La AFIP derogó el régimen informativo para granos SISA: qué declaraciones juradas siguen
La AFIP reduce la cantidad de presentaciones que deben realizar los productores primarios de granos en el sistema de información conocido como SISA. Esta medida beneficia a alrededor de 90.000 productores, eliminando tres declaraciones juradas anuales.
Los productores de granos que se venían afectados por problemas económicos a raíz de los inconvenientes sistémicos del sistema de información SISA, con retrasos en entrega de la mercadería y pagos, así como en gastos administrativos.
La AFIP, junto con el Ministerio de Economía, dictaron la Resolución General Conjunta 5510, con el fin de disminuir la cantidad de presentaciones anuales que deben realizar los productores agrícolas.
Para esto deroga una resolución que implementaba un régimen de información dentro del "Sistema de Información Simplificado Agrícola – SISA" relacionado con la producción de granos y semillas en proceso de certificación y las existencias de trigo al final de febrero de cada campaña. Tras una evaluación, se concluyó que el control de la "trazabilidad granaria" se garantiza sin necesidad de esta información adicional, indica el experto el contador y experto en temas del agro Bernando Ciancaglini.
Qué es el SISA que deroga la AFIP
A partir de esta medida, los productores realizarán dos presentaciones juradas al año en lugar de cinco, lo que aliviará la carga burocrática para los productores a los que el gobierno pide que liquiden dólares.
Hasta ahora, la obligación debía cumplirse "aun cuando el sujeto obligado no disponga, al momento de suministrar la información, de existencia de trigo o de producción de granos y semillas en proceso de certificación".
Dentro de la reglamentación se encontraban alcanzados los contribuyentes que en forma complementaria a su actividad principal producían granos y semillas en proceso de certificación -cereales y oleaginosas- y legumbres secas.
La medida entra en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial, en consecuencia, a partir este martes 14.
Qué declaraciones juradas del agro se eliminan
En resumen, la presente norma deja sin efectos a tres regímenes de información, relativos a la producción de granos y semillas en proceso de certificación -cereales y oleaginosas- y legumbres secas; y a las existencias de trigo al último día del mes de febrero de cada campaña. Dichos regímenes son los siguientes IP (Información Productiva), enumera Ciancaglini:
- IP3 – Existencia de trigo al 28/02 de cada año. Vencimiento desde el 1 al 31 de marzo del año en que se declara.
- IP4 – Producción de granos de campaña fina (cultivos de invierno) – Vencimiento desde 1 de enero hasta 28 de febrero de cada año.
- IP5 – Producción de granos de campaña gruesa (cultivos de verano) – Vencimiento desde el 1 de agosto al 30 de septiembre de cada año.
Al día de la fecha se encuentran vencidos y cumplimentada por los productores la información de IP3 e IP4, por lo que el efecto de la derogación solo será para el pendiente IP5 (producción de gruesa) campaña 2023/2024 respectivamente, explica Ciancaglini.
El régimen SISA persiste en el resto de sus efectos, también respecto de algunos regímenes de información que el productor primario de granos debe seguir cumpliendo, estos son los que siguen, precisa el experto:
- IP1: existencias de granos con fecha de corte al 30/9 de cada año conjuntamente con la información respecto de la composición de la sementera fina, superficie afectada a los cultivos de invierno, indicando la variedad de semilla utilizada en su caso. Con vencimiento hasta el 31 de octubre de cada año.
- IP2: sementera gruesa – superficie afectada a los cultivos de verano, indicando la variedad de semilla utilizada en su caso. Con vencimiento hasta el 28 de febrero de cada año.
Esta medida no afecta la trazabilidad ni el control sobre el comercio de granos y semillas, para lo cual se realizó una readecuación de los regímenes vigentes, asegura la AFIP.
Cómo recibe el campo la eliminación de SISA
La medida es bienvenida por el agro, asegura Ciancaglini, y agrega que los regímenes de información derogados eran generadores de problemas vinculados con cruces de datos sistémicos que dificultaban la operatoria normal y habitual del comercio de granos.
Se verificaron muchos inconvenientes, entre otros, la imposibilidad de emisión de liquidaciones primarias de ventas de granos y también en el otorgamiento de cartas de porte para efectuar las entregas de la mercadería.
Esta situación generaba incumplimientos contractuales con cargos a costa del productor, como la imposibilidad de cancelación de saldos, incumplimientos en entregas, incumplimientos sobre operaciones de canjes; e incursión en gastos administrativos; sin dudas todas pérdidas innecesarias que afectaban directamente al sistema económico de los productores primarios, afirma.
Por último, si bien el sector es uno de los sectores más controlados de la economía, entendemos que la presente medida ayuda, al productor primario y mejora sustancialmente la carga burocrática que tales regímenes de información suponían, señala.
Lo más importante es que le otorga agilidad a la comercialización y disposición de la producción, evitando de tal manera contratiempos derivados por los problemas que el cruce de información sistémico generaba, y sus consecuencias económicas y financieras antes expuestas, concluye.