La suba salarial de empleados de comercio no se computará en el aguinaldo ni en adicionales: los motivos
Mientras que sigue siendo un misterio el acta definitiva del acuerdo paritario del sindicato de comercio, se supo que el aumento salarial del 59,9% no se aplicará para el cálculo del aguinaldo ni impactará en los adicionales.
Por otra parte, aunque se pactó una "cláusula de revisión" por inflación del aumento otorgado en estas paritarias, las partes recién se sentarán a revisar lo que pasó en enero del año próximo.
Hasta el momento, no se ha publicado el acta acuerdo, por lo tanto quedan algunas dudas respecto a algunos puntos acordados por las partes, de todos montos, Ignacio Online adelantó adelantó los siguientes aspectos principales, según lo informado por las cámaras y la FAECYS.
Suba salarial de empleados de comercio: los siete tramos
Se pactó un incremento salarial anual del 59,5% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del convenio colectivo, para lo cual se tomará como base de cálculo los valores expresados para el mes de abril de 2022, equivalente a marzo de 2022, con la incorporación de todos los aumentos oportunamente acordados.
El incremento del 59,5% se abonará en su valor nominal y no acumulativamente, y en siete tramos:
- 6% en abril,
- 6% en mayo,
- 6% en junio,
- 10% en agosto,
- 10% en septiembre,
- 11% en noviembre, y
- 10,5% en enero de 2023.
Cuál es la suma no remunerativa abril 2022
Según la categoría, la suma no remunerativa que se sumará al básico en el sueldo que se cobrará el mes próximo queda como sigue, según la escala provisoria hasta que se publique el acta acuerdo definitiva, calculó Ignacio Online:
- Maestranza A $5.231,32
- Maestranza B $5.246,46
- Maestranza C $5.299,52
- Administación A $5.288,16
- Adminisración B $5.310,91
- Administración C $5.333,65
- Administración D $5.401,88
- Administración E $5.458,72
- Administración F $5.542,11
- Cajeros A $5.307,10
- Cajeros B $5.333,64
- Cajeros C $5.367,76
- Personal Auxiliar A $5.307,10
- Personal Auxiliar B $5.345,00
- Personal Auxiliar C $5.470,09
- Auxiliar Especializado A $5.352,60
- Auxiliar Especializado B $5.420,82
- Vendedor A $5.307,10
- Vendedor B $5.420,83
- Vendedor C $5.458,72
- Vendedor D $5.542,11
La base que se tomará para el cálculo
El aumento salarial es no remunerativo, y todos los incrementos pactados en el acuerdo paritario se incorporan a los nuevos básicos de convenio en abril de 2023.
Hasta el momento de su incorporación a los básicos (abril de 2023) los importes correspondientes a este incremento únicamente generarán:
• Aportes y contribuciones de la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles,
• Aporte del trabajador para el gremio.
Este aporte se tomará sobre el monto nominal de cada incremento que perciba el trabajador comprendido en el acuerdo.
Los rubros que quedan afuera del aumento
Los incrementos acordados, hasta su incorporación a los básicos, no computarán para el cálculo del sueldo anual complementario (aguinaldo).
Tampoco tendrán impacto sobre los adicionales del convenio de comercio, que son los siguientes:
- Asistencia y Puntualidad,
- Antigüedad,
- Cajero,
- Armado de vidrieras,
- Chofer
- Ayudante de chofer.
Las contribuciones al sindicato, bien firmes
El acuerdo paritario para 2022 del sindicato de comercio, mientras deja fuera de los aumentos al aguinaldo y los adicionales, asegura las siguientes contribuciones patronales con del destino a cajas bajo la órbita de FAECYS, que comanda Armando Cavalieri:
1. Contribución empresaria a OSECAC
Dentro del marco de la emergencia sanitaria y en especial atención a la situación en que se encuentra nuestro país con motivo de la pandemia COVID-19, se mantiene la contribución patronal solidaria de $600 mensuales a OSECAC por cada trabajador comprendido en el convenio colectivo, y siempre que el trabajador mantenga contrato vigente.
2. Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP)
Las sumas no remunerativas serán base para el INACAP por trabajador, como sigue:
- Marzo $435,94
- Abril $462,10
- Mayo $488,26
- Junio y julio $514,42, respectivamente
- Agosto $558,01
- Septiembre y octubre $601,60 cada mes
- Noviembre y diciembre $649,55 en cada caso
- Enero 2023 $695,32, hasta abril cuando se negocie el nuevo aumento salarial
Aunque lo pactado en esta ocasión tiene vigencia desde el 1° de abril de 2022 y hasta el 31 de marzo de 2023, la cláusula de revisión dice que las partes se reunirán en el mes de enero de 2023 para analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido.