• 22/12/2024

Larga el tratamiento en comisión en el Congreso del proyecto fiscal: los principales puntos en discusión

Moratoria, blanqueo, impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Monotributo, transparencia fiscal y cobros electrónicos, las claves en el Congreso
18/04/2024 - 10:13hs
Larga el tratamiento en comisión en el Congreso del proyecto fiscal: los principales puntos en discusión

La Comisión de Presupuesto de la Cámara de Diputados inicia este jueves el tratamiento del paquete fiscal del Gobierno, que incluye una moratoria, blanqueo, cambios en los impuestos a las Ganancias, sobre los Bienes Personales y el Monotributo, así como un régimen de transparencia para el consumidor, con presencia de funcionarios del Ministerio de Economía.

En la reunión de la comisión que preside el diputado José Luis Espert, los legisladores de todos los bloques interpelarán al secretario de Hacienda, Carlos Guberman, y el director de Análisis y Estadísticas Tributarias, José Antonio Salim.

Qué dice el proyecto fiscal del Gobierno sobre moratoria

El proyecto contempla una amplia moratoria para las obligaciones impositivas y de la seguridad social vencidas al 31 de marzo de 2024, que incluso permite regularizar el Aporte Solidario y Extraordinario, precisa el estudio Edelstein, Mariscal, Torassa & Asoc.

El plazo para adherir es de 150 días desde la entrada en vigencia de la reglamentación, estableciéndose distintas modalidades de pago y beneficios que consisten en la condonación del 100% de las multas y de un porcentaje de los intereses devengados a favor de AFIP, según las cuotas que se soliciten.

Qué se establece para el blanqueo de activos

Se incluye en el proyecto un régimen amplio para la regularización de activos existentes al 31/12/2023, explica el estudio Edelstein, Mariscal, Torassa & Asoc.

El plazo para adherir al régimen se extiende hasta el 30 de abril de 2025, pudiendo prorrogarse hasta el 31 de julio de 2025, con tres etapas para manifestar la adhesión, las que determinan tanto la fecha para presentar las declaraciones juradas, como las alícuotas del impuesto especial de regularización de entre 5% y 15%.

La regularización de hasta u$s100.000 de valor de los bienes que se exterioricen tributa 0%.

Y no se tributará el gravamen si se opta por depositar los fondos y transferirlos a una Cuenta Especial de Regularización de Activos, o a una cuenta comitente.

Los diputados tratan en comisión el proyecto fiscal del Gobierno
Los diputados tratan en comisión el proyecto fiscal del Gobierno

El proyecto de contempla la regularización de una gran cantidad de bienes y activos detallados en el mismo, en cualquier etapa del régimen, con la excepción del dinero en efectivo, en el que los contribuyentes deberán, antes del 30 de setiembre de 2024, depositarlo en una entidad financiera o en un ALyC.

Los montos a ingresar en concepto de Impuesto Especial de Regularización serán calculados e ingresados en dólares estadounidenses (con algunas excepciones que se delegan en el Poder Ejecutivo).

Qué se propone en el Impuesto sobre los Bienes Personales

Las alícuotas del Impuesto sobre los Bienes Personales bajan con el proyecto fiscal de 1,50% a 0,25% durante un período de 5 años, hasta 2027.

Para el período fiscal 2023 que se declarará en junio próximo, el proyecto sube el mínimo no imponible del Impuesto sobre los Bienes Personales a $100 millones, y el de la casa habitación a $350.000.000.

Asimismo, se modifican las tasas, eliminando la diferencia para bienes en el exterior, y fijando una alícuota única en una escala que va de 0,5% a 1,5%, describe.

En este impuesto, habrá un beneficio para el contribuyente cumplidor con reducción de 0,25% para la tasa correspondiente a los períodos fiscales de 2023 a 2026.

Por otro lado, se crea un régimen de pago adelantado por 5 años en Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP), de 2023 a 2027.

Se determinará el impuesto considerando los bienes valuados y existentes al 31 de diciembre 2023, y a esa base se le aplicará la alícuota del 0,45% y se multiplicará por 5.

