Libro de Sueldos Digital: por problemas sistémicos, contadores exigen prórroga para las presentaciones
El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Cpcecaba) inició una nueva gestión ante la AFIP, solicitando que se otorgue un plazo adicional de dos días hábiles, para considerar realizadas en término las presentaciones del Libro Sueldo y el correspondiente formulario 931.
Dicha solicitud surge por los problemas reportados en la presentación del Libro de Sueldos Digital, cuyos vencimientos están programados entre los días 11 y 13 de abril.
Libro de Sueldos Digital: problemas sistémicos
En esta ocasión, se manifestaron dos tipos de errores, en el primero de ellos la dificultad se presentó en la validación de la retención de obra social para los casos de empleadores que registran empleados con jornada parcial.
En estos casos el sistema la calculaba duplicando el monto informado en el campo de base diferencial para aportes de Obra Social, arrojando error en el cálculo.
El segundo error aún continúa produciéndose y se presenta en el traslado de las remuneraciones 4 y 8 al formulario 931, lo que se ve traducido en el cálculo de un importe superior al que realmente debe ingresarse.
Por lo expuesto, es que el Consejo Profesional porteño elevó esta solicitud para garantizar una correcta carga y presentación del Libro de Sueldo Digital.
AFIP SIRADIG: vence el plazo de carga de las deducciones
En tanto, la AFIP extendió el plazo para presentar el formulario web en el que se vuelcan las deducciones para pagar menos Impuesto a las Ganancias a los trabajadores en relación de dependencia, y la obligación vence el próximo 13 de abril.
En efecto, el organismo de recaudación anunció que extiende hasta el 13 de abril el plazo para que los contribuyentes ingresen sus deducciones del Impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2021. De esta forma, el organismo da más tiempo para facilitar las tareas de cumplimiento, ya que el vencimiento original operaba el 31 de marzo.
Los conceptos ingresados como pagos a cuenta deberán ser informados a través del Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG) mediante la presentación del Formulario web F572. Para utilizar este servicio online, los contribuyentes deben utilizar una clave fiscal con nivel de seguridad 2 o superior.
AFIP SIRADIG Ganancias: claves del sistema
El servicio web "SIRADIG Trabajador" permite ingresar a los empleados en relación de dependencia las deducciones y cargas de familia, dijo la contadora Romina Batista, aunque recordó que existen gastos y deducciones que se pueden ir cargando mensualmente.
Las cargas mensuales deben ser tenidas en cuenta por los empleadores en las liquidaciones de haberes de cada mes.
Los empleadores deberán comunicar a sus empleados el día del mes hasta el cual las novedades informadas por dichos beneficiarios a través del SIRADIG serán tenidas en cuenta en las liquidaciones de haberes del mismo mes, aclaró.
Tanto para el caso que hayan quedado valores de las deducciones mensuales no informadas o informadas en forma errónea, el empleado podrá usar la liquidación anual para practicar las correcciones que considere necesarias, e informar aquellos conceptos que deben ser incluidos solo en la declaración anual, informó la contadora Sonia Becherman.
Cuándo cargar las deducciones del Impuesto a las Ganancias
Si bien hay tiempo hasta el 31 de marzo para agregar aquello que haya quedado afuera, la normativa dice que se deben informar las novedades cuando se produzcan, indicó Batista, y explicó que la primera carga del año genera una declaración jurada original, y luego se realizan rectificativas.
En todos los casos, no hay que olvidar de abrir la Vista Previa y Enviar al Empleador, para que este pueda ver los datos en su herramienta web, remarcó.
Hay rubros que se informan al principio de año, una sola vez, como las cargas de familia. En otros casos, hay que cargar los datos todos los meses porque se necesita el comprobante de pago o la factura, por ejemplo, el servicio doméstico.
También se pueden informar varios meses juntos, pero siempre que se hayan abonado los aportes; en este caso, el empleador devolverá luego lo pagado de más. Otro ejemplo es el de los alquileres, precisó.
