Impuesto a las Ganancias: por qué podrás ver más dinero en tu recibo de sueldo con la suba del salario mínimo
Al convocar a la comisión que debe actual el Salario Mínimo, Vital y Móvil, el Gobierno también lanzó la actualización de tablas de retención y el Mínimo No Imponible del Impuesto a las Ganancias cedular (o Impuesto a los Mayores Ingresos). La gran duda es si, en el caso del gravamen, se aplicará la actualización desde enero o febrero, porque en el primer caso, habrá una devolución por lo retenido en exceso en enero.
Esta posibilidad de devolución será clave para los salarios de varios gremios, que fácilmente hoy superan los $2.160.000 de bruto mensual por la que sus trabajadores comienzan a tributar Impuesto a las Ganancias, sumando al salario, la cuota del aguinaldo, bonos de productividad o conceptos como "fallo de caja".
De todos modos, si no hay actualización a febrero, la suba del salario mínimo a julio se tomará para recalcular el primer semestre, y podrá disparar devoluciones a partir de ese mes, según corresponda, aclara Ariel Bassanetti, asesor tributario.
Cómo afecta la suba del salario mínimo al Impuesto a las Ganancias cedular
La Resolución 27/2024 del Ministerio de Capital Humano convocó para el próximo jueves 15 de febrero al Consejo nacional del empleo, la productividad y el SMVM, con el temario de fijar nuevos valores para los siguientes conceptos, según detalla Tributum.news:
- Salario Mínimo, Vital y Móvil, fijo en $156.000 desde 1/12/2023.
- Mínimo y máximo de la prestación por desempleo.
Estos cambios se aplicarán a trabajadores privados bajo el Régimen de Contrato de Trabajo y a la Administración Pública Nacional.
Con el cambio del SMVM se actualizan también los siguientes topes:
- Planes Sociales: asignación desde febrero 2024.
- Lavado de dinero: umbrales UIF desde junio 2024.
- Tablas y piso de Ganancias de empleados por la liquidación cedular (sin deducciones generales ni cargas de familia).
Esta actualización del Impuesto sobre los Mayores Ingresos, según se determine, se aplicará desde enero o desde julio 2024. En el primer caso, habrá una devolución por cifras retenidas en más, y en el segundo, se actualizarán las tablas y el piso del Impuesto a las Ganancias cedular a aplicarse a partir de julio próximo, explica Bassanetti.
Cuál es la situación actual del Impuesto a las Ganancias
Con la aprobación del Impuesto sobre los Mayores Ingresos, se establece un nuevo Mínimo no Imponible de 15 SMVM mensuales para Ganancias de los trabajadores, que se ajustará en enero y julio de cada año. Se mantiene el beneficio del 22% de zona desfavorable, indica Bassanetti, y señala:
Se eliminan las deducciones personales y generales de la Ley de Impuesto a las Ganancias, que obligan al trabajador a estar pendiente de cuestiones administrativas, y así se aleja de lo que conocemos como "impuesto personal".
Las únicas deducciones admisibles por SIRADIG son dos que se aplican por leyes distintas a la de Ganancias:
Por otra parte, los sujetos del Impuesto a las Ganancias cedular o Impuesto sobre los Mayores Ingresos deberán informar si cumplen un régimen de pluriempleo.
El Gasto por Guardería deben seguir presentándolo porque ese importe se resta de la Ganancia Sujeta a impuesto, hasta la concurrencia de la renta percibida por tal concepto.
Habrá una menor carga operativa para los empleadores, ya que existe un sistema simplificado que redundará en una disminución del costo de cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Cómo se calcula la ganancia sujeta a impuesto en el régimen cedular
Según detalla Bassanetti:
Deducción Ganancia No Imponible: Es la única deducción admitida por este impuesto que equivale a 180 Sueldos mínimos vitales y móviles vigentes a enero 2024 para el primer semestre y a partir de julio se toma el valor actualizado de ese mes para ajustar el impuesto retenido durante el primer semestre y retener desde julio en adelante.
- SMVM diciembre en adelante = $156.000 (falta Actualización para periodo 2024)
- Valor mensual: 15 SMVM = $2.340.000
- Valor anual: 180 SMVM = $28.080.000
De todos modos, se podrán tomar la deducción de Servicio Doméstico hasta $1.089.368,57 y los Aportes a SGR sin límites.
