Declaración jurada informativa de Ganancias y Bienes Personales: vence el plazo para su presentación
Este viernes 30 de junio de 2023 vence el plazo para realizar la presentación de la declaración jurada de carácter informativa de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2022.
¿Qué es?
La declaración jurada de carácter informativa es la presentación de un conjunto de datos referidos a tu actividad o patrimonio al 31 de diciembre de cada año.
¿Quiénes están obligados a presentarla?
Están obligados a presentarla los contribuyentes que en el año 2022 hayan obtenido ingresos anuales iguales o superiores a $ 6.600.000 por las actividades establecidas en la Resolución General 4003/2017:
- Cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de CABA, incluidos los cargos electivos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos.
- Magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial nombrados a partir del 2017
- Trabajo en relación de dependencia
- Jubilación
- Pensión
- Retiros o subsidios en cuanto tengan su origen sea el trabajo personal y en la medida que hayan estado sujeto al pago del impuesto
- Asignaciones mensuales y vitalicias reconocidas a presidentes y vicepresidentes de la Nación
- Trabajo personal de socios de sociedades cooperativas de trabajo
- Exentas, no alcanzadas o no computables en el impuesto a las ganancias
- Actores que perciban sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores
¿Qué datos debo informar?
Bienes personales
El detalle de tus bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados conforme a las normas del Impuesto sobre los Bienes Personales que resulten aplicables a esa fecha.
Ganancias
El total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas, entre otros, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Impuesto a las Ganancias.
¿Cómo se presenta?
Bienes Personales
Los contribuyentes del Impuesto sobre los Bienes Personales, deberán presentar las declaraciones juradas informativas a través del servicio con clave fiscal denominado "Bienes Personales Web".
Ganancias
Los contribuyentes y las sucesiones indivisas deberán presentar la declaración jurada informativa del Impuesto a las Ganancias, mediante el servicio con clave fiscal "Ganancias Personas Humanas – Portal Integrado".