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Pymes: cuáles son los nuevos topes de facturación para las distintas actividades y tramos

Las pymes obtuvieron subas de hasta 284% en los límites para gozar beneficios por la categorización como micro, pequeñas y medianas empresas
IMPUESTOS - 03 de Abril, 2024

La Secretaría Pyme modificó los topes de facturación para ser empresa micro, pequeña y mediana, fijando el tope máximo del sector en $28.997,1 millones para el comercio y $6.520 millones para los servicios profesionales.

Con la Resolución 30/2024 de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, que rige desde el lunes 1 de abril, estos topes para ser pymes en los distintos tramos y actividades tuvieron alzas de 165% al 248%, según los casos, según precisa Tributum.news.

La norma tendrá impacto en distintas compañías que ahora podrían calificar como pymes, o recategorizarse conforme los nuevos criterios y así acceder a distintos beneficios de financiamiento, tratamiento fiscal y acceso al mercado de capitales, entre otros, explica Victoria Bengochea, de MBPartners Abogados.

Cuáles son los límites para ser pyme en las distintas actividades

Servicios

Microempresa: $91,49 millones.

Pequeña: $551.59 millones.

Mediana tramo 1: $4.565,36 millones.

Mediana tramo 2: $6.520 millones.

Comercio

Microempresa: $599,48.

Pequeña: $4.270,32.

Mediana tramo 1: $20.297,82.

Mediana tramo 2: $28.997,1 millones.

Los topes para encuadrar en el segmento pyme se incrementaron en hasta un 248%

Construcción

Microempresa: $208,4 millones.

Pequeña: $1.236.55 millones.

Mediana tramo 1: $6.899,14 millones.

Mediana tramo 2: $10.347,57 millones.

Industria y minería

Microempresa: $435,86 millones.

Pequeña: $3.256,86 millones.

Mediana tramo 1: $23.180,33 millones.

Mediana tramo 2: $46.835,79 millones.

Agropecuario

Microempresa: $316,63 millones.

Pequeña: $1.166,34 millones.

Mediana tramo 1: $6.863,94 millones.

Mediana tramo 2: $10.886,68 millones.

En tanto, el sector de Intermediación Financiera y Servicios inmobiliarios siguen sin cambios en cuanto al tope de activos en pesos, que se mantiene en $193 millones, para poder ser considerados pymes.

La Subsecretaría Pyme fijó los nuevo topes para micro, pequeñas y medianas empresas

Cuánto es el personal que pueden ocupar las pymes

En tanto, el límite de personal ocupado tampoco hubo cambios en la Resolución 30 de la Subsecretaría Pyme.

Para las microempresas, ese tope es de 7 trabajadores tanto en el sector servicios como para empleados de comercio. En el caso de las pequeñas empresas, en los servicios pueden tener hasta 30 empleados y en comercio, hasta 35.

Las empresas medianas tramo 1, en cambio, pueden ocupar hasta 165 personas en servicios y hasta 125 en comercio.

Y en el grupo de las pymes tramo 2, el personal ocupado puede llegar a 535 empleados en los servicios y a 345 en el comercio.

Cuál es la vigencia del Certificado Pyme

La vigencia del certificado es desde su emisión y hasta el último día del cuarto mes posterior al cierre de ejercicio. La renovación se realizará de forma automática para la mayoría de las pymes, precisa Silvia Tedin, Socia Producto Misión PYME en SMS - San Martin, Suarez y Asociados.

Para descargar y consultar el certificado, la empresa deberá ingresar a la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), agrega.

La importancia de que el contribuyente posea el "Certificado Pyme" vigente es que permite acceder a diversos beneficios económicos relacionados con los aspectos tributarios, enumera Tributum.news:

Impositivos: cómputo de pagos a cuenta, reducciones y exclusiones.

Seguridad social: diversos pagos a cuenta.

Financieros: mejores condiciones en planes de facilidades de pago, cantidad de anticipos y diferimientos.

Judiciales: suspensión de ejecuciones fiscales) analizados desde:

También hay beneficios con el Certificado Pyme para monotributistas que, ya sea por renuncia o exclusión, deban inscribirse en el régimen general del impuesto a las Ganancias, IVA y Autónomos.

El certificado pyme permite acceder a beneficios impositivos y financieros

¿Cómo es el proceso de reinscripción automática?

La reinscripción automática se realiza durante el cuarto mes posterior al cierre de ejercicio y funciona de la siguiente manera, precisa Tedin:

1. La empresa deberá tener presentadas las declaraciones juradas de los últimos 3 ejercicios de IVA, Cargas Sociales o Monotributo, según corresponda.

2. AFIP creará el F. 1272 y lo podrá a disposición de la empresa durante un período de revisión que irá desde el primer día hábil y por 20 días corridos y dará aviso de esta situación mediante el Domicilio Fiscal Electrónico.

3. Si la empresa verifica datos erróneos en el F. 1272, deberá rectificar las declaraciones juradas mencionadas anteriormente a efectos de solucionarlo.

4. El primer día hábil posterior al período de revisión, AFIP enviará automáticamente la información a la Secretaría Pyme.

De no tener presentadas las declaraciones juradas requeridas, AFIP enviará al Domicilio Fiscal Electrónico, dentro de los primeros 5 días hábiles, un aviso de la situación a efectos de que la empresa la regularice. Si lo hace dentro del período de revisión, la reinscripción automática continuará su curso. De realizarlo fuera del período de revisión, deberá solicitar la reinscripción de manera manual.

Una vez que AFIP envíe la información a la Secretaría Pyme, las empresas que sean IVA exento, tengan vinculación o formen parte de un grupo económico deberán finalizar el trámite manualmente.

Desde este lunes, la Subsecretaría Pyme hizo cambios en los topes máximos de facturación para ser pyme en los distintos tramos y actividades previstos por las leyes.

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