La AFIP, será la encargada de establecer las modalidades y plazos de la restitución de las sumas retenidas en exceso (en ese primer semestre), en caso de corresponder.
Zona patagónica: cuando se trate de empleados en relación de dependencia que trabajen y jubilados o pensionados que vivan en las provincias y, en su caso, partido, declarados zonas desfavorables, el importe del mínimo no imponible se incrementará en 22%, el valor de la deducción es 15 SMVM x 1,22 = $2.854.800, en tanto que el valor de la deducción anual es de 180 SMVM x 1,22 = $34.257.600
A quiénes se aplica el impuesto a las Ganancias para mayores ingresos
Desde octubre 2023, se crea el "impuesto cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones, cargos públicos y pensiones de privilegio.
En cambio, siguen bajo el régimen general que ya venía en vigor con la Ley del Impuesto a las Ganancias:
- Directores de sociedades: a un Director de SA, con sueldo en relación de dependencia de la SA se le retendrá impuesto a partir de $526.528 bruto.
- Síndicos y miembros de consejos de vigilancia de sociedades anónimas.
- Cargos equivalentes de administradores y miembros de consejos de administración de otras asociaciones, fundaciones y cooperativas.
- Secretarios de estado.
- Diputados y senadores del Poder Legislativo.
- Magistrados, Funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Nación, de las provincias y del Ministerio Publico de la nación cuando su nombramiento hubiera ocurrido a partir del año 2017.
- Jubilaciones y pensiones provenientes de los consejeros de las cooperativas.
- Asignaciones mensuales y vitalicias reconocidas a presidentes y vicepresidentes de la Nación.
Cómo está compuesto el impuesto sobre los mayores ingresos
Este impuesto anual se compone del siguiente modo, explica Bassanetti:
- Se suman la Remuneración Bruta Mensual Gravada y la Remuneración Bruta No Habitual Gravada y la Cuota SAC Mensual.
- De este modo se obtiene la Ganancia Bruta.
- A esto se resta la Deducción Ganancia No Imponible y las Deducciones de SGR y por el Personal Doméstico.
- Así se llega a la Ganancia Neta sujeta a impuesto.
Remuneración Bruta Gravada: se considera ganancia bruta al total de las sumas obtenidas mediante su recibo de sueldo durante el periodo fiscal, sin que se efectuare descuento alguno (más la cuota del aguinaldo -SAC- del mes).
Remuneración Bruta No Habitual Gravada: se considera ganancia bruta No Habitual a aquella que por su característica se paga en alguna ocasión excepcional siendo la misma prorrateada para la determinación de la Ganancia sujeta a impuesto.
Cuota SAC Mensual: se considera Cuota SAC Mensual a la doceava parte de la remuneración bruta percibida en el periodo que se devenga por adelantado de forma mensual antes de la percepción del Aguinaldo en junio y en diciembre.
Qué se informa en el SIRADIG en el régimen cedular y general
En el Impuesto sobre los Mayores Ingresos, se podrá informar solamente en el SIRADIG :
- Pluriempleo.
- Deducciones generales, solamente:
- Otras Retenciones, Percepciones y Pagos a Cuenta.
- Beneficios (por ejemplo, zona desfavorable).
No podrán informar, a partir de enero 2024, las Cargas de Familia ni las Deducciones de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
En el caso del régimen general, podrán seguir informando:
- Cargas de familia.
- Pluriempleo.
- Todas las deducciones generales de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
- Otras Retenciones, Percepciones y Pagos a Cuenta.
- Beneficios (por ejemplo: zona desfavorable).
Cuándo tienen que presentar el Impuesto sobre los Bienes Personales
Los alcanzados por el Impuesto a las Ganancias cedular, al igual que en el general, tienen que presentar Bienes Personales, si en el período fiscal obtuvieron ingresos/rentas iguales o superiores a lo siguiente, precisa Bassanetti:
Para el período 2023: $15.918.000 (6.600.000 por el índice de actualización 2,411797905%).
La presentación de la declaración jurada se deberá cumplir entre el 12 a 14 de junio de 2024, en tanto que si no hubiera bienes que superen el mínimo del Impuesto sobre los Bienes Personales, se deberá presentar una declaración jurada informativa el 1 de julio de 2024.