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Actualización de los valores del Salario Mínimo Vital y Móvil y la prestación por desempleo

El Ministerio de Trabajo, mediante una resolución reciente, modificó los valores de referencia para salarios y prestaciones. Los detalles
05/09/2022 - 17:20hs
Actualización de los valores del Salario Mínimo Vital y Móvil y la prestación por desempleo

La Resolución MTEySS 11/2022 actualiza los valores de referencia conforme al siguiente detalle:

I – Salario Mínimo Vital y Móvil

a) A partir del 1° de septiembre de 2022, en pesos cincuenta y un mil doscientos ($51.200.-) para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, conforme el artículo 116 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, con excepción de las situaciones previstas en los artículos 92 ter y 198, del mismo cuerpo legal, que lo percibirán en su debida proporción, y de pesos doscientos cincuenta y seis ($256.-) por hora para los trabajadores jornalizados.

b) A partir del 1° de octubre de 2022, en pesos cincuenta y cuatro mil quinientos cincuenta ($54.550.-) para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, conforme el artículo 116 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, con excepción de las situaciones previstas en los artículos 92 ter y 198, del mismo cuerpo legal, que lo percibirán en su debida proporción, y de pesos doscientos setenta y dos con setenta y cinco centavos ($272,75) por hora para los trabajadores jornalizados.

c) A partir del 1° de noviembre de 2022, en pesos cincuenta y siste mil novecientos ($57.900.-) para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, conforme el artículo 116 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, con excepción de las situaciones previstas en los artículos 92 ter y 198, del mismo cuerpo legal, que lo percibirán en su debida proporción, y de pesos dosciento ochenta y nueva con cincuenta centavos ($289,50) por hora para los trabajadores jornalizados.

II – Prestación por desempleo (Ley 24.013, Art. 135 inc. b y modif.)

Montos máximos y mínimos:

  • Pesos catorce mil doscientos veintidós ($14.222.-) y pesos veintitrés mil setecientos cuatro ($23.704.-), respectivamente, a partir del 1° de septiembre de 2022.
  • Pesos quince mil ciento cincuenta y tres ($15.153.-) y pesos veinticino mil doscientos cincuenta y cuatro ($25.254.-), respectivamente, a partir del 1° de octubre de 2022.
  • Pesos dieciséis mil ochenta y tres ($16.083.-) y pesos veinteséis mil ochocientos cinco ($26.805.-), respectivamente, a partir del 1° de noviembre de 2022.

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