GANANCIAS: nuevo monto para presentar la Declaración Jurada Informativa Anual 2023
La Administración Federal de Ingresos Públicos mediante su Resolución General (AFIP) 5349/2023 (B.O. 19/04/2023) estableció un ajuste automático anual del importe que obliga a las personas empleadas en relación de dependencia, quienes desempeñen cargos públicos, las personas jubiladas y pensionadas, a presentar su declaración informativa de Bienes Personales y/o Impuesto a las Ganancias.
Para el período fiscal 2023 dicho monto, en virtud de la actualización anual, quedó fijado en la suma de $15.917.863,58.
Para periodos anteriores la obligación de la presentación de la DDJJ informativas de ganancias y bienes personales por parte de los empleados y otros: Cuando el importe bruto de las rentas - sean éstas gravadas, exentas y/o no alcanzadas - obtenidas en el año fiscal, resulte igual o superior a los importes que se detallan a continuación:
- Periodo 2022: $ 6.600.000
- Período 2021: $ 3.700.000
- Periodo 2020: $ 2.500.000
El beneficiario de las mismas deberá informar al Organismo Fiscal:
Recordemos que, en caso de estar obligado únicamente a la presentación de la declaración jurada informativa del Impuesto a los Bienes Personales y/o Ganancias, no corresponderá la inscripción en los mencionados impuestos.
Confección de las declaraciones juradas:
En este caso, los beneficiarios de las rentas podrán optar por elaborar la información a transmitir mediante la opción "Régimen Simplificado".
La opción no procederá cuando se trate de: a) sujetos que sean titulares de bienes y/o deudas en el exterior, b) socios protectores de Sociedades de Garantía Recíproca que respecto del período fiscal de que se trate, hubieran computado la deducción del aporte en el SIRADIG, c) inversores en capital emprendedor que hubieran efectuado aportes en los términos del artículo 7 de la ley 27349.
Las declaraciones juradas tendrán el carácter de informativas, excepto que de ellas resulte saldo a pagar o a favor del contribuyente y en la medida en que los beneficiarios de las rentas no se encuentren inscriptos en los respectivos impuestos - podrán ser presentadas hasta el día 30 de junio, inclusive, del año siguiente a aquél al cual corresponde la información que se declara.
En los próximos días se debería disponer un cambio de la fecha de vencimiento por parte de la AFIP del vencimiento de la DDJJ informativas de ganancias y bienes del año 2023. Debido que aún queda pendiente el tratamiento del paquete impositivo pendiente en el Congreso de la Nación.
En el caso de estar obligado únicamente a la presentación de la declaración jurada informativa del Impuesto a los Bienes Personales y/o Ganancias, no corresponderá la inscripción en los mencionados impuestos.