AFIP: cuáles son las nuevas medidas de alivio para pymes y quiénes salen del Monotributo
Las pequeñas empresas que por sus ventas deben salir del Monotributo, además de pagar IVA e Impuesto a las Ganancias con un costo sensiblemente mayor, sufren retenciones que adelantan financieramente ese costo. En el marco de las medidas de alivio de Sergio Massa, la AFIP instrumentó beneficios para pymes en ambos tributos.
La Resolución 5390 de AFIP, publicada hoy en el Boletín Oficial, facilita la solicitud del beneficio del certificado de exclusión de IVA para que recién inician actividad y los monotributistas que pasan a responsables inscriptos, precisó el consultor tributario Hernán D’Agostino.
En tanto, la Resolución 5388 redujo el primer anticipo del Impuesto a las Ganancias para todas las pymes, el que pasará de representar 25% del gravamen pagado en el ejercicio anterior al 10%, igualando todos los anticipos para pymes en este porcentaje. No disminuye el monto total, pero es una mejora financiera.
Qué empresas se benefician con el certificado de exclusión de IVA
El beneficio de exclusión de IVA para contribuyentes cumplidores tiene como destinatarias exclusivamente a las microempresas, precisó la consultora tributaria Romina Batista:
Estas firmas deberán cumplir las siguientes condiciones, enumeró:
- Contar con la caracterización 272 vigente en el Sistema Registral.
- No poseer deudas impositivas y/o de los recursos de la seguridad social líquidas y exigibles por los períodos no prescriptos.
- Encontrarse encuadradas en la categoría A, de Muy Bajo Riesgo, del "Sistema de Perfil de Riesgo" (SIPER).
Además, se establece que, para obtener el certificado de exclusión, deberán contar con los requisitos preexistentes, indicó Batista:
- Ser responsables inscriptos en el IVA.
- Tener declarada la actividad económica.
- Tener declarado el domicilio fiscal.
- Haber presentado las declaraciones juradas de IVA y de la seguridad social de los últimos 12 meses.
- Haber presentado la última declaración jurada del Impuesto a las Ganancias.
Si se cumple con estas condiciones, se elimina el requisito de tener un saldo a favor de IVA generado por percepciones y retenciones, igual al menos al 20% del promedio de la diferencia entre débitos y créditos de los últimos 12 meses, añadió D’Agostino.
La Resolución dirigida a contribuyentes cumplidores tendrá vigencia a partir de este viernes 21 de julio.
Cómo serán los nuevos anticipos de Ganancias para pymes
Otro beneficio se dicta para todas las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, que al primer día del mes de inicio del ejercicio fiscal sobre el que se aplicarán los anticipos del Impuesto a las Ganancias, cuenten con el "Certificado MiPyME" vigente y estén registradas ante la AFIP, bajo alguna de las siguientes caracterizaciones, expresó D’Agostino:
272 - Micro Empresas.
274 - Pequeña Empresa.
351 - Mediana Empresa - Tramo 1.
352 - Mediana Empresa - Tramo 2.
El beneficio consiste en la reducción del primer anticipo de 25% de la base de cálculo que hoy pagan todas las empresas, al 10%. Luego se iguala el resto de los anticipos en este porcentaje, manifestó D’Agostino.
"Esto es positivo porque el primer anticipo que es el más criticado, dado que al vencimiento de Ganancias hay que pagar el saldo de impuesto y al mes siguiente un 25% de anticipo, lo que ahora se reduce para las pymes", remarcó.