Ganancias, depende de Diputados: por qué los profesionales independientes podrían pagar menos
La reforma del Impuesto a las Ganancias, fue aprobada en general en el Senado y rechazada en la votación en particular, por lo que regresa a la Cámara de Diputados, donde el Gobierno tratará de insistir con la versión original. Esta ley significará un alivio para los profesionales independientes, por el fuerte aumento de los tramos de la escala y de las deducciones personales.
Tras la vuelta a Diputados, cuál es la escala de Ganancias que beneficia a profesionales
La reforma de Ganancias modifica en forma retroactiva la escala progresiva del impuesto para el ejercicio 2023, aumentando los montos de cada tramo en un 35%, comenta Félix Rolando, socio de Andersen Argentina.
Esto se traduce en un menor pago del Impuesto a las Ganancias para el ejercicio 2023, en el caso de los profesionales, indica.
Ante una ganancia imponible de $3 millones, el impuesto se reduciría un 13%, y el ahorro sería aún mayor para niveles inferiores de ingresos imponibles, ejemplifica.
La escala del Impuesto a las Ganancias baja un escalón respecto de la anterior, que comenzaba en una alícuota de 9% para los sueldos más bajos alcanzados, respecto de la ganancia neta acumulada, y queda como sigue:
- Hasta $1,2 millones, la alícuota es de 5%.
- Hasta $2,4 millones, una tasa de 9%.
- Hasta $3,6 millones, se paga 12%.
- Hasta $5,4 millones, la alícuota queda en 15%.
- Hasta $10,8 millones, se paga una tasa de 19%.
- Hasta $16,2 millones, la alícuota es de 23%.
- Hasta $24,3 millones, una tasa de 27%.
- Hasta $36,45 millones, se tributa por 31%.
- Después de esa cifra, el impuesto se calcula con la alícuota máxima del 35%.
Impuesto a las Ganancias: qué aumento de las deducciones beneficia a autónomos
El proyecto aumenta el monto de las deducciones personales para el ejercicio fiscal 2024 en un 186%, o sea que los nuevos montos serían casi 3 veces los montos vigentes hoy para 2024, afirma Félix Rolando.
Algunas de esas deducciones quedan como sigue:
- Ganancia no imponible: $3.091.035,86.
- Cónyuge / Unión convivencial: $2.911.135,81.
- Hijos: $1.468.096,41.
- Deducción especial empleados: $14.836.972,12.
- Deducción especial profesionales independientes: $10.818.625,51
- Deducción especial jóvenes profesionales o emprendedores: $12.364.143,44
- Crédito hipotecario: se pueden deducir los intereses hasta $3.091.035,86; o sea, el 100% de la base imponible.
Se mantiene la diferenciación para los trabajadores de la Patagonia al establecer un incremento adicional del 22% sobre las mencionadas deducciones, agrega Rolando.
Impuesto a las Ganancias: qué establece para empleados en relación de dependencia
En cambio, en lo que pierden trabajadores en relación de dependencia, pesará que la reforma contempla la derogación del impuesto cedular a las altas rentas y, por lo tanto, el umbral de imposición para los empleados baja significativamente, señala Rolando.
Conforme al actual impuesto cedular, los trabajadores empiezan a pagar el impuesto a partir de una remuneración bruta mensual de aproximadamente $3.315.000, o sea 15 salarios mínimos vitales y móviles (SMVM), recuerda.
Con la reforma, al eliminarse ese impuesto cedular, el nivel de imposición baja significativamente, ya que el umbral para un empleado soltero se ubicaría en un salario de bolsillo de $1,8 millón que aumentaría a $ 2,38 millones para un empleado casado con dos hijos.
Se estima que con esta modificación volverían a tributar el impuesto unos 800.000 trabajadores, advierte, aunque ya se habla de más de 1 millón de empleados afectados, debido a la desactualización de los mínimos mientras se retrasa la aprobación.
Un alivio es que, para el tiempo transcurrido desde el 1 de enero de 2024, se establece que si, como consecuencia de la derogación del impuesto cedular, existiera un incremento en la obligación fiscal por la renta que los empleados percibieron desde enero de 2024 hasta el último día del mes inmediato siguiente a la vigencia de la reforma, podrán computar una deducción especial que neutralice ese incremento, apunta.
Qué beneficios de Ganancias desaparecen para empleados
El asesor impositivo Ariel Bassanetti indica que se derogan eximiciones que descuentan los empleados en relación de dependencia, quedando íntegramente gravado los siguientes conceptos:
1. La diferencia entre el valor de la hora extra y las horas ordinarias cuando estas se realicen días inhábiles.
2. El salario en concepto de bonos de productividad, fallos de caja y conceptos de similares naturalezas.
3. El salario en concepto de suplementos particulares, correspondientes al personal militar.
4. El sueldo anual complementario.
5. Las remuneraciones percibidas en concepto de guardias obligatorias activas o pasivas y horas extras realizadas por los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud
6. El otorgamiento o pago de cursos de capacitación o especialización en la medida que los mismos resulten indispensables para el desempeño y desarrollo de la carrera del empleado o dependiente dentro de la empresa
7. El reintegro documentado con comprobantes de gastos de guardería y/o jardín materno-infantil, que utilicen los contribuyentes con hijos de hasta 3 años de edad cuando la empresa no cuente con esas instalaciones,
8. La provisión de herramientas educativas para los hijos del trabajador y trabajadora.
Por otra parte, se derogan las siguientes deducciones, explica Bassanetti:
9. Deducción automática de los gastos de movilidad y viáticos.
10. Deducción automática de los Gastos de viáticos de larga distancia.
De esta manera quedan estas rentas gravadas en su totalidad, ya que también se elimina:
11. La excepción del salto de escala, cuando la determinación del ingreso neto corresponda a horas extras obtenidas por trabajadores en relación de dependencia, las sumas resultantes de tal concepto.
Así, todo pago recibido por cualquier concepto relacionado con el trabajo queda alcanzado por el Impuesto a las Ganancias sin ningún tipo de reducción impositiva, tengan o no aportes a la seguridad social, remarca Bassanetti.
Qué alivios en el impuesto a las Ganancias se mantienen en la reforma
Se mantiene la exclusión del impuesto a la provisión de ropa para el trabajo o cualquier elemento vinculado con la indumentaria y con el equipamiento para uso exclusivo en el lugar de trabajo, así como también al pago de cursos de capacitación en la medida que resulten indispensables para el desempeño dentro de la empresa, aclara Bassanetti.
Continúa el beneficio para los petroleros, respecto de la no gravabilidad en Ganancias, pero solo para el "personal de pozo", agrega.
Todas las remuneraciones son base imponible para el Impuesto a las Ganancias, pero se crea una deducción especial para no gravar el aguinaldo, indica.
Un tema no menor es que la reforma contempla ratificar para las remuneraciones de los trabajadores devengadas a partir del mes de octubre del 2023 y percibidos hasta diciembre del 2023, el decreto 473 del año 2023 a través del cual se dispuso que aquellos trabajadores cuya remuneración bruta mensual no supera se los 15 SMVM dejaban de tributar el impuesto, enfatiza Rolando.
Esta modificación es importante porque el decreto no llegó a modificar la ley, y si esta reforma no se aprobara, los empleados en relación de dependencia deberían ingresar el impuesto por ese período de 2023 que oportunamente no les retuvo el empleador, afirma.
Para los profesionales independientes, la reforma del Impuesto a las Ganancias significa un alivio porque la escala, cuyos montos por tramo se reducen en un 35% y de las deducciones que caen hasta un 186%.