• 5/11/2024

Proyecto de Ley Bases prevé despidos de estatales, renegocia la obra pública y deroga la moratoria previsional

El Gobierno inicia el proyecto pidiendo la declaración de la emergencia pública por un año en materia administrativa, económica, financiera y energética
11/04/2024 - 07:00hs
Proyecto de Ley Bases prevé despidos de estatales, renegocia la obra pública y deroga la moratoria previsional

Privatizaciones y despido de empleados públicos modifican el statu quo del Estado en el nuevo proyecto de Ley Bases del Gobierno. En tanto, modifican las condiciones para el sector privado la regularización del empleo, la renegociación de contratos de obra pública, nuevas normas para defensa de la competencia y para los hidrocarburos, y un régimen promocional para grandes inversiones.

En dos de sus 9 capítulos, el proyecto de ley bases también deroga la moratoria previsional y cambia las condiciones del Fondo de sustentabilidad de la ANSES.

El Gobierno inicia el nuevo proyecto pidiendo la declaración de la emergencia pública por 1 año en materia administrativa, económica, financiera y energética.

Que prevé el proyecto de Ley ómnibus para el Estado

Reorganización administrativa de organismos centralizados o descentralizados

Se establece su reorganización, centralización, fusión, escisión, disolución total o parcial, o transferencia a las provincias o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previo acuerdo que garantice la debida asignación de recursos.

Quedan excluidos los órganos u organismos del Poder Judicial, Poder Legislativo, Ministerio Público; las universidades nacionales, el CONICET y el INTA.

El Poder Ejecutivo nacional podrá modificar, transformar, unificar, disolver, liquidar o cancelar los fondos fiduciarios públicos.

El proyecto de ley bases afecta a empleados públicos y jubilados
El proyecto de ley bases afecta a empleados públicos, jubilados y obra pública

Privatizaciones

Estarán "sujetas a privatización", las siguientes empresas y sociedades de propiedad total o mayoritaria del Estado Nacional:

  • AEROLÍNEAS ARGENTINAS
  • ENERGÍA ARGENTINA
  • RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA
  • INTERCARGO

Podrán privatizarse o sujetarse a concesión:

  • AYSA
  • CORREO OFICIAL
  • BELGRANO CARGAS
  • SOCIEDAD OPERADORA FERROVIARIA (SOFSE)
  • CORREDORES VIALES S.A.

Las empresas que sólo podrán ser privatizadas parcialmente debiendo el Estado Nacional mantener la participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias son las que siguen:

  • NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA
  • BANCO NACION
  • NACIÓN SEGUROS
  • NACIÓN REASEGUROS
  • NACIÓN SEGUROS DE RETIRO
  • NACIÓN SERVICIOS
  • NACIÓN BURSÁTIL
  • PELLEGRINI S.A.
  • YCRT

Para proceder a la privatización de todas estas empresas y sociedades, se podrá considerar la transferencia a las provincias de contratos que se encuentren en ejecución.

El Gobierno impulsa la privatización de Aerolíneas Argentinas, Intercargo y medios de prensa públicos
El Gobierno impulsa la privatización de Aerolíneas Argentinas, Intercargo y medios de prensa públicos

Derogación de normas de regulación económica

El Poder Ejecutivo podrá derogar o modificar durante la emergencia las nomas que:

  • Generen distorsiones en los precios de mercado, un sobrecosto en el sector regulado o la escasez de bienes y servicios.
  • Impliquen la constitución de monopolios.

Se exceptúa de lo prescripto en este artículo toda modificación o derogación de las regulaciones en materia de salud, previsional y laboral.

Qué prevé el proyecto para el empleo público

El personal alcanzado por el régimen de estabilidad que resulte afectado por las medidas de reestructuración que comporten la supresión de organismos o de las funciones a ellos asignadas, quedará en situación de disponibilidad por un periodo máximo de hasta 12 meses.

