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Impuesto a las Ganancias: ¿cómo ingresar al formulario 572 Web y qué pasa si no lo presento?

En este artículo te explicamos cómo ingresar al formulario 572 Web, cómo completarlo y para qué sirve. Accede al paso a paso para cumplir con el trámite
28/05/2022 - 08:00hs
Impuesto a las Ganancias: ¿cómo ingresar al formulario 572 Web y qué pasa si no lo presento?

En este artículo te vamos a explicar qué es el formulario 572 Web y cómo ingresar al mismo. Puntualmente, el formulario 572 Web  es en el que se vuelcan las deducciones para pagar menos Impuesto a las Ganancias.

En efecto, los conceptos ingresados en el formulario 572 Web como pagos a cuenta deberán ser informados a través del SIRADIG AFIP. Para utilizar este servicio online, los contribuyentes deben utilizar una clave fiscal con nivel de seguridad 2 o superior.

¿Cómo ingresar al formulario 572 Web?

Vale mencionar que el formulario 572 Web permite ingresar a los empleados en relación de dependencia las deducciones y cargas de familia.

En paralelo, existen gastos y deducciones que se pueden ir cargando mensualmente en el formulario 572 Web. Las cargas mensuales deben ser tenidas en cuenta por los empleadores en las liquidaciones de haberes de cada mes.

¿Cómo ingresar al formulario 572 Web?
¿Cómo ingresar al formulario 572 Web?

Puntualmente, los empleadores deberán comunicar a sus empleados el día del mes hasta el cual las novedades informadas por dichos beneficiarios a través del formulario 572 Web serán tenidas en cuenta en las liquidaciones de haberes del mismo mes, aclaró.

Tanto para el caso que hayan quedado valores de las deducciones mensuales no informadas o informadas en forma errónea, el empleado podrá usar la liquidación anual para practicar las correcciones que considere necesarias, e informar aquellos conceptos que deben ser incluidos solo en la declaración anual del formulario 572 Web

De acuerdo a la normativa vigente, en el formulario 572 Web se deben informar las novedades cuando se produzcan. La primera carga del año genera una declaración jurada original, y luego se realizan rectificativas. En todos los casos, no hay que olvidar de abrir la Vista Previa y Enviar al Empleador, para que este pueda ver los datos en su herramienta web, remarcó.

En efecto, hay rubros que se informan en el formulario 572 Web al principio de año, una sola vez, como las cargas de familia. En otros casos, hay que cargar los datos todos los meses porque se necesita el comprobante de pago o la factura, por ejemplo, el servicio doméstico.

Cuándo cargar las deducciones en el formulario 572 Web
Cuándo cargar las deducciones en el formulario 572 Web

También se pueden informar varios meses juntos en el formulario 572 Web, pero siempre que se hayan abonado los aportes; en este caso, el empleador devolverá luego lo pagado de más. Otro ejemplo es el de los alquileres.

En las situaciones de gastos esporádicos, como el de honorarios y servicios médicos, se informa cuando se producen, con la factura correspondiente.

Los pasos para agregar ingresar al formulario 572 Web 

  • Entrar en la página de AFIP, "Acceso con clave fiscal" y seleccionar "SIRADIG – Trabajador".
  • Ingresar al servicio, seleccionar nombre y apellido, y la opción "Crear Borrador".
  • Empezar por la pestaña "Datos Personales". Verificar que sean correctos o modificarlos. Si no aparecen, hay que completarlos. Luego Guardar y volver al Menú Principal.
  • En el Menú principal, continuar por la pestaña "Empleadores":
    • CUIT del Empleador
    • Fecha de Inicio de la relación laboral. En la opción "¿Es agente de retención?" seleccionar SI. En el caso de tener más de un empleador, seleccionar como agente de retención del Impuesto aquel que paga el mayor sueldo bruto. Hacer clic en Guardar.
    • El sistema mostrará la información ingresada.
    • Más de un empleador. En la pantalla de pluriempleo, se deberán completar los mismos datos que el empleador principal, pero poner NO en "agente de retención".
    • Cargar el Formulario para ingresar las deducciones personales.
    • Detalles de las cargas de familia, agregar los familiares a cargo (recordar que no tienen que tener ingresos superiores al mínimo no imponible), uno por uno.

En este rubro tenemos como nueva carga de familia la Unión Convivencial, donde el beneficio se extiende a los concubinos y no hace falta estar casados.

    • Importe de las ganancias liquidadas en el transcurso del período fiscal por otros empleadores o entidades. En el caso de tener más de un empleo se cargarán los sueldos todos los meses.
Las cargas de familia se informan una vez al año, al principio del período
Cargas de familia: cómo informarlas en el formulario 572 Web

Cuándo es el vencimiento del formulario 572 Web

El plazo de vencimiento del formulario 572 Web es el 31 de marzo del año siguiente al que se informa. Por ejemplo, para las deducciones del Impuesto a las Ganancias 2022 hay tiempo hasta el 31 de marzo de 2023.

