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AFIP extiende el plazo presentar declaraciones juradas de Ganancias y bienes personales

Las modificaciones fueron establecidas en la Resolución General 5521/2024, que se publicará este martes en el Boletín Oficial, informó el organismo
01/07/2024 - 15:00hs
AFIP extiende el plazo presentar declaraciones juradas de Ganancias y bienes personales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para presentar las declaraciones juradas informativas del Impuesto a las Ganancias y a los bienes personales de personas humanas correspondientes al ejercicio fiscal 2023 hasta el 30 de septiembre de 2024.

Las modificaciones fueron establecidas en la Resolución General 5521/2024, que se publicará este martes en el Boletín Oficial. La normativa está en línea con la adecuación de los vencimientos generales prorrogados mediante la Resolución General 5516/2024 y con la prórroga otorgada por la Resolución General 5519/2024 para la presentación del SiRADIG.

De esta manera, la AFIP otorga más tiempo a los contribuyentes para favorecer el cumplimiento de sus obligaciones ante el organismo.

Ganancias y Bienes Personales: a partir de qué monto se realiza la declaración informativa

 Mediante su servicio "ABC Consultas Frecuentes" bajo el ID 12766887, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informa que las personas empleadas en relación de dependencia, quienes ocupen cargos públicos, así como las personas jubiladas y pensionadas, se encuentran obligadas a presentar su declaración informativa de Bienes Personales y/o Impuesto a las Ganancias correspondiente al período 2023, cuando el importe bruto de las rentas - sean éstas gravadas, exentas y/o no alcanzadas - obtenidas en el año fiscal, resulte igual o superior a $ 15.917.863,58.

Vale tener presente que las personas empleadas en relación de dependencia, quienes desempeñen cargos públicos, las personas jubiladas y pensionadas, se encuentran obligadas a presentar su declaración informativa de Bienes Personales y/o Impuesto a las Ganancias, en los siguientes casos, según corresponda:

 En caso de estar obligado únicamente a la presentación de la declaración jurada informativa del Impuesto a los Bienes Personales y/o Ganancias, no corresponderá la inscripción en los mencionados impuestos.

Bienes Personales:

Cuando el importe bruto de las rentas - sean éstas gravadas, exentas y/o no alcanzadas - obtenidas en el año fiscal, resulte igual o superior a los importes que se detallan a continuación:

  • Periodo 2023: $ 15.917.863,58
  • Periodo 2022: $ 6.600.000.
  • Período 2021: $ 3.700.000
  • Periodo 2020: $ 2.500.000
Ganancias y Bienes Personales 2023: la AFIP informó el monto a partir del cual se presenta la Declaración Jurada Informativa

Impuesto a las Ganancias:

 Declaración jurada informativa cuando el importe bruto de las rentas - sean éstas gravadas, exentas y/o no alcanzadas - obtenidas en el año fiscal, resulte igual o superior a los importes que se detallan a continuación:

  • Periodo 2023: $ 15.917.863,58
  • Periodo 2022: $ 6.600.000.
  • Período 2021: $ 3.700.000
  • Periodo 2020: $ 2.500.000