• 20/11/2024

Monotributo: ¿por qué un grupo de contribuyentes pagarán 3 cuotas juntas a partir de marzo?

Los monotributistas de las categorías más bajas serán quienes deban pagar durante tres meses las cuotas que fueron postergadas en 2023
Por J.R.
22/02/2024 - 12:23hs
Monotributo: ¿por qué un grupo de contribuyentes pagarán 3 cuotas juntas a partir de marzo?

Un dato importante para los monotributistas, es que en marzo algunos pagarán tres cuotas juntas. Esto se debe a una medida que el exministro de Economía, Sergio Massa, tomó en medio de la campaña presidencial, y se extenderá durante los próximos tres meses del 2024. 

Esta definición hizo que desde septiembre los monotributistas de las categorías más bajas se adhieran al "beneficio del pago diferido" hasta febrero del 2024. Esta medida establece que a partir del mes de marzo los contribuyentes alcanzados paguen tres cuotas juntas. 

¿Por qué algunos monotributistas pagarán tres cuotas juntas en marzo?

Según detallan desde AFIP, la medida impulsada por Massa determinó que "por seis meses, las categorías A, B, C y D del monotributo abonarán solamente el importe correspondiente a las cotizaciones previsionales, ya que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó el pago del componente impositivo de los períodos septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023, y enero y febrero de 2024". 

Vale aclarar que fueron alcanzados por esta medida los monotributistas que hayan cumplido con el pago del impuesto integrado y las cotizaciones previsionales durante al menos ocho períodos mensuales anteriores.

Sobre el motivo que los llevó a implementarla, explican que "la prórroga se alinea con las medidas dispuestas por el Decreto N°438/2023 del Poder Ejecutivo Nacional, tendientes a mejorar los ingresos reales de la población, atendiendo en particular a los segmentos con mayor grado de vulnerabilidad social". 

Es por esto que, en las fechas de vencimiento, los contribuyentes alcanzados por esta medida solo deberán ingresar el importe correspondiente a las cotizaciones previsionales "y, en su caso, el importe fijo correspondiente al Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y la contribución municipal y comunal de las distintas provincias adheridas al Sistema Único Tributario".

Con el Plan Platita de Massa, se prrogaron 6 meses del Monotributo
Con el Plan Platita de Massa, se prorrogaron 6 meses del componente impositivo del Monotributo

Monotributo: ¿en qué meses se pagarán tres cuotas juntas? 

La Resolución General 5411/2023 seguirá vigente hasta el mes de febrero del 2024, por lo que a partir de marzo, los monotributistas alcanzados por esta medida comenzarán a pagar el componente impositivo que fue postergado. 

De esta manera, el nuevo calendario de vencimientos quedó conformado de la siguiente manera:

  • Septiembre y octubre de 2023: se pagarán junto con la cuota del Monotributo que vencerá el 20 de marzo de 2024.
  • Noviembre y diciembre de 2023: se pagarán con el impuesto integrado que vencerá el 22 de abril próximo.
  • Enero y febrero de 2024: vencerán junto con la cuota del Monotributo que se deberá pagar al 20 de mayo de este año.

Cuál es el impacto económico real de la prórroga del Monotributo

A pesar de considerarse un beneficio, el impacto real en los bolsillos de los monotributistas de las categorías más bajas es limitado, ya que los montos del impuesto integrado son bajos para estas categorías.

El monto del pago que se posterga es de entre $496,85 y $2.689,05, dependiendo de la categoría y el tipo de actividad.

El impacto económico fue muy limitado porque las cuotas son bajas para las categorías alcanzadas
El impacto económico fue muy limitado porque las cuotas son bajas para las categorías alcanzadas

Además, esta medida no afecta a los monotributistas de las categorías A y B, ya que estos ya están eximidos de abonar el componente impositivo debido a la ausencia de ingresos por diversas actividades, tales como:

  • Trabajo en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones o retiros, y cargos públicos.
  • Dirección, administración o conducción de sociedades.
  • Locación de bienes muebles o inmuebles.
  • Prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y participaciones en las utilidades de sociedades bajo ciertas condiciones.

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