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La AFIP extendió el plazo para la actualización de los controladores fiscales: cuáles son las nuevas fechas

La Administración Federal de Ingresos Públicos prorrogó los plazos para utilizar de forma obligatoria los controladores fiscales de "nueva tecnología"
07/12/2021 - 07:08hs
La AFIP extendió el plazo para la actualización de los controladores fiscales: cuáles son las nuevas fechas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó los plazos para adquirir y utilizar de forma obligatoria los controladores fiscales de "nueva tecnología" en reemplazo de los vigentes.

A partir de la Resolución General 5115 publicada en el Boletín Oficial, los contribuyentes que posean tres o cuatro equipos tendrán tiempo hasta el 31 de enero de 2022 para realizar el recambio. En tanto, quienes posean uno o dos, cuentan hasta el 30 de abril para renovar los controladores fiscales.

La medida otorga más plazo a quienes posean una menor cantidad de equipos, como ocurre en general con los pequeños comercios.

La medida anterior había establecido como fecha límite, para quienes tuvieran entre 3 y 4 equipos, el 31 de diciembre de 2021, y para quienes tuvieran entre 1 y 2, la fecha estipulada era el 28 de febrero de 2022.

Alivio fiscal: quiénes pueden solicitar el beneficio

La AFIP también habilitó la condonación de deudas prevista en la ley de alivio fiscal. Las y los contribuyentes podrán solicitar este beneficio para regularizar obligaciones tributarias, aduaneras y de seguridad social vencidas al 31 de agosto. El perdón fiscal incluye los intereses resarcitorios, punitorios, multas y sanciones.

La condonación de deudas forma parte de las medidas que dispuso el Gobierno para acompañar a los contribuyentes en el proceso de recuperación económica. La ley de alivio fiscal incluye además la moratoria para obligaciones vencidas al 31 de agosto y un mecanismo para rehabilitar planes de pago caducos, ambos ya vigentes. Asimismo incorpora beneficios para contribuyentes cumplidores y la implementación de procedimientos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones resultantes de los procesos de fiscalización.

La condonación de deudas la pueden solicitar entidades y organizaciones sin fines de lucro como clubes de barrio, cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones comunitarias. También abarca deudas por hasta $100.000 de monotributistas y otros pequeños contribuyentes, y de micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado MiPME.

Ya está vigente la condonación de deudas de la Ley de Alivio Fiscal
Ya está vigente la condonación de deudas de la Ley de Alivio Fiscal

Los contribuyentes podrán realizar la solicitud hasta el 2 de marzo de 2022 a través de la página web de la AFIP, dentro del servicio "Condonación de deudas - Título I - Ley 27.653" con clave fiscal nivel de seguridad 3.

¿Qué requisitos se deben cumplir para pedir la condonación de deudas?

Los beneficiarios de la condonación de deudas deberán contar:

  • Inscripción en los respectivos registros para las cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares, clubes de barrio, asociaciones de pueblos originarios, bomberos voluntarios y fomento rural.
  • "Certificado MiPyME" para las micro y pequeñas empresas.
  • Domicilio Fiscal Electrónico, registrado y confirmado.
  • Declaraciones juradas presentadas desde enero de 2016.
  • Tener actualizado el código de la actividad desarrollada de acuerdo con el "Clasificador de Actividades Económicas (CLAE)"

Los pequeños contribuyentes deben registrar inscripción en los impuestos a las ganancias, bienes personales o en el régimen de monotributo.

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