PROYECTO LEGISLATIVO

El blanqueo de capitales ya tendría los votos en el Senado: las claves para personas y sociedades

Las personas residentes y no residentes pueden ingresar al blanqueo, pero también pueden declarar bienes a nombre de sociedades en ciertos casos
IMPUESTOS - 10 de Junio, 2024

El paquete fiscal que el Gobierno intentará que se apruebe el miércoles próximo en el Senado ya tendría los votos e incluye el blanqueo de moneda, acciones, criptomonedas, inmuebles y otros bienes en el país y el exterior por personas humanas, ya sea que los tengan a nombre propio o a nombre de sociedades, pero con limitaciones según el caso.

Con este blanqueo, el Gobierno espera conseguir dólares para salir del blanqueo, y los expertos opinan que podrá obtener unos u$s30.000 millones.

Qué personas humanas pueden ingresar al blanqueo de capitales

Las personas humanas invitadas a blanquear sus dólares en moneda o bienes del país o del exterior pueden ser:

  • Residentes en el país.
  • Personas que perdieron la residencia en el país antes de la fecha de regularización (31 de diciembre de 2023). Pero, de ejercerse esta opción, se considerará que estos sujetos han adquirido nuevamente la residencia tributaria en el país a partir del 1 de enero de 2024.
  • No residentes que tengan bienes en el país. Estos sujetos no están habilitados para blanquear moneda nacional o extranjera en efectivo.

Los sujetos que adhieran al blanqueo no podrán inscribirse en regímenes de regularización de activos no declarados, cualquiera fuera su denominación, que pudieran eventualmente implementarse hasta el 31 de diciembre de 2038.

Blanqueo de capitales: qué pasa con los bienes a nombre de sociedades

Si bien la UCR hizo hincapié en que no puedan blanquear testaferros, los senadores radicales consideraron "un avance", que los inmuebles a nombre de sociedades solo se podrán blanquear si estaban declarados por la sociedad.

También se incluyó a pedido de la UCR en Diputados que los sujetos no residentes que adhieran al Régimen de Regularización de Activos no podrán declarar bienes inmuebles que se encuentren en posesión, anotados, registrados o depositados a nombre de terceros. Esto tiene por finalidad impedir el lavado de dinero del narcotráfico.

Los contribuyentes locales que declaren bienes inmuebles a nombre de terceros tendrán la obligación de transferir dichos bienes a su titularidad, dentro de los 2 años contados a partir del 31 de diciembre de 2023.

Imposibilidad de transferencia: Si no fuera posible transferir la propiedad del bien inmueble al declarante en ese plazo, que es prorrogable por un año, los contribuyentes deberán presentar ante la AFIP una nota manifestando las razones y aportando la documentación e información que sea necesaria para el análisis del caso, de acuerdo a lo que indique la reglamentación.

Si no se transfiere el bien en el plazo previsto y sin acreditar imposibilidad, se pagará un impuesto adicional equivalente al 5% del valor del bien en cuestión, al valor de mercado del bien inmueble, su valor de adquisición o su valor mínimo, el que sea superior.

Blanqueo de capitales: en qué casos no se paga el impuesto especial

Los pequeños evasores que regularicen hasta u$s100.000 de valor de los bienes que se exterioricen no tributará el impuesto de regularización.

Tampoco se tributará el gravamen si se opta, en el caso de dinero en efectivo, depósitos en cuentas bancarias del exterior o fondos provenientes de la enajenación de títulos valores depositados en instituciones extranjeras, por depositarlos y transferirlos a una Cuenta Especial, manteniéndolos hasta el 31 de diciembre de 2025.

Un punto sensible se debe a que, si los fondos se sacan antes de esa fecha, pero si invierten en ciertos instrumentos, tampoco se paga el impuesto.

El Senado tendría los votos para aprobar el blanqueo

En el texto definitivo de la Orden del Día que irá este próximo miércoles al recinto del Senado, se prevén solo los siguientes destinos para los fondos:

  • La adquisición de certificados de participación o títulos de deuda de fideicomisos de inversión productiva, de acuerdo a las reglas que fije la reglamentación
  • La suscripción o adquisición de cuotapartes de fondos comunes de inversión que cumplan con los requisitos exigidos por la reglamentación.

Los radicales pidieron herramientas para las provincias y las inversiones productivas, como posible destino sin impuesto de los fondos que se depositarán en cuentas especiales. Pero el proyecto lo deja a la reglamentación del Poder Ejecutivo.

También para las inversiones mientras los fondos estén depositados en Cuenta Especial de Regularización, estas podrán hacerse exclusivamente en los instrumentos financieros que indique la reglamentación, la que deberá contemplar los que emitan las provincias y la ciudad de Buenos Aires para integrar la financiación de obras públicas.

Blanqueo de capitales: qué pasa con el secreto y el lavado de dinero

La Orden del Día del Senado afirma que ninguna de las disposiciones de este Régimen de Regularización de Activos liberará a los sujetos obligados de informar a la UIF sobre sospechas de lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.

Además, la AFIP cooperará con otras entidades públicas en el marco en la ley de lavado de dinero.

Sin embargo, se prohíbe a las entidades financieras pedir información adicional a quienes abran una Cuenta Especial de Regularización, bajo amenaza de sanciones del Banco Central, a pesar de que son unas de las instituciones más afectadas por estas normas antilavado.

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Blanqueo de capitales: cómo se paga el impuesto especial

Los montos a ingresar en concepto de Impuesto Especial de Regularización se deberán calcular e ingresar en dólares estadounidenses.

Se prevén 3 etapas para manifestar tal adhesión, las que determinan las alícuotas aplicables del impuesto especial de regularización.

  • Etapa 1: desde el día siguiente a la entrada en vigencia y hasta el 30 de septiembre de 2024, inclusive. Tendrá una alícuota de 5%.
  • Etapa 2: desde el 1 de octubre de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2024, con una tasa de 10%.
  • Etapa 3: desde el 1 de enero de 2025 y hasta el 31 de marzo de 2025, con un impuesto especial de 15%

El impuesto a ingresar se calculará sobre el total del valor de los bienes, tanto en Argentina como en el exterior.

Se debe ingresar el 75% del impuesto como adelanto al momento de manifestar la adhesión.

Blanqueo de capitales: cómo se valúan los bienes y de qué libera la regularización

El proyecto contempla la regularización de una gran cantidad de bienes y activos. El efectivo deberá ser depositado antes del 30 de setiembre de 2024 en una entidad financiera o en un ALyC.

La base imponible para determinar el Impuesto Especial de Regularización será calculada en dólares estadounidenses. Para aquellos bienes que se encuentren valuados en moneda nacional, el tipo de cambio "dólar bolsa" o "MEP" a la fecha de regularización.

Efectos de la regularización: quienes adhieran al régimen tendrán beneficios y liberaciones, tales como la liberación del pago de tributos que hubieran correspondido, liberación de toda acción civil y por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros e infracciones administrativas.

Este blanqueo para personas humanas también prevé que puedan exteriorizar bienes a nombre de sociedades, en el caso de que sean residentes argentinos, y ya tendría los votos para ser tratado en el Senado.

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