• 23/12/2024

El Senado aprobó la suba del mínimo no imponible del impuesto sobre los Bienes Personales

El proyecto, propuesto por el cordobés Carlos Caserio, se votó por unanimidad en la sesión de este jueves. A partir de cuánto se pagará el gravamen
29/10/2021 - 06:09hs
El Senado aprobó la suba del mínimo no imponible del impuesto sobre los Bienes Personales

El Senado aprobó y giró a la Cámara de Diputados un proyecto de ley que propone la suba del mínimo no imponible del impuesto sobre los Bienes Personales, con el objetivo de reducir la cantidad de personas alcanzadas por el gravamen.

La iniciativa, propuesta por el cordobés Carlos Caserio (FdT), fue votada este jueves por unanimidad (50 votos positivos). En el recinto se aprobó una redacción distinta a la que se proponía originalmente, tras conversaciones del oficialismo con el Ministerio de Economía, por lo que se cambiaron los montos.

De acuerdo al texto, se modifica el artículo 24 de la Ley 27.480, de manera de establecer que no van a pagar este tributo las personas que posean bienes con valores iguales o inferiores a 6 millones de pesos. Actualmente el monto estimado es de 2 millones de pesos, y el proyecto original de Caserio hablaba de 8 millones.

Además, indica que de tratarse de inmuebles destinados a casa-habitación del contribuyente, o del causante en el caso de sucesiones indivisas, no estarán alcanzados por el impuesto cuando resulten iguales o inferiores a 30 millones de pesos. En la actualidad, este monto está en 18 millones de pesos y el texto inicial estimaba 50 millones.

El Senado aprobó la suba del pisoe de Bienes Personales
El Senado aprobó la suba del pisoe de Bienes Personales

El Senado aprobó la suba del piso de Bienes Personales

Al abrir el debate, Caserio sostuvo que "es insuficiente lo que hoy está computado en tal concepto" y con el mínimo imponible actual "comenzaríamos a gravar a contribuyentes que no es razonable hacerlo, y es lo que ya está pasando". "Cualquier familia que posea un coche chico y un terreno estaría gravado", explicó, algo que consideró "una cosa injusta". Además, dijo que hay muchos contribuyentes que "ni siquiera conocen que lo tienen que tributar".

Respecto al proyecto, el presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda apuntó que también se modifica "el artículo 27 de la ley (actual) para que la actualización sea automática en diciembre de cada año y se utilice el índice de precios mayoristas a nivel general".

"Es una ley justa, sensata, que ayuda en un momento difícil de la Argentina, donde los argentinos están saliendo de la pandemia, donde se está logrando la recuperación", manifestó el cordobés, que estimó que "alrededor de 600 mil personas son las que van a dejar de pagar el tributo", señala Parlamentario.

A continuación, la cordobesa Laura Rodríguez Machado anticipó el voto a favor del interbloque, pero advirtió que "la ley es escasa, no alcanza", porque cualquier persona que tenga "heladera, lavarropas, un televisor, tal vez un microondas y un auto pequeño va ingresar a pagar Bienes Personales, aún sin tener casa propia y ningún inmueble".

La senadora del Pro recordó que en la última reforma de este impuesto, en 2018, "en términos reales llegaba a unos 53 mil dólares en ese momento el tope para Bienes Personales", mientras que esta iniciativa "equivale a 30 mil dólares actuales". "Es un reconocimiento expreso por parte del bloque oficialista de la tremenda situación que estamos pasando los argentinos", expresó.

Por el interbloque Parlamentario Federal, el salteño Juan Carlos Romero lamentó que se vote un texto "mucho más restrictivo que la intención original del senador por Córdoba", en alusión a Caserio, porque "en una etapa como el país está viviendo, con una inflación enorme, estas cifras son exiguas".

"Es un alivio, no lo suficiente", insistió y afirmó que "entendía" que "quienes manejan Hacienda están cuidando la caja", pero mientras "se gasta en exceso en otras áreas" como pasa "con la donación de bienes con el eslogan ‘platita’ en el bolsillo de la gente", cuestionó el senador.

Por último, el jefe del Frente de Todos, José Mayans, recordó una vez más la política económica del expresidente Mauricio Macri y enfatizó que "acá no se puede hacer magia", porque hay "un Estado que está débil por la deuda que tenemos". "Arreglamos una parte de la deuda, pero nos falta la otra parte que es un compromiso de imposible cumplimiento", subrayó en referencia al crédito con el FMI.

"La pandemia produjo una caída mundial" y "una presión sobre los precios, fundamentalmente en los alimentos", agregó el formoseño, que resaltó que "en países como el nuestro, que quedó en el default, hay una economía debilitada".

Mayans afirmó que "dos millones de pesos es una base que hoy no corresponde", y este proyecto "es un aporte que viene en el sentido de contribuir al problema económico que tienen los trabajadores".

En el final, al informar sobre las modificaciones, Caserio explicó que "cuando pasamos de los 2 a los 6 millones estamos contemplando el 100% de inflación de ese período, inclusive calculando la del 2021". "En Argentina mirar las cosas en valor dólar es complejo", le respondió a Rodríguez Machado.

