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La AFIP le encontró una cuenta bancaria en el exterior y le quiso cobrar impuestos

El caso se inició por un convenio de intercambio de información con Argentina, por cuentas bancarias no declaradas en Europa. Qué dice la normativa
27/04/2023 - 07:00hs
La AFIP le encontró una cuenta bancaria en el exterior y le quiso cobrar impuestos

La AFIP denunció a un contribuyente por haber ocultado fondos en el exterior, y quería que pague los impuestos por ello. Se trata de cuentas bancarias y movimientos de inversión, detectados mediante los convenios de intercambio de información.

La fiscalización se remonta a partir de la información proporcionada por la administración francesa en el marco del Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal, referida a cuentas bancarias en entidades bancarias financieras de Suiza, pertenecientes a contribuyentes argentinos, no declaradas. La AFIP detectó una cuenta allí y entendió que eran fondos no declarados,

AFIP: cuenta bancaria en el exterior y cobro de impuestos

Por la prueba producida, el tribunal fiscal entendió que no hay dudas respecto de que el dinero transferido desde la cuenta oculta fue invertido. Y que si bien la suma inicialmente transferida no es idéntica a la que se arriba al cierre del periodo, lo cierto es que el dinero permaneció en la cuenta de inversión, informa el sitio Derecho en Zapatillas.

Frente a ello, el fisco no ha logrado acreditar los hechos para cobrar el impuesto desde que (i) la titularidad de la cuenta descubierta no es negada, (ii) se ncuentra acreditado que el dinero existente fue tranferido a una cuenta declarada en el mismo ejercicio, y (iii) que su destino final fue la inversión.

AFIP: cuenta bancaria en el exterior y cobro de impuestos
AFIP: cuenta bancaria en el exterior y cobro de impuestos

Es decir, de la prueba rendida es posible extraer cuales fueron los movimientos del dinero desde que salió de la cuenta oculta hasta su consolidaciónal final del período en la cuenta de destino, permaneciendo siempre invertida, siendo luego consignada por el contribuyente en sus balances y liquidaciones del impuesto a las ganancias del periodo cuestionado.