Los números que muestran que la reforma laboral es un hecho y empezó de abajo hacia arriba
Mientras los sindicatos anticipan una dura lucha frente anuncios de precandidatos presidenciales respecto de una futura reforma laboral, el empleo se está desregulando de hecho en la Argentina, como lo demuestra el fuerte crecimiento de la contratación mediante el Monotributo y el Monotributo Social.
"La empresa se ahorra entre un 35% y un 38% del valor del salario y además no paga indemnizaciones en caso de no requerir más sus servicios, entre otros costos", precisó Ariel Bassanetti, gerente de Payroll Latam Gestión Compartida, y agregó que "también el trabajador tiene más dinero neto en su bolsillo".
Además, el latiguillo en amplios sectores es que los "planeros" no quieren trabajar, pero los números de empleo lo desmienten y muestran una desregulación laboral de hecho, ya que el Monotributo Social, compatible con la Asignación Universal por Hijo (AUH) y el resto de los planes, creció casi 70% en los últimos 3 años.
Mientras el empleo privado formal creció 6,5% entre 2020 y 2023, el Monotributo se incrementó 16,6% y el Monotributo Social, un 66,1%.
Por el mismo motivo, ningún incentivo tributario logró incrementar la formalización del cada vez más engorroso proceso de liquidación de sueldos en casas particulares, y los trabajos en blanco cayeron 7,4%.
Cómo se comportó el empleo formal
"Si se consideran los últimos tres años (marzo 2020 a marzo 2023) se observa el siguiente comportamiento", precisó el economista Nadín Argañaraz:
- Monotributo Social, creció 66,1%.
- Monotributo, aumentó 16,6%.
- Asalariados privados, verificaron un incremento 6,5%.
- Asalariados públicos, tuvieron una suba de 6,4%.
- Autónomos, se estancaron en 0,3%.
- Asalariados de casas particulares, los empleos formales se redujeron 7,4%.
Esto implica que los asalariados privados explican el 36,4% del aumento, los dos Monotributos el 47,4% y los asalariados públicos el 19%, resumió Argañaraz.
En total, el crecimiento del empleo registrado respecto a marzo de 2020 fue del 8,8%, con apenas 1.064.000 puestos más.
Cuánto se ahorra la empresa contratando con el Monotributo
Las contribuciones patronales para el caso de grandes contribuyentes son del 20,40% de la nómina salarial, mientras que para las empresas pymes, esos impuestos al trabajo son un 18%, en ambos casos sin contar obra social y ART, precisó Bassanetti.
"Según las estadísticas, el mayor número de trabajadores del sector privado fue contratado a través de la modalidad del Monotributo y no como empleados en relación de dependencia", enfatiza Féliz Rolando, de Andersen Argentina.
"Esto obedece a la significativa brecha que existe en los costos que se incurren al contratar al empleado bajo una u otra modalidad, más allá de las contingencias existentes de contratar un trabajador en relación de dependencia bajo la simulación de ser un trabajador independiente", afirmó.
Rolando explicó con números el porqué de esta desregulación laboral de hecho como sigue:
1. La cuota a pagar para un trabajador bajo la modalidad de Monotributo en la categoría máxima para servicios, donde el monto mensual de ingresos es de $470.853 y se actualizará un 41% a partir del mes próximo, asciende actualmente a $31.347.
A esto debe sumarse el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, con una alícuota promedio de 3%.
2. Si el trabajador se contrata bajo la modalidad de relación de dependencia, entre aportes del empleado y contribuciones patronales, debe ingresar mensualmente un 37,4% (20,40% contribuciones más 17% aportes) del sueldo bruto.
Cómo afectan al costo del empleo los impuestos al trabajo
En un ejemplo práctico, Rolando señaló lo siguiente para un salario bruto de $400.000:
1. $43.347: costo total de impuesto al trabajo, sumando el Monotributo y el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, que además están a cargo del empleado.
2. $162.066: costo mensual para la empresa y el empleado, si el contrato es bajo relación de dependencia, al sumar $400.000 + SAC 8,33% multiplicado por 37,40%.
Para la contratación de trabajadores en relación de dependencia, debe considerarse adicionalmente los costos que surgen de muchos convenios colectivos, tales como la asistencia, antigüedad, viáticos y ropa de trabajo, afirmó Rolando.
También deben considerarse los costos de las licencias que contempla la Ley de Contrato de Trabajo, tales como matrimonio, nacimiento de un hijo, fallecimiento de un familiar, enfermedad, examen, entre otras, añadió.
Incluso existe actualmente la obligatoriedad de habilitar una sala maternal o asumir el pago del servicio a un tercero, para los empleadores que tengan más de 100 empleados, remarcó.
Además, deben considerarse el costo de las indemnizaciones, aunque estas podrían ser objeto negociación ante una relación de trabajo encubierta como monotributista, indicó.
Qué puede deducir de Ganancias el empleados en cada caso
Respecto a las deducciones que puede realizar el empleador de sus costos en el Impuesto a las Ganancias, la modalidad relación de dependencia no tiene limitaciones, consideró Rolando.
En cambio, de tratarse de contratados como monotributistas, se contempla los siguientes límites para la deducción de la base de Impuesto a las Ganancias por parte de quien recibe las facturas, cuando se trate de no recurrentes:
- Tope individual: 2% los gastos incurridos en transacciones con cada uno de los sujetos mencionados con los que se operó en el ejercicio.
- Tope grupal o general: 8% los gastos incurridos por transacciones con el total de monotributistas.
Por qué crece el Monotributo Social
El Monotributo Social fue pensado como una herramienta de inclusión, y pueden inscribirse bajo esta modalidad los trabajadores que:
- Realicen una única actividad económica independiente,
- Trabajen en relación de dependencia percibiendo un salario bruto inferior al haber previsional mínimo, que para junio 2023 es de $ 70.938.
- Formen parte de una cooperativa de trabajo con un mínimo de 6 asociados.
Además, el Monotributo Social es compatible con otros programas como:
- Asignación Universal por Hijo.
- Asignación por Embarazo.
- Jubilaciones y pensiones que no superen el haber mínimo.
- Programas de inclusión social del Ministerio de Desarrollo Social, que son la mayor parte de los vigentes.
En el Monotributo Social, está subsidiado el 100% del pago del componente impositivo y del previsional, y el 50% de la obra social. Por lo tanto, un monotributista social paga únicamente el 50% restante de lo que corresponde a la obra social, y a cambio, ofrece protección al sujeto y su familia, y habilita una jubilación, precisó Batista.
Cuál es el peligro de juicios laborales por contratar con el Monotributo
En caso de que la contratación mediante el Monotributo sea una relación laboral encubierta existen los siguientes riesgos de judicialización, según remarcó Carolina Piatti, socia del Sector Laboral de A&F – Allende & Ferrante Abogados:
1. El trabajador podría intimar a la empresa a la correcta registración de la relación laboral, bajo apercibimiento de considerarse despedido y reclamar indemnización.
2. Considerarse despedido en forma indirecta en el caso que la empresa no registre la relación laboral, lo que habilita la indemnización y la fuerte multa por pago fuera de termino con destino al trabajador.
3. Exigir diferencias salariales por el período no prescripto de 2 años por vacaciones no gozadas, SAC sobre vacaciones no gozadas y SAC proporcional.
4. Reclamar la entrega de certificados de trabajo con datos reales, con la consiguiente obligación de ingresar los aportes jubilatorios.
Y, en caso de que la AFIP realice una eventual inspección, efectuará la determinación de deuda por los aportes y contribuciones omitidos al sistema de la seguridad social, sumando intereses y multas, concluyó Piatti.