Reintegro a sectores vulnerados por consumos con tarjeta de débito se extiende hasta junio de 2022: cómo acceder
El reintegro a sectores vulnerados por consumos realizados con tarjeta de débito estará vigente hasta finales de junio de 2022. La herramienta permite a las personas jubiladas y pensionadas que cobran el haber mínimo y titulares de AUH y la asignación universal por embarazo acceder a un beneficio de hasta $1200 mensuales.
La extensión del reintegro ofrece un impulso adicional a los consumos que realizan todos los meses más de 1,3 millones de personas.
La decisión de extender la vigencia de la herramienta durante seis meses fue oficializada a través de la Resolución General 5119 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicada este jueves en el Boletín Oficial. El monto del reintegro asciende desde mediados de 2020 hasta $1200 mensuales por beneficiario, con un valor máximo de $2400 para titulares de la AUH con 2 o más hijos.
Además, este año también se incorporaron al reintegro las compras realizadas en farmacias, que se sumaron a las vigentes operaciones realizadas en mini, súper e hipermercados, kioscos y almacenes. La herramienta favorece el acceso a servicios financieros y así permite coadyuvar a la reducción de las brechas sociales, territoriales y de género.
El reintegro con tarjeta de débito se extiende hasta junio 2022
Los fondos reintegrados se acreditan en forma automática cuando las personas beneficiarias realizan sus compras con la tarjeta de débito asociada a la cuenta bancaria de un jubilado, pensionado o beneficiario de asignaciones universales.
También están alcanzadas las operaciones abonadas con esas tarjetas bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR).
El reintegro a sectores vulnerados fue creado por la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva como una herramienta para apuntalar la demanda. El instrumento complementa distintas políticas implementadas por el Gobierno y representa un mecanismo adicional para apuntalar la recuperación económica.
Para consultar si a una persona le corresponde acceder al reintegro por los consumos con tarjeta de débito debe ingresar la CUIL o la CUIT en afip.gob.ar/reintegro. Los reintegros se visualizan en el resumen de la cuenta de la tarjeta de débito con la leyenda "Reintegro Solidaridad Ley N° 27.541".
Ya está vigente la condonación de deudas
La AFIP también habilitó la condonación de deudas prevista en la ley de alivio fiscal. Las y los contribuyentes podrán solicitar este beneficio para regularizar obligaciones tributarias, aduaneras y de seguridad social vencidas al 31 de agosto. El perdón fiscal incluye los intereses resarcitorios, punitorios, multas y sanciones.
La condonación de deudas forma parte de las medidas que dispuso el Gobierno para acompañar a los contribuyentes en el proceso de recuperación económica. La ley de alivio fiscal incluye además la moratoria para obligaciones vencidas al 31 de agosto y un mecanismo para rehabilitar planes de pago caducos, ambos ya vigentes. Asimismo incorpora beneficios para contribuyentes cumplidores y la implementación de procedimientos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones resultantes de los procesos de fiscalización.
¿Quiénes pueden solicitar este beneficio?
La condonación de deudas la pueden solicitar entidades y organizaciones sin fines de lucro como clubes de barrio, cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones comunitarias. También abarca deudas por hasta $100.000 de monotributistas y otros pequeños contribuyentes, y de micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado MiPME.
Los contribuyentes podrán realizar la solicitud hasta el 2 de marzo de 2022 a través de la página web de la AFIP, dentro del servicio "Condonación de deudas - Título I - Ley 27.653" con clave fiscal nivel de seguridad 3.
¿Qué requisitos se deben cumplir para pedir la condonación de deudas?
Los beneficiarios de la condonación de deudas deberán contar:
- Inscripción en los respectivos registros para las cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares, clubes de barrio, asociaciones de pueblos originarios, bomberos voluntarios y fomento rural.
- "Certificado MiPyME" para las micro y pequeñas empresas.
- Domicilio Fiscal Electrónico, registrado y confirmado.
- Declaraciones juradas presentadas desde enero de 2016.
- Tener actualizado el código de la actividad desarrollada de acuerdo con el "Clasificador de Actividades Económicas (CLAE)"
Los pequeños contribuyentes deben registrar inscripción en los impuestos a las ganancias, bienes personales o en el régimen de monotributo