BENEFICIO LIMITADO

Ganancias: el Gobierno anticipó una baja en el impuesto, ¿por qué tiene sabor a poco?

El Gobierno promete baja de impuestos, pero la realidad siempre es más limitada que los anuncios y muy pocos se beneficiarán por las horas extras
IMPUESTOS - 24 de Abril, 2023

El Ministerio de Economía hizo circular entre los gremios los dos dictámenes técnicos para aliviar el pago de Impuesto a las Ganancias a los trabajadores, pero se quedó muy corto. Las horas extras siguen gravadas y sólo queda eximido el plus en caso de que sean trabajadas en domingos y feriados.

"Se ha difundido el dictamen de la Dirección Nacional de Impuestos y la Nota de la Subsecretaría de Ingresos Públicos, y dado que proviene de un acuerdo entre el Ministerio de Economía y la CGT, tiene para los empleadores y los beneficiarios carácter vinculante, aunque la AFIP deberá generar los aspectos operativos pertinentes", afirmó Daniel Pérez, del estudio

"Se amplían conceptos interpretativos de Ley del Impuesto a las Ganancias y su decreto reglamentario, y dispone ampliación de criterios de "similares" o "compensaciones análogas", otorgándole un criterio más amplio en el impuesto a las ganancias, a la luz de las normas convencionales", consideró.

"Especialmente trata los temas de: Bonos de productividad, fallas de caja y conceptos de similar naturaleza; movilidad, viáticos y otras compensaciones análogas y horas extras; adicionales por turnos rotatorios y similares", sostuvo.

Qué parte de las horas extras no pagará Ganancias

Sobre las horas extras, adicionales por turnos rotatorios y similares, el dictamen indica que corresponde la exención cuando "el beneficio alcanzado por la dispensa involucra al diferencial entre el valor de las horas ordinarias y el importe de las horas extraordinarias", bajo cualquier denominación. Por ejemplo, adicionales por turnos rotatorios.

Pero esto sólo "corresponderá en cuanto esas horas extras o adicionales similares correspondan a servicios prestados en días feriados, inhábiles y fines de semana, incluyendo los días no laborables y de descanso semanal, debiendo interpretarse que este último puede coincidir con cualquier día de la semana, de acuerdo a las especificidades de cada convenio o actividad".

Las horas extras no están exentas salvo el plus por las trabajadas en feriado

"Ese adicional queda comprendido en la exención en tanto se abone en esas jornadas cualquiera fuere el horario (por ejemplo, si el Convenio Colectivo dispone que el trabajo por turno rotativo paga un plus un día sábado, incluso antes de las 13, queda incluido en el beneficio)", aclara el dictamen.

Qué se dispuso sobre el bono por productividad

Respecto del bono por productividad, fallo de caja o conceptos de similar naturaleza, la exención tendrá los siguientes topes y límites:

Hasta el 40% de la ganancia no imponible (40% x $ 451.683,19 = $ 180.673,28 de monto máximo), por año fiscal.

Sólo aplicará para los trabajadores cuya remuneración no supere $808.124,73.

Estos topes y límites son los vigentes por el período fiscal 2023 y se actualizan anualmente por el coeficiente que surja de la variación anual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).

Qué se considerará para los viáticos

En el caso de movilidad, viáticos y otras compensaciones análogas, corresponde un beneficio de deducción especial para el transporte de larga distancia.

Los gastos por movilidad se podrán deducir hasta el 40% de la ganancia mínima imponible

Y también para el resto de las actividades se podrá aplicar una deducción con criterio general, que no podrá exceder 40% de la ganancia no imponible ($451.683,19 x 40% = $180.673,28).

Estos valores son los vigentes para el período fiscal 2023 y se actualizan anualmente por el coeficiente que surja de la variación anual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), insiste el dictamen.

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