AFIP comienza a efectuar los reintegros a monotributistas y autónomos
La AFIP informó que está devolviendo un importe equivalente al impuesto integrado mensual a los monotributistas que pagaron las 12 cuotas de 2021 mediante débito en cuentas bancarias o tarjetas de crédito.
En el caso de contribuyentes que iniciaron la actividad en 2021 y por ello no hubieran abonado 12 meses completos tendrán la devolución del 50%, siempre que la cantidad de cuotas pagadas en término fueran entre 6 y 11.
También se efectúa una devolución para los trabajadores autónomos que efectuaron los pagos mediante débito en cuenta bancaria o en tarjeta de crédito.
AFIP: reintegro a monotributistas y autónomos
El tema es que, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución General 4309, la AFIP debía haber efectuado las devoluciones en el mes de marzo de 2022.
El artículo 43 de la resolución indica: "El reintegro a que se refiere el artículo 31 del decreto 1/2010 y su modificatorio, se efectuará durante el mes de marzo de cada año calendario y se otorgará únicamente a quienes hayan efectuado sus pagos mediante: a) Débito directo en cuenta bancaria: b) Débito automático mediante la utilización de tarjeta de crédito".
En la práctica, con una inflación mensual del 6%, las devoluciones se ven desvalorizadas en un 12,36% por el efecto de la inflación de dos meses.
Asi como la AFIP exige intereses cuando un contribuyente paga fuera de término, debería reconocer en forma automática intereses a favor de los contribuyentes cuando no efectúa este reintegro en tiempo y forma.
El problema es que no se devengan esos intereses porque la devolución no es por un trámite iniciado por los contribuyentes sino en forma automática por los procesos de la AFIP que controlan el cumplimiento de los requisitos.
La solución es modificar la norma y establecer que se devengan intereses a favor de los contribuyentes cuando la AFIP no cumpla con la devolución en el mes de marzo.
Los monotributistas y autónomos pueden consultar si accedieron al beneficio o no lo hicieron en el servicio "CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos", al que se ingresa con clave fiscal".
Dentro del CCMA, en Consultas Varias, se puede consultar el "Detalle de incentivos".
Ahí se indica si el beneficio es acreditado o no acreditado, en la tercer columna se ve el monto de la devolución y, en la última, los motivos por los que se otorgó el reintegro o se rechazó.
Por ahora la AFIP tiene actualizados los datos sólo hasta las devoluciones del 2021 por las cuotas de 2020.
Sebastián M. Domínguez
CEO de SDC Asesores Tributarios