¿Cuántos pesos vas a pagar por Netflix, Spotify y otros servicios de streaming desde este mes?
Los servicios digitales de streaming se pagarán más en Argentina desde este mismo mes con la imposición de una retención de 100% del Impuesto a las Ganancias, en caso de no haber sido pagados todavía.
Los impuestos que pagarán los usuarios de servicios de streaming serán ahora los siguientes:
- PAIS: 8%.
- Retención de Ganancias: 100%.
- Retención de Bienes Personales: 25%.
Qué monto vas a pagar por la factura de Netflix y otros servicios de streaming
Los usuarios de servicios de streaming pagarán los siguientes montos por sus facturas, entre otros, al sumar 133% de impuestos a los precios básicos al dólar oficial:
Netflix
Plan básico: $3.842,17.
Plan estándar: $6.521,67.
Plan Premium: $9.317,67.
Spotify
Estudiantes: $766,57.
Individual: $1.395,67.
Familiar: $2.327,67.
Duo: $1.861,67.
Disney+
En este caso no se cobran impuestos extra.
Mensual: $799.
Anual: $6.699.
Combo con Star+: $1.999.
HBO Max
Mensual: $1.628,67.
Tres meses: $4.424,67.
Anual: $13.977,67.
Amazon Prime
Mensual: $2.677,17
YouTube Premium
Individual: $906,37
Familiar: $1.628,67
Qué pasará con el dólar tarjeta para otros consumos
El Gobierno oficializó este jueves una nueva suba en las percepciones del dólar tarjeta, que llevará el valor desde los $748 actuales hasta los $950.
Con la nueva Resolución General 5450 emitida por la AFIP, este tipo de cambio tendrá una percepción del 100% del Impuesto a las Ganancias y un 25% de Bienes Personales, que se suma al 30% del impuesto PAIS. En total, será un 155% que se le imputará al dólar oficial, que abrió este viernes a $354,50 para la compra y $372,50 para la venta, según el sitio DólarYa.
Cómo será la devolución de los pagos a cuenta
Las percepciones practicadas a la tasa del 100% tendrán el siguiente tratamiento, según la situación de los contribuyentes:
- Monotributistas y que no resultan responsables del Impuesto a las Ganancias: la devolución se realizará en el Impuesto sobre los Bienes Personales.
- Demás sujetos: Impuesto a las Ganancias.
Las percepciones practicadas a la tasa del 25% tendrán el siguiente tratamiento para su devolución:
Personas humanas: Impuesto sobre los Bienes Personales o, en caso de tratarse de sujetos que no sean contribuyentes de este impuesto, se podrá solicitar su devolución.
Demás sujetos: Impuesto a las Ganancias.
"Las percepciones practicadas tendrán, para los sujetos pasibles, el carácter de impuesto ingresado y serán computables, según sea el caso, en las declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias o del Impuesto sobre los Bienes Personales, correspondientes al primer período fiscal posterior a aquel en el cual se practicaron", establece la norma de AFIP.