Cómo hacer la recategorización del monotributo 2023
En este artículo te vamos a dar todas las claves para estar muy bien preparado al momento de hacer la recategorización en el Monotributo 2023.
La recategorización es un procedimiento que se realiza dos veces al año donde los contribuyentes deben evaluar qué categoría del monotributo le corresponde de acuerdo a su actividad durante los últimos 12 meses.
Paso a paso, cómo cumplir con la recategorización en el Monotributo 2023
Para iniciar la recategorización en el Monotributo 2023, se deben seguir los siguientes pasos:
- Paso 1: el contribuyente debe ingresar al sitio web de AFIP o descargarse en su teléfono móvil la APP "Mi Monotributo"
- Paso 2: ingresar su CUIT y clave fiscal, ingresar a la opción Monotributo (Adhesión y/o empadronamiento al Monotributo, modificación de datos e ingreso de claves de confirmación)
- Paso 3: se visualizarán los datos que AFIP tiene de ese usuario a título informativo.
- Paso 4: ingresar en la opción "Recategorizarme"
- Paso 5: luego pide que inserte el monto facturado los últimos doce meses. Es importante que coloquen la suma de las facturas realizadas, independientemente de lo percibido. Allí el sistema indicará si corresponde algún cambio en su categoría o no.
¿Todos los monotributistas pagan lo mismo?
No. Hay 11 categorías diferentes según el nivel de ingresos.
¿Tengo que pagar un porcentaje sobre mis ingresos mensuales?
No. Todos los meses pagás lo mismo porque el Monotributo es una suma fija. El monto depende de tu categoría.
¿En qué categoría tengo que inscribirme?
La categoría depende de la actividad que desarrolles. Si sos profesional depende de tus ingresos. Si sos comerciante depende de:
- Tus ingresos del año anterior.
- La energía eléctrica que hayas consumido.
- Si alquilás, el monto de alquiler que pagás.
- Los metros cuadrados del inmueble que dedicás a tu actividad
¿Qué pasa si mis ingresos aumentan o se reducen?
Cada 6 meses podés hacer la recategorización. El año se divide en 2 períodos de 6 meses cada uno. Cuando finaliza cada período, podés hacer tu cambio de categoría. Las fechas para la recategorización son: 20 de enero y 20 de julio.
- Si tus ingresos aumentaron, tenés que subir de categoría y pagar una suma fija mensual más alta.
- Si tus ingresos bajaron, tenés que anotarte en una categoría más baja y pagar una suma fija mensual más baja.
- Si tus ingresos se mantuvieron, de todos modos tenés que hacer el trámite al final del período mayo/ agosto. En ese caso, debés confirmar tu categoría.
¿Es obligatorio hacer la recategorización?
Es obligatorio cambiar de categoría si tus ingresos subieron o bajaron. Tené en cuenta que al finalizar cada uno de los períodos en que se divide el año, la Afip te avisará qué información tiene sobre tu situación.
Esa información te llegará por los distintos medios que tiene el procedimiento llamado Mi categoría:
- Alertas que te llegarán a tu domicilio fiscal electrónico.
- Información sobre tu situación que estará disponible para vos en la página web de la AFIP.
¿La AFIP puede hacer una recategorización automática?
Sí, la AFIP puede pasarte a otra categoría cuando tus gastos, compras o movimientos bancarios sean superiores a los ingresos que corresponden a la categoría en la que estás inscripto.
¿Qué hacer ante una recategorización de oficio?
Ante una recategorización de oficio, deberás analizar los argumentos del fisco que justifican el cambio de categoría (gastos con tarjeta de débito y/o crédito, acreditaciones bancarias, etc).
En el caso de que no estés de acuerdo con la recategorización, deberás hacer el reclamo correspondiente de forma inmediata, ya que se cuenta con un lapso de 15 días hábiles.
Una de las medidas a tomar sería la presentación de un recurso de apelación ante el Director General, previsto en el art. 74 del Decreto Reglamentario de la Ley 11.683.
Si la recategorización es correcta, deberás aceptarla a través del portal web. En este caso es importante hacerlo cuanto antes, ya que, si se hace dentro de los primeros 15 días, las multas y sanciones económicas se reducen a la mitad. Pasado ese lapso, se deberá abonar el 100% de la eventual sanción.
¿Qué pasa si me categorizo mal en el monotributo?
Una de las dudas más frecuentes de los pequeños contribuyentes es que sucede si se categorizan mal en el monotributo. Como tal, las consecuencias varían en cada caso en particular. Si la categorización que se hizo de forma incorrecta corresponde al rubro, habrá que hacer la respectiva modificación.
Por otra parte, si la categorización que se hizo "mal" fue la inicial, la sanción es nula. Por ejemplo, una persona que nunca fue monotributista calcula que obtendrá ingresos anuales correspondientes a la categoría "B" y, a los tres meses, los ingresos superan dicha categoría, el fisco no aplicará ninguna multa o sanción, sino que, a los 6 meses, deberás recategorizarte.
Este hecho tiene lógica, ya que el contribuyente desconoce a ciencia cierta cuántas ventas tendrá en los primeros meses de iniciar un negocio u emprendimiento. Por el contrario, si el error es al recategorizarse, al igual que no recategorizarse, el fisco podrá imponer sanciones económicas y recategorizarte de oficio.
Una de las sanciones más comunes consiste en una multa del 50% del componente impositivo y previsional correspondiente a la nueva categoría.