¿Cuáles son las deducciones admitidas en el formulario 572 Web?

  • Deducciones y desgravaciones. Completar los rubros que correspondan según cada situación. Tener en cuenta los topes máximos anuales, indicar el período mensual o la fecha desde/hasta e informar el monto.
    • Cuota médico asistencial (medicina prepaga o cuota que exceda el aporte obligatorio a la obra social).
    • Primas de seguro para el caso de muerte (seguro de vida).
    • Primas de Ahorro correspondientes a Seguros Mixtos.
    • Aportes correspondientes a Planes de Seguro de Retiro Privados.
    • Donaciones.
    • Intereses de préstamos hipotecarios.
    • Gastos de sepelio (personas a cargo).
    • Gastos médicos y paramédicos.
    • Alquiler de inmuebles destinados a casa habitación.
    • Deducción del personal doméstico.
    • Aporte a sociedades de garantía recíproca (SGR).
    • Vehículos de corredores y viajantes de comercio.
    • Gastos de movilidad de viajantes.
    • Otras deducciones (aportes jubilatorios para la ANSES, aportes a Cajas de jubilación provinciales, Impuesto al cheque, entre otras).
Otras deducciones que se pueden aplicar en el formulario 572 Web
Otras deducciones que se pueden aplicar en el formulario 572 Web

Otras deducciones que se pueden aplicar en el formulario 572 Web

Como novedad podemos encontrar dentro de las deducciones, gastos por el home office debido a la pandemia causada por el COVID-19:

Gastos de Adquisición de Indumentaria y Equipamiento para uso exclusivo en el lugar de trabajo: se podrá deducir en su totalidad todo gasto vinculado al equipamiento que necesita el empleado para ejercer su labor.

  • Los jubilados y quienes viven en la Patagonia tienen que ingresar en la opción "Beneficios", hacer clic en Trabajador Zona Patagónica y Jubilados / Pensionados y completar la información que piden para poder tener la deducción especial.
  • En la pestaña "Otras retenciones, percepciones y pagos a cuenta" se podrá computar:
    • Impuesto sobre créditos y débitos.
    • Percepciones / Retenciones aduaneras
    • Percepciones de la resolución general (AFIP) 3819/2015, realizadas por cancelaciones en efectivo.
El sueldo pagado a trabajadores domésticos se carga en el formulario 572 Web
El sueldo pagado a trabajadores domésticos se carga en el formulario 572 Web

Por último, se debe cargar en el SIRADIG AFIP la deducción por Pago a Cuenta – Resolución General (AFIP) 4815/2020, realizadas por compra de dólar ahorro, gastos con tarjetas de crédito, compra y débito en moneda realizados en el exterior, pagos con tarjeta por compras desde el país, compras en agencias de viajes, compras de pasajes de avión, tren, barco o colectivo (35%).

Las percepciones practicadas tendrán el carácter de impuesto ingresado y se podrán cargar todos los meses, pero solo se podrán computar en la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias o, en su caso, del Impuesto sobre los Bienes Personales, correspondientes al período fiscal en el cual fueron practicadas, completó.

Dicha percepción debe ser informada en el F 572 WEB SIRADIG al empleador por el total de las mismas, pero, al realizar la liquidación anual, el empleador sólo devolverá hasta la concurrencia del impuesto determinado en forma anual al empleado.

En la medida que aun haya montos pendientes de recupero, deberá el empleado solicitar el reintegro a la AFIP, advirtió Becherman.

  • Al terminar de cargar todos los datos, seleccionar Guardar, y luego, "Vista Previa". Se podrá visualizar el formulario con todos los datos.
  • Enviar al Empleador para informar los datos y que sean tomados en la liquidación mensual del Impuesto a las Ganancias.
  • Confirmar con Generar presentación.

¿Quién está obligado a presentar el formulario 572 Web?

El formulario 572 web SIRADIG AFIP deberá ser presentado por quienes tengan ingresos por cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin excepción, incluidos los cargos electivos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos.

También en el caso de los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial de la Nación y de las provincias y del Ministerio Público de la Nación, cuando su nombramiento hubiera ocurrido a partir del año 2017, inclusive.

Asimismo, la obligación corresponde a los siguientes trabajadores:

  • Los empleados en relación de dependencia.
  • Los jubilados, pensionados, quienes tengan retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto sean por su trabajo personal y siempre que hayan estado sujetos al pago del impuesto.
Los jubilados deben presentar el formulario 572 Web
Los jubilados deben presentar el formulario 572 Web

También están incluidos quienes tengan rentas de planes de seguros de retiro privados que se perciban bajo la modalidad de renta vitalicia provisional y sean administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

  • Los socios de cooperativas de trabajo, excepto los consejeros.
  • Las retribuciones que perciben los actores a través de la Asociación Argentina de Actores.

El resultante de dicha presentación será el formulario 572 Web. Los trabajadores deben conservar a disposición de AFIP la documentación que respalde los datos informados.