En las situaciones de gastos esporádicos, como el de honorarios y servicios médicos, se informa cuando se producen, con la factura correspondiente, sostuvo.
¿Cómo cargar la información en el SIRADIG?
Los pasos para cumplir con la obligación de carga de deducción son los siguientes según enumeró Batista:
- 1. Entrar en la página de AFIP (www.afip.gob.ar) "Acceso con clave fiscal" y seleccionar "SIRADIG – Trabajador".
- 2. Ingresar al servicio, seleccionar nombre y apellido, y la opción "Crear Borrador".
- 3. Empezar por la pestaña "Datos Personales". Verificar que sean correctos o modificarlos. Si no aparecen, hay que completarlos. Luego Guardar y volver al Menú Principal.
- 4. En el Menú principal, continuar por la pestaña "Empleadores":
- CUIT del Empleador
- Fecha de Inicio de la relación laboral. En la opción "¿Es agente de retención?" seleccionar SI. En el caso de tener más de un empleador, seleccionar como agente de retención del Impuesto aquel que paga el mayor sueldo bruto. Hacer clic en Guardar.
- El sistema mostrará la información ingresada.
- Más de un empleador. En la pantalla de pluriempleo, se deberán completar los mismos datos que el empleador principal, pero poner NO en "agente de retención".
- Cargar el Formulario para ingresar las deducciones personales.
- Detalles de las cargas de familia, agregar los familiares a cargo (recordar que no tienen que tener ingresos superiores al mínimo no imponible), uno por uno.
En este rubro tenemos como nueva carga de familia la Unión Convivencial, donde el beneficio se extiende a los concubinos y no hace falta estar casados.
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- Importe de las ganancias liquidadas en el transcurso del período fiscal por otros empleadores o entidades. En el caso de tener más de un empleo se cargarán los sueldos todos los meses.
¿Cuáles son las deducciones admitidas en el Impuesto a las Ganancias?
- 5. Deducciones y desgravaciones. Completar los rubros que correspondan según cada situación. Tener en cuenta los topes máximos anuales, indicar el período mensual o la fecha desde/hasta e informar el monto.
- Cuota médico asistencial (medicina prepaga o cuota que exceda el aporte obligatorio a la obra social).
- Primas de seguro para el caso de muerte (seguro de vida).
- Primas de Ahorro correspondientes a Seguros Mixtos.
- Aportes correspondientes a Planes de Seguro de Retiro Privados.
- Donaciones.
- Intereses de préstamos hipotecarios.
- Gastos de sepelio (personas a cargo).
- Gastos médicos y paramédicos.
- Alquiler de inmuebles destinados a casa habitación.
- Deducción del personal doméstico.
- Aporte a sociedades de garantía recíproca (SGR).
- Vehículos de corredores y viajantes de comercio.
- Gastos de movilidad de viajantes.
- Otras deducciones (aportes jubilatorios para la ANSES, aportes a Cajas de jubilación provinciales, Impuesto al cheque, entre otras).
Otras deducciones que se pueden aplicar en el SIRADIG
Como novedad podemos encontrar dentro de las deducciones, gastos por el home office debido a la pandemia causada por el COVID-19:
Gastos de Adquisición de Indumentaria y Equipamiento para uso exclusivo en el lugar de trabajo: se podrá deducir en su totalidad todo gasto vinculado al equipamiento que necesita el empleado para ejercer su labor.
- 6. Los jubilados y quienes viven en la Patagonia tienen que ingresar en la opción "Beneficios", hacer clic en Trabajador Zona Patagónica y Jubilados / Pensionados y completar la información que piden para poder tener la deducción especial.
- 7. En la pestaña "Otras retenciones, percepciones y pagos a cuenta" se podrá computar:
- Impuesto sobre créditos y débitos.
- Percepciones / Retenciones aduaneras
- Percepciones de la resolución general (AFIP) 3819/2015, realizadas por cancelaciones en efectivo.