El proyecto de Impuesto a las Ganancias propone un piso de $1,8 millones para un soltero
El proyecto de Impuesto a las Ganancias propone un piso de $1,8 millones para un soltero

Qué se modifica en el Impuesto a las Ganancias

Se establecen nuevos "pisos" a partir de los cuales se tributará el gravamen. En el caso de asalariados, será de $ 1.800.000 y $· 2.300.000 de salario bruto para trabajadores solteros o casados con dos hijos, respectivamente. Con respecto a los autónomos, el monto de la ganancia imponible que comenzará a tributar el gravamen será de $ 335.000 menor, señala Edelstein, Mariscal, Torassa & Asoc.

Se añadirá una doceava parte de la suma de las deducciones antes mencionadas para que el aguinaldo no pague Impuesto a las Ganancias.

Se establece una nueva escala de alícuotas para las personas humanas que va del 5% al 35%, dándole una mayor progresividad al esquema.

Los importes de las deducciones personales y los consignados en la escala de alícuotas se actualizarán anualmente por IPC. No obstante, se faculta al PEN a incrementar los importes durante el corriente período fiscal 2024.

Se eliminan diversas exenciones relativas a determinados conceptos que perciben los asalariados, como el diferencial de horas extras en días feriados o no laborables, y el bono por productividad, fallo de caja o similares.

Se elimina el Impuesto Cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros que había sido introducido en octubre del 2023.

Se ratifican los importes de deducciones y la escala de alícuotas aplicados en el período fiscal 2023, evitándose de esta manera el impacto retroactivo del tributo.

De la misma manera, se establece que las modificaciones establecidas por la ley no generarán un incremento del gravamen por los meses ya transcurridos del 2024.

En el Monotributo, se pretende subir todos los parámetros de las categorías
En el Monotributo, se pretende subir todos los parámetros de las categorías

Qué pasará con las escalas del Monotributo

Se actualizan los parámetros para el año 2024, incluyendo facturación tope de categorías, monto de alquileres devengados, impuesto integrado, monto de ingreso a Obras Sociales y al Régimen Previsional, considera Edelstein, Mariscal, Torassa & Asoc.

Las categorías del Monotributo van de $6.450.000 a $68 millones en cuanto a la facturación anual, y el importe a pagar por alquileres y servicios, de $26.600 a $867.084,75.

No existirán límites para las categorías más altas respecto al tipo de actividad realizada por el contribuyente, por lo que aquellos que realicen locaciones o presten servicios podrán inscribirse en categorías actualmente vedadas (Categorías I, J o K).

Se propone eliminar tratamientos diferenciales que actualmente otorga la ley, tales como exenciones de ingreso de cuota impositiva, previsional y de Obras Sociales a asociados a cooperativas de trabajo, y desaparece la exención impositiva de los pequeños contribuyentes que se encuentren encuadrados en las categorías A o B, entre otros.

Se mantiene la vigencia del régimen de actualización anual en enero de cada año. Para el período fiscal 2024 se faculta al Poder Ejecutivo a actualizar los parámetros.

En qué consiste la transparencia fiscal al consumidor

La transparencia fiscal tiene tres puntos, enumera Edelstein, Mariscal, Torassa & Asoc.:

  • Discriminación del IVA en las facturas o tickets a consumidores finales y con monotributistas.
  • Los precios de los bienes o servicios deben publicarse en forma neta.
  • La publicidad de las prestaciones o servicios en los tres niveles de gobierno no podrá utilizarse la palabra "gratuito", y deberá aclararse que están solventadas con los tributos de los contribuyentes.
La transparencia fiscal establece que se debe discriminar el IVA
La transparencia fiscal establece que se debe discriminar el IVA

Qué se establece para los cobros electrónicos

Los bancos, administradoras de tarjetas y demás procesadores de pago deberán poner a disposición de las autoridades competentes, la información relacionada con los cobros realizados a través de los medios que administran.

Se establece que los mismos sujetos sólo podrán realizar retenciones impositivas cuando así lo dispongan las autoridades tributarias nacionales o locales competentes, en tanto y en cuanto los montos que procesen excedan el equivalente a 10.000 Unidades de Valor Adquisitivo mensuales, esto es en la actualidad $8.247.500.

Por último, se propone derogar el ITI partir del 1 de enero 2024. Este gravamen continuaba resultando de aplicación para inmuebles adquiridos con anterioridad al 1/1/2018, por la inclusión del Impuesto Cedular a la transferencia de inmuebles a partir de dicha fecha.

Este proyecto, que incluye la moratoria, blanqueo, impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Monotributo, y la transparencia fiscal, será debatido este jueves por los diputados en comisión, con la presencia de funcionarios del Ministerio de Economía.

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