Bienes Personales: el Senado debate el proyecto para elevar a $8.000.000 el mínimo no imponible
El Senado tratará este jueves a partir de las 15, diferentes proyectos de ley en la segunda sesión presencial plena desde el inicio de la pandemia de coronavirus en marzo de 2020.
Los jefes de los bloques parlamentarios del Senado acordaron incluir en el temario de la sesión el proyecto de ley que prorroga por cuatro años la emergencia territorial indígena y evita los desalojos y la iniciativa que busca elevar a $8.000.000 el mínimo no imponible del Impuesto sobre los Bienes Personales.
También se buscará aprobar los pliegos con ascensos de 180 miembros de las Fuerzas Armadas, propuestos por el Poder Ejecutivo, señala Parlamentario.
Bienes Personales: cuál será el impacto
El Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF) emitió un nuevo informe en donde analiza el impacto de la suba del mínimo no imponible de Bienes Personales a $8 millones
"Cuando en el año 2018 se modificó la Ley de impuesto sobre los bienes personales para los ejercicios 2019 en adelante, se dispuso un mínimo no imponible de $2.000.000, una escala progresiva en tramos, y la desgravación de la vivienda cuando la base imponible dela misma fuera de hasta $18.000.000", arranca el informe.
Respecto a estos valores, en un "error" frecuente en las leyes tributarias argentinas que permite incrementar artificialmente la alícuota efectiva por efecto de la inflación, no se dispuso un mecanismo automático de actualización y, por efecto de los incrementos nominales en el valor de los activos, en el ejercicio 2020 más contribuyentes empezaron a quedar alcanzados, y aquellos que ya estaban por sobre el mínimo comenzaron a pagar una monto proporcionalmente mayor.
"Evidentemente, el proceso inflacionario del año en curso potenciará los efectos mencionados al final del párrafo anterior para el ejercicio fiscal 2021, si no se dispone una actualización de los parámetros de cálculo", señalan desde el IARAF.
En este sentido, la propuesta presentada en el Senado de la Nación que entre los principales puntos plantea el aumento del mínimo no imponible hasta los $8.000.000, actualiza los valores de las viviendas que quedan fuera del impuesto hasta $50.000.000 y, fundamentalmente, dispone un mecanismo futuro de actualización automático, son un paso en el sentido correcto.
Para visibilizar lo expuesto en el párrafo anterior, el IARAF procedió a ejemplificar el impacto del impuesto sobre contribuyentes de diversos niveles de activos en los años 2019, 2020 y 2021 (en este caso sin considerar modificaciones en los parámetros de liquidación) y bajo el supuesto que sus activos alcanzados por el impuesto solo se han ajustado por inflación, es decir se mantuvieron constantes en términos reales
"Como se advierte en los ejemplos desarrollados, el congelamiento de los parámetros de cálculo no solo provocó que en cada año quedaran alcanzados efectivamente por el tributo sujetos que antes estaban por debajo del mínimo, sino que aquellos que ya debían abonar, cada año lo hicieran con una alícuota efectiva superior, a pesar de no haber variado su nivel real de activos", señala el informe.
En el siguiente cuadro se muestran los efectos que provocaría la aprobación del proyecto presentado en el Senado
Bienes Personales: el proyecto
Em tanto, el autor del proyecto, el senador Carlos Caserio, señaló que: "Lo lógico sería una redistribución que permita que los que más tienen, más paguen para buscar un equilibro razonal en los argentinos".
El senador cordobés explicó que la iniciativa "modifica el artículo 24 de la Ley 27.480, de manera de establecer que no van a estar alcanzados por este gravamen aquellos bienes que sean iguales o inferiores a 8 millones de pesos (actualmente el monto es de 2 millones de pesos)", y lo calificó de "insuficiente que afecta a muchos argentinos", por lo que es "una necesidad que se debe abordar".
Además, detalló que "establece que de tratarse de inmuebles destinados a casa-habitación del contribuyente, o del causante en el caso de sucesiones indivisas, no estarán alcanzados por el impuesto cuando resulten iguales o inferiores a 50 millones de pesos. En la actualidad, este monto está en 18 millones de pesos".
Acceda al texto completo del proyecto:
En los fundamentos de la iniciativa, Caserio señala que con "el mínimo no imponible actual llegamos a la conclusión que un contribuyente que posea un automóvil de los denominados pequeños y un terreno en donde aspire a construir su primera vivienda seguramente estaría como sujeto gravado en este tributo".
"También creemos que el valor exento para la casa habitación debe actualizarse producto del incremento de valores que la inflación generó sobre estas propiedades y el efecto revalorización de las bases imponibles y de las valuaciones fiscales que llevaron adelante las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", agrega la iniciativa.
"La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tendrá a un sujeto de difícil localización y que una vez localizado e intimado seguramente será un contribuyente de escasísimo interés fiscal y al que probablemente para que pueda cancelar sus acreencias y evitar las multas se lo deba incluir en algún régimen de moratoria", señalan en los argumentos.
Caserio señaló que "también se pide la modificación del artículo 27 que dice que’ todos los años de acuerdo al índice de precios al por mayor se aumenta el tributo de lo que se paga’, es decir que tiene una actualización automática, pero llama la atención que ese incremento no lo tenga el mínimo, por eso queremos que el mínimo sea actualizado del mismo modo".