran Julio B. Maier una pequeña gran obra que nos vino a la mente cuando nos sentamos a escribir esta pequeña columna de opinión.

Cuando el hecho es público y notorio, nos releva de prueba y la conclusión posible es solamente una. No hay varias interpretaciones alternativas. Parece increíble la posición adoptada por el legislador -aquí si confesamos sospechar de ignorancia o torpeza; o de ambas- cuando los medios de comunicación reflejan el enorme flagelo que azota cada invierno a la Patagonia, en especial este año 2024.

¿Y que hizo el legislador nacional mediante el dictado de la reciente Ley 27.743? Respuesta: derogar una pauta permitida -hasta obligatoria- cuyo único objetivo era otorgar programáticamente a los trabajadores de la Patagonia el ejercicio del principio de igualdad en materia tributaria para la región más inhóspita del continente sur de América.

Solo la necedad o miopía pudo soslayar una condición objetiva que exige y determina tratamientos distintos: el aspecto geográfico; las consecuentes distancias en la conectividad de los pueblos y la hostilidad climática confluyen en las distinciones obligatorias que aseguró el constituyente de 1853 cuando fundó la Constitución Nacional en estos tiempos revalorados de Mayo.

En concreto, la citada Ley de Medidas Fiscales derogó un tratamiento diferencial para los trabajadores patagónicos en su salario de frente a la tributación del impuesto a las ganancias. Derogó una norma -este adicional en verdad siempre debió haberse ubicado normativamente en las exenciones del tributo- que le garantizaba un incremental del 22% sobre las deducciones del impuesto a las ganancias.

Ganancias: es inconstitucional la derogación de la zona desfavorable
Ganancias: es inconstitucional la derogación de la zona desfavorable

Es decir, frente al resto de los trabajadores el país, los patagónicos a ciertas deducciones les permitía computarse un incremento. Al final un verdadero adicional que nació en el derecho laboral y debió tratase como exento en el impuesto a las ganancias paso de un atajo -parche- incremental vía deducción a su directa derogación.

Todos los habitantes de nuestro país somos iguales ante la ley dicta el artículo 16 de nuestra Carta Magna, pero debemos preguntarnos si todos estamos en las mismas circunstancias como para recibir un tratamiento fiscal igualitario o si existen condiciones especiales basadas en un estado de mayor vulnerabilidad producto de la zona geográfica desfavorable que permita distinguir los habitantes de la Patagonia de otras regiones del país. Son las distinciones permitidas como enseñara el entrañable Horacio CORTI.

La Corte Suprema ha sostenido inveteradamente que la garantía de igualdad ante la ley radica en consagrar un trato legal igualitario a quienes se hallan en una razonable igualdad de circunstancias, pero que resulta permitido -y hasta agregaría obligatorio- que el legislador contemple de manera distinta situaciones que considere diferentes, en la medida en que dichas distinciones no se formulen con criterios arbitrarios, de indebido favor o disfavor, privilegio o inferioridad personal o clase, ni importen ilegítima persecución de personas o grupos de ellas. Es, claramente, reconocer que es tan injusto gravar en distinta forma a quienes tienen iguales medios como imponer la misma contribución a quienes están en desigual situación.

Sostenemos decididamente el origen del proyecto a la Ley de Bases y la Ley de Medidas Fiscales, pero también con honestidad intelectual nos manifestarnos implacables en contra respecto este asunto puntual, cuando se soslaya gravemente la distinción obligatoria a la zona geográfica como única forma o modo de compensar la situación vulnerable y desfavorable de los trabajadores del Sur.

José Ignacio Bellorini

El autor es Profesor y Especialista en Tributación de la Universidad Austral

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