DECLARACIONES JURADAS

Eliminan las declaraciones juradas de exportación para algunos productos de economías regionales

Según lo dispuesto, entre los productos se encuentran: arvejas, garbanzos, porotos, lentejas, arroz, maní y derivados de maíz y trigo
IMPUESTOS - 19 de Junio, 2024

La Dirección General de Aduanas deberá "adoptar los recaudos que estime necesarios en el Sistema Informático Malvina (SIM) como asimismo respecto a la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA)", de acuerdo con el texto oficial.

Economía recordó que por la Ley N° 21.453 se creó un régimen que estableció la obligación de registrar, mediante el sistema de declaraciones juradas, todas las ventas al exterior de una serie de productos agrícolas, con el objetivo de lograr un ingreso más fluido de divisas y conocer con adecuada antelación el volumen proyectado de las respectivas exportaciones.

Eliminan declaraciones juradas de exportación: para qué productos

Luego, por medio de una Resolución de 2019 del entonces Ministerio de Agricultura, se estableció que el exportador que pretenda exportar aquellos productos agrícolas deberá completar e ingresar la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE), oficializándola en el SIM.

Ahora, el Gobierno resaltó que por medio del DNU 70/2023, de diciembre último, se apunta a "reconstruir la economía a través de la inmediata eliminación de barreras y restricciones estatales que impidan su normal desarrollo, promoviendo una mayor inserción en el comercio mundial".

Eliminan declaraciones juradas de exportación: para qué productos

En ese sentido, subrayó que el comercio exterior de la Argentina "requiere una fuerte reforma para su fortalecimiento y fomento".

"Como consecuencia de la dinámica de los mercados y las capacidades de oferta en nuestro país, algunos productos adquieren una importancia significativa en el comercio exterior, mientras que otros, revisten menor relevancia para las exportaciones nacionales", añadió.

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