Alerta: ARBA envía fiscalizaciones electrónicas para detectar evasión en Ingresos Brutos
La agencia de recaudación bonaerense (ARBA) obtuvo $5.000 millones de recaudación en 2021 mediante fiscalización electrónica y en los primeros meses de este año apuró el paso para dar la batalla a la evasión.
Las fiscalizaciones electrónicas (FIRE) están centradas sobre todo en detectar mediante cruce de información con ventas con tarjetas, acreditaciones bancarias y otros medios las discrepancias entre la facturación de IVA para la AFIP y las declaraciones mensuales de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, según informó ARBA a iProfesional.
Uno de los temas que ningún contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos con actividad en la provincia de Buenos Aires debiera desatender es el de las fiscalizaciones electrónicas notificadas por ARBA en el domicilio fiscal electrónico y los procesos sistémicos de cruce de información con otros organismos que son lo que las generan, afirmó la asesora tributaria Yanina Roco.
Y es un tema no menor el control del domicilio fiscal electrónico en forma periódica para notificarse de las fiscalizaciones y otras novedades enviadas por ARBA con el objetivo de poder responderlas en el plazo previsto, evitando multas y costos innecesarios, añadió.
ARBA y la evasión en Ingresos Brutos: ¿cómo proceder ante una fiscalización electrónica?
Frente a una fiscalización electrónica de ARBA, pueden presentarse los siguientes escenarios, enumeró Roco:
Existe una justificación de las diferencias.
En este caso deberá generar un descargo manifestando que no reconoce las diferencias o que las reconoce parcialmente y a partir de dicha acción el sistema desplegará las opciones válidas de justificación.
No existe una justificación de las diferencias.
Podrá generarse una manifestación donde se reconocen las diferencias informadas, indicando si ha presentado o no las declaraciones juradas originales y/o rectificativas regularizando las mismas, según corresponda.
¿Cómo se explican diferencias válidas?
Según la inconsistencia, el sistema nos exhibirá un cuestionario para encausar las diferencias y a medida que se elija una opción, nos pedirá seguir detallando otras dentro de la misma, aclaró Roco, y puso como ejemplo las siguientes posibilidades de fondos en cuenta bancaria cuestionados:
- Por actividades no alcanzadas (alquiler de inmuebles, venta de inmuebles, lotes, zona franca).
- De actividades no gravadas (relación de dependencia, exportación de mercaderías, honorarios de directores, entre otras).
- Ingresos exentos en Ingresos Brutos (títulos públicos, intereses en cuenta, plazo fijo, edición de libros, cooperativas, mutuales, fundaciones, establecimientos de educación, personas discapacitadas, entre otros)
- Gozan de beneficios fiscales por la Promoción industrial, Leyes especiales de provincia y/o eximidos en otra jurisdicción, como por ejemplo los profesionales universitarios en CABA.
- No integran la base imponible (reintegro de capital y de comisiones, subsidios, bienes de uso)
- Se deducen de la base imponible (devoluciones, descuentos, bonificaciones, entre otros).
Las actividades no se encuentran alcanzadas
- Actividades que se encuentran sujetas a un "tratamiento impositivo diferencial" (comercialización de billetes de lotería, juegos de azar, tabaco, comisionistas, acopiadores, seguro, entidades financieras, bienes usados, agencia publicidad, entre otras).
- Provienen del pasado blanqueo.
- Depósitos efectuados con posterioridad al cese de actividades gravadas en la provincia de Buenos Aires.
- Ingresos declarados con CUIT de reemplazo registrada en AFIP.
- Otros, como transferencia entre cuentas del mismo titular, cotitular de CBU, ingresos cónyuge, hijos, familiares, cuota alimentaria, herencia y donaciones.
También indemnizaciones, jubilaciones, pensiones, aportes de capital pesificaciones de depósitos, devoluciones AFIP, promociones bancarias, honorarios judiciales, rescates de fondos de inversión, becas, planes sociales, reintegro de obras sociales y mutuales, contraasientos por error, entre otros
Para quien inicia una actividad económica es aconsejable que las cuentas bancarias sean de su única titularidad y no compartidas con otro titular ya que es muy probable que reciba fiscalizaciones electrónicas durante el tiempo que desarrolle su actividad si en las mismas ingresan fondos que superan a los declarados por corresponder a otro titular, al margen que los puedan justificar, remarcó Roco.
¿Qué pasa cuando la inconsistencia es real?
Las principales inconsistencias que notifica ARBA son las siguientes:
Ingresos Brutos vs. acreditaciones bancarias
Una de las inconsistencias que con mayor frecuencia notifica ARBA responde a las diferencias que surgen de la confrontación de la facturación declarada en Ingresos Brutos y las acreditaciones bancarias informadas por los bancos.
Ingresos Brutos vs. ventas con tarjeta
Para esta inconsistencia, ARBA exhibe el detalle de las diferencias que surgen de la confrontación de la facturación declarada en Ingresos Brutos y la sumatoria de los montos de ventas correspondientes a operaciones comerciales concertadas con tarjetas de crédito y/o débito, considerando el IVA correspondiente a las mismas.
Además, ARBA tiene la facultad de verificar la facturación por todos los períodos no prescriptos, que en la provincia son 10 años para atrás.