Los agentes que se encuentren en situación de disponibilidad deberán:

  • Recibir la capacitación que se les imparta.
  • Desarrollar tareas en servicios tercerizados del Estado

Cumplido el término de disponibilidad sin que el trabajador hubiera formalizado una nueva relación de trabajo, quedará automáticamente desvinculado de la Administración Pública nacional. Tendrá derecho a percibir una indemnización igual a 1 mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de 3 meses.

La cuota solidaria al sindicato dejará de ser obligatoria para no afiliados
La cuota solidaria al sindicato dejará de ser obligatoria para no afiliados

Por otra parte, las cláusulas de los acuerdos por las que se establezcan cuotas de solidaridad a cargo de los empleados y a favor de las asociaciones de trabajadores participantes en la negociación, tendrán validez solo para los afiliados. Para los no afiliados solo será factible de constatarse la autorización previa y expresa para realizar dicho descuento.

El ejercicio regular del derecho a huelga no dará causa a ningún tipo de sanción administrativa, y el descuento en la remuneración será proporcional al tiempo no trabajado.

Cómo afecta la iniciativa a las empresas de construcción

En el capítulo de "Contratos vigentes y acuerdos transaccionales", se autoriza al Poder Ejecutivo nacional a disponer por razones de emergencia, previa intervención de la Procuración del Tesoro de la Nación y la Sindicatura General de la Nación, la renegociación o rescisión de los siguientes contratos:

  • Obra pública.
  • Concesión de obra pública.
  • Contratos de construcción o provisión de bienes y servicios, y sus contratos anexos y asociados.

Esta autorización al Gobierno regirá para contratos cuyos montos superen los 10 millones de módulos que rigen las normas de la obra pública, y hayan sido celebrados con anterioridad al 10 de diciembre de 2023.

Qué pasará con el Fondo de sustentabilidad de la ANSES

El proyecto consolida en el Estado Nacional las tenencias de títulos de deuda pública de titularidad de las entidades del sector público nacional y el Fondo de Garantía de la Sustentabilidad de la ANSES. Esto no será de aplicación al Banco Central, ni a los bancos públicos.

El activo del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino (FGS) se invertirá de acuerdo con criterios de seguridad y rentabilidad adecuados.

El Fondo de sustentabilidad de la ANSES deberá ser invertido en acciones u ON
El Fondo de sustentabilidad de la ANSES deberá ser invertido en acciones u ON

Se podrá invertir el activo del Fondo en acciones y/u obligaciones negociables convertibles en acciones de sociedades anónimas nacionales, mixtas o privadas cuya oferta pública esté autorizada por la Comisión Nacional de Valores y con oferta pública. La operatoria en acciones incluye a los futuros y opciones sobre estos títulos valores.

Cómo es el régimen de promoción del empleo registrado

Los empleadores privados podrán regularizar las relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas. El Poder Ejecutivo nacional reglamentará los efectos que producirá la regularización de las relaciones laborales, ya que el proyecto sólo establece lineamientos generales.

La condonación de la deuda por capital e intereses se podrá incluir cuando aquella tenga origen en la falta de pago de los aportes y contribuciones con destino a los subsistemas de la Seguridad Social que se detallan a continuación:

  • Sistema Integrado Previsional Argentino.
  • PAMI.
  • Régimen Nacional del Seguro de Salud.
  • Fondo Nacional de Empleo.
  • Régimen Nacional de Asignaciones Familiares.
  • Contribución con destino al Registro Nacional de la Industria de la Construcción.
  • Otros regímenes laborales o de seguridad social que determine la reglamentación.

La reglamentación determinará los porcentajes de condonación que habrán de aplicarse, los que en ningún caso serán inferiores al 70% de las sumas adeudadas.

Qué dice el proyecto sobre defensa de la competencia

El proyecto de ley bases modifica la ley de defensa de la competencia en materias que a corto plazo afectará a la medicina prepaga y las recientes subas de las cuotas:

  • Acuerdos y prácticas prohibidas.
  • Posición dominante.
  • Concentraciones.

Por otra parte, crea la Agencia de Mercados y Competencia, así como el Tribunal de Defensa de la Competencia, como organismos descentralizados y autárquicos en el ámbito del Poder Ejecutivo nacional.

