PROYECTO LEGISLATIVO

Ganancias y Bienes Personales 2023: AFIP analiza la prórroga del vencimiento de junio

La titular de la AFIP, Florencia Mizrahi, analiza una prórroga de los vencimientos de junio en Ganancias y Bienes Personales, por los cambios para 2023
IMPUESTOS - 19 de Abril, 2024

Los contadores piden una prórroga del vencimiento de junio de la presentación de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. Y, ante una consulta de iProfesional, voceros de la AFIP informaron que la administradora federal de Ingresos Públicos, Florencia Mizrahi, "en su oportunidad, tomará las medidas necesarias".

Esta situación surge de que el proyecto fiscal del Gobierno incluye cambios en el Impuesto sobre Bienes Personales para 2023, que se debería declarar en junio, y ya no da tiempo para que el aplicativo esté listo 60 días antes de ese vencimiento, como corresponde.

Qué se sabe sobre la prórroga del vencimiento de junio

Será importante prestar atención a los próximos pasos de AFIP dependiendo como avance el proyecto en el Congreso, puesto que las modificaciones en el Impuesto sobre los Bienes Personales incluyen al periodo fiscal 2023, próximo a vencer en el mes de junio 2024, afirma Leonel Zanotto, socio del área de Impuestos y Aduana del estudio Tavarone.

Es factible que se evalúe una prorroga y, como ha sido en otras oportunidades, se prevea solo para la presentación de la declaración jurada, pero no así para su pago, sostiene.

Al respecto, Mario Volman, del estudio Kaplan & Volman, indica que es necesario que el aplicativo correspondiente a la liquidación de impuestos esté listo 60 días antes del vencimiento, y esto no pasará, especialmente, respecto del Impuesto sobre los Bienes Personales.

El experto comentó que en una conferencia en la Universidad Di Tella, le preguntaron a la titular de la AFIP, Florencia Mizrahi, sobre la posibilidad de la prórroga, y la funcionaria aceptó que esto podría estar bajo estudio.

La AFIP analiza la prórroga de los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales de junio

Qué cambia en el Impuesto sobre los Bienes Personales 2023

El proyecto fiscal establece modificaciones en el Impuesto sobre los Bienes Personales para el período fiscal 2023, dicen Zanotto y Micaela Aisenberg, asociada senior del estudio Tavarone, y enumeran:

1. Se modifica el mínimo no imponible, que queda en $100 millones y en $350 millones para inmuebles destinados a casa habitación.

2. Se unifican las alícuotas para bienes radicados en el país y en el exterior, quedando de la siguiente manera:

  • Período fiscal 2023: de 0,5% a 1,5%.
  • Período fiscal 2024: de 0,5% a 1,25%.
  • Período fiscal 2025: de 0,5% a 1%.
  • Período fiscal 2026: de 0,5% a 0,75%.
  • Período fiscal 2027: alícuota única de 0,25%.

3. Se establecen beneficios para los contribuyentes cumplidores:

Para calificar como contribuyente cumplidor, el contribuyente deberá cumplir las siguientes condiciones:

  • No haber regularizado bienes bajo el blanqueo.
  • Haber presentado en tiempo y forma las declaraciones juradas de Bienes Personales de los períodos fiscales 2020 a 2022, inclusive.
  • Haber cancelado en su totalidad, antes del 31 de diciembre de 2023, el saldo a favor de AFIP resultante de esas declaraciones.

Los contribuyentes cumplidores tendrán una reducción de la alícuota del IBP de 0,25% de las alícuotas previstas para los períodos fiscales 2023 a 2026.

El régimen de Bienes Personales cambia en cuanto al mínimo y las alícuotas

Qué dice el régimen anticipado de Bienes Personales

El proyecto establece un régimen voluntario de pago anticipado del Impuesto sobre los Bienes Personales por los períodos fiscales 2023 a 2027, en forma unificada, indican Zanotto y Aiserberg.

Los contribuyentes que se adhieran al régimen deben realizar un pago inicial de al menos el 75% del total del Impuesto sobre los Bienes Personales, explican.

Se prevé la exclusión del pago del Impuesto sobre los Bienes Personales y de todo otro impuesto patrimonial para los períodos fiscales 2023 a 2027 y la estabilidad fiscal hasta el año 2038 para los sujetos adheridos al régimen respecto de esos impuestos, agregan.

Se aplican las siguientes alícuotas:

  • Personas humanas y sucesiones indivisas: 0,45%.
  • Contribuyentes que hayan regularizado bienes bajo el blanqueo y el régimen anticipado de Bienes Personales: 0,5%.

Mientras los contadores piden una prórroga de los vencimientos de junio en Ganancias y Bienes Personales, Mizrahi asegura que "en su oportunidad, tomará las medidas necesarias".

Te puede interesar

Secciones