Sin embargo, admitió que "con el tema de la casa-habitación sí, no da lo mismo la inflación, pero un análisis con el equipo económico hizo que el costo fiscal era un poco excesivo para lo que se consideraba con un presupuesto ya vigente". "Si bien no es todo lo que quisimos, creo que tenemos por delante para ser un poco más justos", concluyó.

Bienes Personales: cuál será el impacto

El Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF) emitió un nuevo informe en donde analiza el impacto de la suba del mínimo no imponible de Bienes Personales a $8 millones

"Cuando en el año 2018 se modificó la Ley de impuesto sobre los bienes personales para los ejercicios 2019 en adelante, se dispuso un mínimo no imponible de $2.000.000, una escala progresiva en tramos, y la desgravación de la vivienda cuando la base imponible dela misma fuera de hasta $18.000.000", arranca el informe.

Respecto a estos valores, en un "error" frecuente en las leyes tributarias argentinas que permite incrementar artificialmente la alícuota efectiva por efecto de la inflación, no se dispuso un mecanismo automático de actualización y, por efecto de los incrementos nominales en el valor de los activos, en el ejercicio 2020 más contribuyentes empezaron a quedar alcanzados, y aquellos que ya estaban por sobre el mínimo comenzaron a pagar una monto proporcionalmente mayor.

"Evidentemente, el proceso inflacionario del año en curso potenciará los efectos mencionados al final del párrafo anterior para el ejercicio fiscal 2021, si no se dispone una actualización de los parámetros de cálculo", señalan desde el IARAF.

En este sentido, la propuesta presentada en el Senado de la Nación que entre los principales puntos plantea el aumento del mínimo no imponible hasta los $8.000.000, actualiza los valores de las viviendas que quedan fuera del impuesto hasta $50.000.000 y, fundamentalmente, dispone un mecanismo futuro de actualización automático, son un paso en el sentido correcto.

Para visibilizar lo expuesto en el párrafo anterior, el IARAF procedió a ejemplificar el impacto del impuesto sobre contribuyentes de diversos niveles de activos en los años 2019, 2020 y 2021 (en este caso sin considerar modificaciones en los parámetros de liquidación) y bajo el supuesto que sus activos alcanzados por el impuesto solo se han ajustado por inflación, es decir se mantuvieron constantes en términos reales

 

"Como se advierte en los ejemplos desarrollados, el congelamiento de los parámetros de cálculo no solo provocó que en cada año quedaran alcanzados efectivamente por el tributo sujetos que antes estaban por debajo del mínimo, sino que aquellos que ya debían abonar, cada año lo hicieran con una alícuota efectiva superior, a pesar de no haber variado su nivel real de activos", señala el informe.

 

En el siguiente cuadro se muestran los efectos que provocaría la aprobación del proyecto presentado en el Senado

 

Bienes Personales: el proyecto original

Em tanto, el autor del proyecto, el senador Carlos Caserio, señaló que: "Lo lógico sería una redistribución que permita que los que más tienen, más paguen para buscar un equilibro razonal en los argentinos".

El senador cordobés explicó que la iniciativa "modifica el artículo 24 de la Ley 27.480, de manera de establecer que no van a estar alcanzados por este gravamen aquellos bienes que sean iguales o inferiores a 8 millones de pesos (actualmente el monto es de 2 millones de pesos)", y lo calificó de "insuficiente que afecta a muchos argentinos", por lo que es "una necesidad que se debe abordar".

Además, detalló que "establece que de tratarse de inmuebles destinados a casa-habitación del contribuyente, o del causante en el caso de sucesiones indivisas, no estarán alcanzados por el impuesto cuando resulten iguales o inferiores a 50 millones de pesos. En la actualidad, este monto está en 18 millones de pesos".

Acceda al texto completo del proyecto:

 En los fundamentos de la iniciativa, Caserio señala que con "el mínimo no imponible actual llegamos a la conclusión que un contribuyente que posea un automóvil de los denominados pequeños y un terreno en donde aspire a construir su primera vivienda seguramente estaría como sujeto gravado en este tributo".

"También creemos que el valor exento para la casa habitación debe actualizarse producto del incremento de valores que la inflación generó sobre estas propiedades y el efecto revalorización de las bases imponibles y de las valuaciones fiscales que llevaron adelante las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", agrega la iniciativa.

Suba del mínimo no imponible en Bienes Personales: acceda al texto completo del proyecto
Suba del mínimo no imponible en Bienes Personales: acceda al texto completo del proyecto

"La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tendrá a un sujeto de difícil localización y que una vez localizado e intimado seguramente será un contribuyente de escasísimo interés fiscal y al que probablemente para que pueda cancelar sus acreencias y evitar las multas se lo deba incluir en algún régimen de moratoria", señalan en los argumentos.

Caserio señaló que "también se pide la modificación del artículo 27 que dice que’ todos los años de acuerdo al índice de precios al por mayor se aumenta el tributo de lo que se paga’, es decir que tiene una actualización automática, pero llama la atención que ese incremento no lo tenga el mínimo, por eso queremos que el mínimo sea actualizado del mismo modo".