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¿Vuelve el Impuesto a las Ganancias?: qué anticipan los expertos

A pesar de la negativa del presidente Javier Milei de subir los impuestos, la necesidad de equilibrar las cuentas trae consigo el regreso de Ganancias
IMPUESTOS - 20 de Diciembre, 2023

Luego de que el Ministerio de Economía anunciara los recortes del Estado y cómo pensaba financiarse, la frase "reforma de Ganancias" generó revuelo en las redes sociales, ya que se empezó a especular con el regreso del Impuesto a las Ganancias.

Este hecho trajo consigo una gran cantidad de críticas, ya que el presidente Javier Milei no solo había votado la eliminación del tributo para trabajadores en relación de dependencia, sino que, en varias ocasiones, había afirmado que "antes de subir un impuesto, se cortaba un brazo" asumiendo ese compromiso con los ciudadanos. Sin embargo, según el Gobierno, sería algo "provisorio" hasta "acomodar" las cuentas producto de la "pesada herencia".

¿Qué sucederá con Ganancias y quiénes estarán alcanzados?

Tal como ya confirmaron desde el propio Gobierno, el Impuesto a las Ganancias "volverá". Según el propio Javier Milei, será solo por un año hasta ordenar las cuentas. Sin embargo, aún no hay una resolución y muchos gobernadores no quieren una reversión de Ganancias, sino coparticipar el Impuesto al Cheque.

En este sentido, el Presidente deberá decidir si da marcha atrás provisoriamente sobre Ganancias para palear el efecto de la crisis o compensar a los gobernadores con una coparticipación en el impuesto previamente mencionado, algo prácticamente descartado por el gobierno, ya que les dificultaría llegar al "déficit 0".

Marcos Zocaro, contador y magister en finanzas públicas, señala a iProfesional que Ganancias nunca se fue, sino que, simplemente, se hizo una modificación a la Ley por la cual los sueldos en relación de dependencia menores a 15 salarios mínimos ($2.340.000 actualmente) no pagan Ganancias, es decir, que los sueldos mayores seguían tributando.

El decreto sobre Ganancias solo afectaba a los salarios de mayor poder adquisitivo

"Lo que se quiere intentar ahora es revertir esta reforma y volver a la situación anterior. La medida de eximir de Ganancias a determinados sueldos fue electoralista, puro populismo impositivo y discriminando, por ejemplo, a los trabajadores autónomos", argumenta el experto.

"Asimismo, si bien el piso para el pago de Ganancias es bajo, se trata de uno de los impuestos más progresivos (pagan más los que más ganan) y en el sistema tributario argentino existen impuestos regresivos y/o distorsivos que sería beneficioso modificar antes que Ganancias, pero que no lo hacen, ya que, no suelen ser ‘visibles’ y, por lo tanto, ‘no suma votos’ su rebaja o eliminación", añade.

En paralelo, Francisco del Amo, director ejecutivo del Estudio Contable del Amo, señala que no le parece acertado que cada gobierno que asuma cambie rotundamente las medidas del anterior. "Es complejo porque el salario no es ganancia. Si asumiésemos que de cada salario mensual se pudiese ahorrar un 20% (en un contexto ilusorio que difícilmente suceda en Argentina para alguna parte de la población), sobre ese porcentaje solamente se debería aplicar el Impuesto a las Ganancias, quizás con la tabla de Ganancias de Sociedades", enfatiza.

En este sentido, el experto recalca que, para establecer quiénes están en condiciones de lograr ese ahorro, debería ponerse un piso a partir del cual retener que, en su opinión, debería ser de 15 veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil, tal como lo contempla el cambio que introdujo Sergio Massa y fue votado por el Congreso, incluyendo a Javier Milei.

En cuanto a las personas que estarían alcanzadas, el especialista señaló que, si bien aún no se sabe, es muy probable que sea en montos a partir de $1.000.000. Por otra parte, Marcelo Rodríguez, contador, docente y director ejecutivo de MR Consultores indicó a iProfesional que, con una inflación desbocada como la actual, es muy difícil establecer un parámetro en valores absolutos.

"Entiendo que fijándose los mínimos y las tablas progresivas y dándole una actualización en función a un parámetro mensual o trimestral vía IPC, se logra perfectamente la progresividad del gravamen, pero no en función a un parámetro de remuneración bruta, sino en función a parámetros de deducciones por carga de familia, por ejemplo, y la progresividad necesaria que tienen que tener las alícuotas de imposición", destacó.

¿Qué pasará con las personas a las que les dejaron de realizar los descuentos en concepto de Ganancias?

Según Rodríguez, es una decisión acertada rever la decisión que se adoptó a fines del año pasado con la sanción de la reforma, ya que es un impuesto progresivo, es decir, busca la equidad contemplando las características especiales del individuo.

El Impuesto a las Ganancias toma en cuenta las características individuales de cada contribuyente

"Es decir, se descuentan las deducciones generales y los gastos atribuibles a la gestión del individuo que, si se plantean en parámetros razonables y cercanos a la realidad, le dan progresividad al impuesto. Hoy, lo que se ha hecho es fijar un parámetro que se vaya actualizando de acuerdo con el salario mínimo vital y móvil y, obviamente, no tiene ninguna connotación de lo que es el gravado", asegura.

En este sentido, asegura que, de lo contrario, sería absolutamente inequitativo. Por ejemplo, no hay "igualdad" entre un asalariado soltero, sin carga de familia y propietario de un departamento con un individuo que gana exactamente lo mismo, pero alquila y tiene 4 hijos en edad escolar.

En cuanto a los contribuyentes que habían quedados "exentos" y ahora estarían alcanzados, el contador recuerda que muchas medidas salieron por decreto y deberán ser convalidadas antes del 31 de diciembre por el Congreso Nacional.

"Por ejemplo, las alícuotas que se han modificado en dos oportunidades vía resolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos. Eso el Poder Ejecutivo no lo puede hacer y en la medida en que no sea convalidado por parte del Congreso Nacional implicará que los empleadores van a tener que extraer del sueldo de diciembre al momento de hacer la liquidación final del año a los asalariados, volver a retener las sumas que se han dejado de retener atento a la disposición que salió por decreto", detalla.

En esta línea, los sectores de clase media y media alta que gozaron de un "alivio" deberán cubrir el tributo con el sueldo de diciembre, por lo que, junto con los otros aumentos, quitas de subsidios, entre otras medidas, los perjudicará seriamente.

Con respecto al procedimiento que deberán hacer los contribuyentes, Rodríguez señala que estos no deberán hacer nada, ya que la obligación de hacer la retención está en cabeza de la empresa y, en consecuencia, deberá utilizarse las tablas previstas para todo el año de acuerdo con lo que se definió en el mes de enero, considerando las alícuotas del artículo 93 de la ley.

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