Cepo: qué exige la AFIP para lograr quedarse con los dólares de los importadores
En su necesidad de dólares para evitar una devaluación, el Gobierno establece cada vez más medidas de cepo para importadores, y estas normas terminan apropiando fondos de las empresas para la AFIP que no le corresponden.
"El escenario actual para los importadores de bienes se presenta muy complejo. A partir de decisiones implementadas por la AFIP, el día a día para los importadores se ha transformado en una carrera con obstáculos que afectan el normal desenvolvimiento de su actividad", enfatizó el consultor tributario Darío Moreira.
Qué normas abarca el cepo a las importaciones
Los importadores sufren la obligación de importar declaraciones juradas con controles previos (SIRA), para eso debe demostrar capacidad económica financiera en el Sistema CEF. Por otra parte, la AFIP ya no respeta la exclusión de retenciones de IVA e Impuesto a las Ganancias cuando hubo cobro en exceso.
Qué es el SIRA Sistema de Importaciones de la República Argentina
Moreira describió como sigue el régimen de la declaración jurada previa de importación SIRA:
El SIRA fue concebido como herramienta destinada a obtener de manera anticipada la información necesaria para generar previsibilidad y trazabilidad en las operaciones de importación de bienes.
Como objetivo pretende identificar anticipadamente aquellas operaciones que no guardan relación con la capacidad económica y financiera del importador.
Como controles previos a efectos de generar la declaración SIRA, se analizará:
1. La situación del sujeto a partir de la información disponible en sus registros. En caso que se detecten incumplimientos formales se solicitará sean subsanados.
2. El perfil de riesgo aduanero, tales como si el importador ha efectuado operaciones de sobrefacturación, subfacturación o ha desvirtuado el régimen con prácticas abusivas en proceso de investigación en la interposición de medidas administrativas o judiciales.
3. Si el importador no supera el control del perfil de riesgo podrá manifestar su disconformidad iniciando el respectivo trámite a través del SITA (Sistema Informático de Trámites Aduaneros).
4. La capacidad económica financiera del importador en el Sistema CEF.
5. Si el importador no supera el control del CEF podrá manifestar su disconformidad ingresando a servicio "Solicitud de Disconformidad" del sitio web de la AFIP.
En caso de no superar los controles, no se permitirá el registro de la declaración SIRA.
Cómo aplica la AFIP la medición del CEF Capacidad Económica Financiera
El CEF es el sistema utilizado por la AFIP a efectos de evaluar la capacidad económica financiera de los contribuyentes para efectuar operaciones de importación, afirmó Moreira.
El sistema contempla una fórmula que calcula mensualmente la valoración de la capacidad económica financiera de cada contribuyente, que será considerada representativa de su capacidad para realizar ciertos actos u operaciones financieras, indicó.
El aspecto cuestionable es que AFIP no da a conocer la fórmula que emplea ni la ponderación de los distintos parámetros que integran dicha fórmula, advirtió.
En el caso Agraco, la Justicia otorgó un amparo para que la AFIP brinde en forma clara y precisa los parámetros considerados y la formula aplicable en su caso en concreto a efectos de determinar la valoración CEF de la empresa, recordó.
Pero, la interposición de una acción judicial puede repercutir negativamente en la calificación en el CEF y el nivel de riesgo y, en consecuencia, imposibilitar importar, poniendo en jaque el negocio.
Qué hizo la AFIP para quedarse con IVA y Ganancias extras
La AFIP suspendió hasta el 31/12/23 la aplicación de los certificados de exclusión de Ganancias e IVA, justificando la medida en razones de administración tributaria, que debieran traducirse en necesidades de recaudación, explicó Moreira, y relató:.
El objetivo de esta medida es que los certificados de exclusión de IVA y Ganancias con que cuenten los importadores, no resulten oponibles en materia de importaciones para consumo, por lo que dichos importadores sufrirán las respectivas percepciones aplicadas por Aduana independientemente de contar con un certificado de exclusión, precisó.
Estas medidas no alcanzan a las importaciones efectuadas por micro y pequeñas empresas con certificado vigente al momento de la importación, aclaró.
"La AFIP recurre a este tipo de artilugios arbitrarios e inconstitucionales que originalmente están concebidos para evitar el exceso que se produce por la acumulación de pagos a cuenta de impuestos que superan la obligación fiscal, generando recurrentes saldos a favor", afirmó Moreira, y añadió que así "el Estado se termina apropiando de fondos genuinos que no le corresponden".