Polémica por el monotributo: afirman que "puede haber una marcha atrás" en los cambios
El presidente Alberto Fernández se reunió esta tarde en Casa Rosada con el titular la Cámara de Diputados, Sergio Massa, y el ministro de Economía, Martín Guzmán, para definir una marcha atrás con la categorización aplicada por la AFIP a monotributistas. De ese encuentro surgió la decisión de no cobrar la deuda retroactiva a enero a los monotributistas, lo que había generado innumerables polémicas, reclamos y hasta planteos en instancias judiciales.
El encuentro se desarrolló en el despacho presidencial y también participó de la reunión la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.
En concreto, se decidió invalidar la reglamentación de los cambios en el monotributo que automáticamente generó deudas para millones de monotributistas. Ahora queda por verse cuáles serán los detalles de la nueva reglamentación.
Monotributistas, con "deudas sorpresa" de hasta $25.000
La categorización retroactiva aplicada esta semana por la AFIP a los monotributistas los obligaba a pagar, en algunos casos, deudas por más de 25.000 pesos, para lo cual el organismo lanzó un plan de financiamiento.
La AFIP había actualizado 35,3%, retroactivo a febrero último, los valores de las categorías de 4 millones de contribuyentes inscriptos en el régimen simplificado.
La diferencia se iba a poder pagar al contado o en un plan de 20 cuotas, se indicó.
Según los especialistas en impuestos, los monotributistas puros tenían gracias a los cambios de AFIP una deuda que equivalía a la diferencia acumulada en los 5 meses de los tres componentes de la cuota mensual, el impuesto integrado, más aportes a la obra social y jubilación.
Para el resto de los monotributistas, la deuda era la diferencia acumulada en 5 meses sólo del impuesto integrado.
Denuncia contra la titular de AFIP
Este martes, la Fundación Apolo, mediante el Equipo de Activismo Judicial que lidera José Magioncalda, denunció a Mercedes Marcó del Pont, titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), por no haberles informado a los contribuyentes que sus pagos de monotributo serían tomados a cuenta de la nueva actualización.
La denuncia la subscriben el presidente de la Fundación Apolo, Antonio Fratamico, el coordinador de su equipo legal, José Magioncalda, y Gabriel Salvatore junto a Marina Kienast.
Allí se argumenta que la titular de la AFIP violó la propiedad privada al confiscarle la plata a los contribuyentes mediante el cobro de ese retroactivo.
En cuanto al perjuicio que la omisión de la funcionaria y su decisión provocaron en los contribuyentes, dejan en claro que la seguridad jurídica de los monotributistas se vio afectada, y sus derechos, cercenados a partir de una certeza tributaria que no era tal.
"Ante la falta de una ley que actualizara las categorías del Régimen Simplificado, la AFIP nunca advirtió que los pagos correspondientes a los meses devengados (con carácter previo a la sanción de la nueva ley) serían tomados a cuenta de una actualización posterior", dice la denuncia.
La retroactividad del pago perjudica al contribuyente
Los pagos realizados entre enero de 2021 y mayo de 2021 tienen carácter liberatorio. Por esto no correspondería aplicar "de manera retroactiva" una norma que perjudique al contribuyente al exigir un saldo sobre esos períodos ya pagos. Sin embargo, eso es lo que, precisamente, hizo la AFIP.
"Es importante destacar, en este sentido, que es obligación de dicho organismo estatal comunicarles a sus contribuyentes qué va a suceder durante el año para que estos sepan cuánto tienen que pagar. Pero no lo hicieron. No actualizaron los montos cuando debieron hacerlo, y esto llevó a que los contribuyentes, como nunca recibieron la comunicación adecuada, pagaran lo que AFIP decía que había que pagar", advierten desde la Fundación Apolo.
Entrada la segunda quincena de enero de este año, el portal web de la Administración Federal de Ingresos Públicos, a través de un breve comunicado, informó que, de no incrementarse los ingresos de los contribuyentes al punto de tener que cambiar de categoría, estos mantendrían su categoría actual y, en consecuencia, cancelarían los períodos mensuales de 2021 a los valores de ese momento.
La denuncia (CFP 3137/2021) quedó radicada en el Juzgado Criminal y Correccional Federal N°11.