Autónomos: ¿cuánto les pondría en el bolsillo el proyecto de Massa con la deducción de Ganancias?
El proyecto del diputado Sergio Massa para los autónomos prevé poner $52.000 más en el bolsillo de los profesionales que ganan hasta dos veces el máximo del Monotributo, al incrementar la deducción especial a dos veces la ganancia no imponible.
Este beneficio es para profesionales que pagan el Impuesto a las Ganancias por haber superado el máximo de la categoría H del Monotributo, que con el proyecto de Massa para incrementar esos topes pasará a $4.229.985,60.
En qué consiste el beneficio para autónomos
La suba del piso de Ganancias para autónomos se producirá mediante la suba de la deducción especial al sumarle una vez más la ganancia no imponible.
La deducción especial es de $505.129,66 y el mínimo no imponible, de $252.564,84, por lo que el piso los autónomos restarán ahora $757.694,52, algo todavía muy inferior a los trabajadores en relación de dependencia.
En el caso de los nuevos profesionales y emprendedores la deducción especial subirá de 1,5 veces a 2,5 veces.
La vigencia sería para todo el año fiscal calendario 2022, por lo que recién regirá para el Impuesto a las Ganancias que pagarán en 2023, cuando la inflación ya habrá dejado desactualizadas todas las cifras.
Por otra parte, el proyecto dice que es condición indispensable para el cómputo de la deducción especial, el pago de los aportes que, como trabajadores autónomos, deban realizar obligatoriamente al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) o a la caja de jubilaciones sustitutiva que corresponda.
Los profesionales alcanzados por el beneficio
El autónomo es el contribuyente que realiza una actividad económica, de forma habitual, personal y directa a título lucrativo, sin contrato de trabajo y, en términos de registración fiscal, está incluido en el régimen general debiendo tributar el Impuesto a las Ganancias y al IVA, explican los fundamentos del proyecto de Massa.
Generalmente, en el régimen de autónomo quedan incluidos los profesionales y otros contribuyentes que exceden los parámetros para ser monotributista en términos de facturación anual, superficie de locales, energía eléctrica consumida y monto de alquiler de locales, agregan.
Asimismo, quedan incluidos otros contribuyentes en este régimen, como los directores de sociedades anónimas y socios gerentes de sociedades de responsabilidad limitada, recuerdan.
A diciembre de 2021 hay 486.287 aportantes autónomos al Régimen de Seguridad Social. Pero la cantidad de autónomos con Impuesto a las Ganancias determinado se proyecta en 140.000 para 2022, precisan.
La diferencia entre los autónomos aportantes y los que determinan impuestos se debe a diversos motivos, y ponen los siguientes ejemplos:
- Algunos declaran mayores gastos que ingresos.
- Otros aportan al régimen de autónomo, pero tienen ingresos gravados en ganancias en otras categorías. Por ejemplo, los directores de sociedades anónimas que no tienen ingresos de honorarios, pero si como empleado en relación de dependencia.
Los autónomos que revisten como director de sociedad anónima o socio gerente son el 30% del total.
Las diferencias entre empleados y autónomos
En ese contexto, los empleados en relación de dependencia que pagan el Impuesto a las Ganancias por superar el piso de $280.000 mensuales tienen una deducción diferencial respecto de los autónomos.
- Los trabajadores en relación de dependencia pueden computar la deducción especial incrementada (es decir, 4,8 veces el monto estipulado para la deducción de ganancia no imponible).
- Los autónomos independientes lo deben hacer sin ningún tipo de incremento, excepto para el caso de los "nuevos emprendedores" respecto de los cuales la deducción se incrementa en 1,5 veces.
El planteo histórico de los autónomos, fundamentalmente contadores y abogados que ejercen la profesión, es que esa inequidad produce que dos personas que estén relativamente haciendo la misma tarea, uno en relación de dependencia y uno independiente, tengan una carga tributaria distinta, afirman los fundamentos del proyecto.
Ese argumento podría ser relativizado por dos motivos, aseguran:
Muchos profesionales pueden optar por el Monotributo si facturan hasta $ 3,3 millones al año ($4,2 millones con la propuesta de la presente ley), con una carga fiscal más baja que si optan por el régimen de autónomos.
Los autónomos, fundamentalmente profesionales, pueden efectuar otras deducciones que los empleados en relación de dependencia no pueden: por ejemplo, vestimenta y gastos de representación.
Esto lleva a que la tasa efectiva del impuesto calculada sobre los ingresos sea, en muchos casos, inferior para el autónomo que para el empleado en relación de dependencia que tiene un margen acotado de deducciones. Para el caso de autónomos con ingresos anuales de $5 millones, la tasa efectiva promedio es de solo el 18%, afirma la iniciativa de Massa.
La propuesta de cambios de Massa
Sin embargo, para algunos casos, surge un reclamo razonable por parte de los profesionales que ejercen la actividad de manera independiente respecto a la inequidad en el monto de la deducción especial, acepta.
En tal sentido, el presente proyecto propone:
1. Incrementar la deducción especial para los autónomos en 2 veces la ganancia no imponible, pasando la deducción de $505.129,66 a $757.694,52.
2. Además, para nuevos profesionales se eleva de 1,5 veces a 2,5 veces la ganancia no imponible.
Este incremento de la deducción impacta principalmente en los autónomos con ingresos de hasta $8 millones (2 veces el tope de Monotributo), que concentran el 95% de los autónomos con impuesto determinado en el impuesto a las ganancias, sostiene el proyecto.
Para esos independientes, se estima un ingreso adicional de bolsillo promedio de $52.000 anuales (dependiendo del rango de ingresos y de la tasa efectiva del impuesto) producto del alivio fiscal, calcula.
Y concluye que, considerando la proyección de recaudación del Impuesto a las Ganancias para el año 2022 y contemplando la recaudación efectiva producto de la modificación de las variables macro (principalmente inflación estimada en 33%), el proyecto no representa costo fiscal efectivo respecto de lo proyectado.