Sorpresiva jugada de Milei con el DNU de desregulación: se aprobará en la ley ómnibus
El presidente Javier Milei redobló la apuesta para la aprobación del megadecreto regularizador, ya que incluyó la ratificación en la ley ómnibus de reforma económica que envió al Congreso.
En el artículo 654 del proyecto de la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos el texto: "ratificase el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/23", que desreguló diversas áreas de la economía.
Por qué el Gobierno incluye el decreto en la ley ómnibus
De esta manera, el Gobierno se salta la discusión en la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo, que sería el primer paso para la aprobación del DNU si se siguiera el camino establecido para la aprobación de decretos en el Congreso.
Ese trámite sigue con la aprobación de al menos una de la Cámaras, tras el dictamen de la Comisión Bicameral, pero todo esto estaba muy trabado por diversas jugadas de la oposición kirchnerista del bloque de Unión por la Patria
La Comisión estará constituida por 8 diputados y 8 senadores, pero Unión por la Patria reclamó que la distribución se haga a través del sistema D'Hont. Esto significaría, por ejemplo, que el kirchnerismo tendría 5 de los ocho diputados, y algo similar ocurre en el Senado.
El presidente de la Cámara, Martín Menem anunció que esa disposición es para las comisiones permanente pero no para las especiales, como lo es la Bicameral de Trámite Legislativo.
Ante esta amenaza, ni el diputado Menem ni la vicepresidenta Victoria Villarruel, en su rol de presidenta del Senado, constituyeron la Bicameral de Trámite Legislativo.
Qué dice el decreto desregulador
El DNU 70/2023 se mete con las siguientes reformas y desregulaciones:
1. Desregulación económica: se derogan leyes como la de Góndolas y Observatorio de Precios. También el régimen para la actividad de supermercados.
2. Reforma del Estado: se establece que el Banco Nación estará sujeto a privatización y se dan normas para que los empleados puedan quedarse con las privatizadas.
3. Trabajo: se derogan multas, se pone límite a los intereses que fijan los jueces laborales y se establece un sistema de Seguro de Desempleo. También se establece un régimen de "colaboradores" para que empleen hasta 5 trabajadores los monotributistas y autónomos, sin que se trate de relación de dependencia. Asimismo, se limita el derecho de huelga con la definición de tareas esenciales.
4. Comercio exterior: cualquier ciudadano podrá ser importador y no será obligatoria la participación de un despachante de Aduanas.
5. Bioeconomía: se derogan regulaciones para la actividad agropecuaria.
6. Energía: se faculta a la Secretaría de Energía a redeterminar la estructura de subsidios vigentes a fin de asegurar a los usuarios finales el acceso al consumo básico y esencial de energía eléctrica y gas natural.
7. Industria Aerocomercial: se flexibiliza la actividad para atraer inversión extranjera. Entre otras, la aviación civil y los servicios de rampa son tareas esenciales, con lo que se terminaría con los paros en aeropuertos o de pilotos.
8. Justicia y Código Civil y Comercial: se deroga la Ley de Alquileres y se reafirma la voluntad de las partes en los contratos.
9. Salud: se derogan los topes en la facturación de la medicina prepaga y las obras sociales deberán competir con estas empresas para los nuevos empleados.
10. Comunicación: los propietarios de licencias de servicios de radiodifusión directa por satélite y las licencias de servicios de radiodifusión móvil podrán acumularlas con licencias de otros servicios de distinta clase o naturaleza.
11. Deportes: los clubes deportivos podrán ser sociedades anónimas.
12. Sociedades: las asociaciones y entidades sin fines de lucro pueden participar de sociedades anónimas y ser parte de contratos asociativos.
13. Turismo: se derogan las leyes de regulación hotelera, de tiempos compartidos y de agentes de viaje.
14. Registro Automotor: desregula los Registros Automotores, da pautas para la patente y las cédulas de identificación, y regula los contratos de transferencia de automotores.
Qué pasa con el decreto en la Justicia
La Justicia Laboral y el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal recibirton al menos 11 amparos contra el decreto desregulador, con pedidos de medidas suspensivas hasta que se dicte sentencia de fondo sobre los planteos de inconstitucionalidad.
Las medidas cautelaras para la suspensión preventiva del DNU no fueron aceptadas por ninguno de los jueces involucrados, criterio habitual de los jueces nacionales con sede en la ciudad de Buenos Aires.
El primer cuestionamiento fue presentado por la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad, ante el juez Esteban Furnari, quien admitió la acción como un "amparo colectivo" y dio vista a la fiscalía para que se determine si la causa es competencia de ese juzgado. La acción judicial fue presentada por esa asociación civil y organizaciones como ATE y CTA.
Otra causa fue iniciada por los jefes de la CGT, Héctor Daer, Pablo Moyano y Carlos Acuña, ante el juez laboral José Ignacio Ramonet, que rechazó dictar una cautelar porque el DNU recién estará vigente el próximo sábado 30, pero resolvió avanzar con el planteo de fondo.
También, ingresó una acción de amparo de la Asociación Civil por un Hogar en Argentina, que quedó radicada ante el Juzgado 12 del fuero Contencioso Administrativo.
El extitular del Colegio Público de Abogados de la ciudad de Buenos Aires, Jorge Rizzo y otros seis firmados por Betina Stein, Laura Golcman, Nancy Beatriz Mateos, María Reston, Mariana Fernández y Norma Castro siguieron a los primeros.
La última presentación fue realizada por el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez.
Por qué Milei amenaza con un plesbicito
Milei afirmó que en el caso de que el decreto fuera rechazado por el Congreso, llamaría a una consulta popular. Se trataría de un plebiscito para consultar a la población si está de acuerdo o no con esa medida.
"El mega decreto tiene más de 75% de aprobación, entonces que me expliquen, por qué quieren algo en contra de la gente", dijo el presidente, al sugerir que si el Congreso rechazara el DNU estaría yendo en contra de la voluntad popular.
Pero, para realizar un plesbicito, la Cámara de Diputados y el Senado deben aprobar una ley de convocatoria con el voto de la mayoría absoluta de los legisladores. Sin estas mayorías, no es posible convocar al plebiscito.