Qué impulsa el Gobierno en materia de hidrocarburos

La Nación o las provincias podrán otorgar permisos de exploración y concesiones de explotación, autorizaciones de transporte y almacenaje, y habilitaciones de procesamiento de hidrocarburos.

El Poder Ejecutivo nacional no podrá intervenir o fijar los precios de comercialización en el mercado interno para ninguna de las actividades indicadas en el párrafo anterior.

Las exportaciones de hidrocarburos y gas necesitarán aprobación de Energía
Las exportaciones de hidrocarburos y gas necesitarán aprobación de Energía

Los permisionarios, concesionarios, refinadores y/o comercializadores podrán exportar hidrocarburos y/o sus derivados libremente, sujeto a la no objeción de la Secretaría de Energía.

El efectivo ejercicio de este derecho estará sujeto a la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo nacional, la cual entre otros aspectos deberá considerar:

  • Los requisitos habituales vinculados al acceso de los recursos técnicamente probados.
  • La eventual objeción de la Secretaría de Energía sólo podrá ser formulada dentro de los 30 días de puesta en su conocimiento las exportaciones a practicar, teniendo en cuenta la seguridad del suministro.

Tanto las provincias como el Estado nacional tienen derecho a percibir una participación en el producido de la explotación de yacimientos de hidrocarburos de su dominio por empresas estatales, privadas o mixtas

Quedan autorizadas las importaciones de gas natural sin necesidad de aprobación previa. Las exportaciones de gas natural deberán ser reglamentadas por el Poder Ejecutivo nacional.

Cómo es el nuevo Régimen de incentivo para grandes inversiones

El proyecto de ley bases crea el Régimen de incentivo para grandes inversiones (RIGI) por el que se establecen, para vehículos titulares de un único proyecto (VTU), ciertos incentivos impositivos y de seguridad jurídica.

Se crea un régimen de promoción para grandes inversiones
Se crea un régimen de promoción para grandes inversiones con beneficios impositivos

Pueden ser VTU una sociedad anónima o SRL, una sociedad extranjera o sucursal, y una Unión Transitoria de Empresas (UTE),

Cualquier norma o vía de hecho, nacional o local, por la que se limite, restrinja, vulnere, obstaculice o desvirtúe lo establecido para el RIGI, será nula de nulidad absoluta e insanable y la Justicia deberá, en forma inmediata, impedir su aplicación, independientemente de que dichas jurisdicciones decidan adherir o no al RIGI

Para contar con las garantías del presente régimen, las inversiones deberán tener un carácter de largo plazo.

El monto mínimo de inversión en activos computables será de al menos u$s 200 millones.

Entre los beneficios impositivos, figuran los siguientes:

1. La alícuota de Impuesto a las Ganancias será del 25%.

2. Los dividendos para personas humanas y las remesas de utilidades a la casa central tributarán 7% por Ganancias.

Cuando los dividendos y utilidades se distribuyan o remesen luego de transcurridos 3 años desde el cierre del ejercicio fiscal en el que se realizaron las utilidades que los originaron, quedarán alcanzados por una alícuota del 0%.

3. También hay beneficios en el IVA que se haya incurrido por las inversiones.

4. Los VPU adheridos al RIGI podrán computar el 100% del impuesto al cheque como crédito del Impuesto a las Ganancias.

Estas empresas gozarán durante 30 años posteriores a la adhesión, de estabilidad normativa en materia tributaria, aduanera y cambiaria, consistente en que los incentivos no podrán ser afectados ni por la derogación de la ley ni por la creación de normativa tributaria, aduanera o cambiaria respectivamente más gravosa o restrictiva.

Las disputas con el Estado por el RIGI se someterán a arbitraje en el CIADI.

Así, el nuevo proyecto de ley bases prevé privatizaciones y despido de empleados públicos, así como la regularización del empleo, la renegociación de contratos de obra pública, nuevas normas para defensa de la competencia y para los hidrocarburos, y un régimen promocional para grandes inversiones.

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