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Contratos: claves para aprovechar estos instrumentos legales en los negocios

Es importante conocer todos los aspectos que rodean a los contratos, desde su finalidad, hasta cuál debería ser su contenido, para que tenga total validez
28/08/2023 - 06:27hs
Contratos: claves para aprovechar estos instrumentos legales en los negocios

Los contratos forman parte de la vida cotidiana de las personas. Sea para alquilar la vivienda en donde vivir, para trabajar o para recibir un servicio, todo gira en torno a estos instrumentos legales.

En los negocios es más común escuchar hablar de ellos, dado que les dan origen a acuerdos comerciales, sea que se trate de compra de bienes o servicios (tanto eventuales como de largo plazo).

Por eso, es importante conocer todos los aspectos que rodean a los contratos, desde su finalidad, hasta cuál debería ser su contenido, para que tenga total validez y puedan cumplir con su cometido. Hagamos un repaso, entonces, de las claves que los rodean:

¿Qué son?

Nuestro Código Civil y Comercial los define como un acto jurídico en el que dos o más partes manifiestan su consentimiento para crear, regular, modificar, transferir o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales.

Generalmente no deben cumplir una solemnidad específica y se rigen por la libertad de contratación, excepto aquellos llamados "formales" en los que la ley establece como deben llevarse a cabo para tener validez.

Como ejemplo de este último tipo, podemos mencionar a las donaciones de cosas inmuebles que deben hacerse -sí o sí- por escritura pública, dado que, en caso contrario, resultan nulas.

Por el otro extremo tenemos a los contratos de locación que, si bien la ley nos indica que deben hacerse por escrito, no tiene requisitos determinados para su validez y las partes pueden realizarlo de la forma que consideren más conveniente.

Melina Sánchez, analista Sr. de Legales de Expansión Business
Melina Sánchez, analista Sr. de Legales de Expansión Business

¿Para qué sirven?

Los contratos sirven para regular la adquisición de bienes, productos, servicios y cualquier otro negocio jurídico que las partes deseen llevar a cabo. Claro está que, como todo en nuestra normativa, el principio más importante es la buena fe.

Sin embargo, más allá de la libertad que rige (en principio) en estos instrumentos, siempre es aconsejable dejar plasmado por escrito tanto la voluntad de contratar, como las condiciones que van a regular la relación.

De esta forma nos aseguramos de que, en caso de incumplimiento, la parte que resulte afectada pueda probar las condiciones que se habían acordado y exigir el cumplimiento o un resarcimiento acorde.

¿Qué debe contener el contrato?

Si bien la redacción de los contratos puede variar tanto por el objeto del mismo como por la forma de quién lo redacte, hay cosas que nunca deben faltar. Entre ellas está la identificación de quienes van a ser las partes, el detalle del objeto del contrato, los derechos y las obligaciones de cada uno de ellos. En este sentido, es importante considerar algunos puntos:

Respecto a las partes, las mismas deben ser capaces de contratar. Si bien la capacidad se presume, nuestro Código nos deja en claro que son incapaces de ejercicio las personas por nacer, los menores de edad (con algunas excepciones) y la persona declarada incapaz por sentencia judicial.

Por otro lado, con respecto al objeto, debemos considerar que el mismo debe ser lícito, posible, determinado o determinable, susceptible de valoración económica y corresponder a un interés de las partes, aun cuando éste no sea patrimonial.

En este sentido, el artículo 1004 del Código nos indica que son objetos prohibidos los contrarios a la moral, al orden público, a la dignidad de la persona humana, o lesivos de los derechos ajenos.

¿Es obligatoria la firma de las partes?

Los instrumentos pueden estar firmados o no. Si están firmados, se denominan "instrumentos privados"; si no lo están, se los denominan "instrumentos particulares no firmados" y, siempre que la ley no establezca una forma específica, van a resultar válidos.

No obstante, la firma es importante ya que prueba que realmente hubo voluntad y consentimiento en el contenido del contrato. Asimismo, hay que considerar que puede ser simple o certificada.

En este último caso, las partes van a firmar frente a un funcionario público que tenga la autoridad de asegurar que la firma corresponde a la parte involucrada y que no se está falsificando la misma.

Adicionalmente, la certificación de firmas no solo asegura la autoría sino también le da fecha cierta al instrumento, es decir, asegura que la fecha que consta en el contrato es realmente en la que se firmó y, por tanto, desde cuándo comienza a tener efectos.

Este es otro punto que resulta importante, sobre todo cuando el contrato involucra el cumplimiento de plazos para llevar a cabo el objeto.

Clave para resguardar los negocios

En definitiva, hay infinitas causas que motivan la redacción de un contrato y de igual forma, los riesgos que se asumen también son infinitos. Por tanto, es importante protegerse y tomar todos los recaudos posibles para llevar a cabo los negocios con mayor tranquilidad.

El asesoramiento de profesionales resulta imprescindible en la mayoría de las ocasiones para asegurar la legalidad y poder contemplar todos los supuestos que puedan darse en la relación para que, en caso de incumplimiento, resulte más accesible recibir un resarcimiento y/o poder exigir el cumplimiento forzoso del objeto.

Melina Sánchez, analista Sr. de Legales de Expansión Business