LEY ÓMNIBUS

Bienes personales: ¿qué cambios propone la Ley Ómnibus?

El proyecto de Ley enviado al Congreso de la Nación por el Poder Ejecutivo Nacional propone una modificación del Impuesto sobre los Bienes Personales
IMPUESTOS - 28 de Diciembre, 2023

El proyecto de "Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos" enviado este miércoles al Congreso de la Nación por el Poder Ejecutivo Nacional propone una modificación del Impuesto sobre los Bienes Personales.

En la Sección III del proyecto, el Artículo 166 dispone la creación del Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales ("REIBP") por todos los períodos fiscales hasta fines de 2027.

¿Cuáles son los cambios en Bienes Personales?

El Gobierno propone la creación de un régimen especial de ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales por todos los períodos fiscales hasta el 31 de diciembre de 2027. Las personas humanas y sucesiones se podrá adherir hasta el próximo 31 de marzo.

La opción de adherir al REIBP es de carácter individual y voluntaria, y comprende al Impuesto sobre los Bienes Personales y a todo otro tributo patrimonial nacional (cualquiera fuera su denominación) que pueda complementar o reemplazar al Impuesto sobre los Bienes Personales en los períodos fiscales 2024 a 2027.

Bienes personales: ¿qué cambios propone la Ley Ómnibus?

En tanto, para aquellos contribuyentes que adhieran al REIBP, se procederá a valuar todos los bienes del patrimonio existentes al 31 de diciembre de 2023 y, del monto resultante, se restará el valor de los bienes exentos a fines de determinar la base imponible del Impuesto para los períodos fiscales 2023 a 2027 inclusive.

Los contribuyentes que sean personas humanas y sucesiones indivisas que se adhieran al REIBP aplicarán la alícuota de 0.75% sobre la base imponible. Para el pago, podrán computarse los créditos fiscales, anticipos y pagos a cuenta del Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente al período fiscal 2023.

Los contribuyentes deberán realizar un pago inicial del REIBP de no menos del 75% del total del impuesto hasta el 31 de marzo de 2024, inclusive

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