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Impuesto a las Ganancias: cómo será la devolución y a quiénes incluye

El reintegro de lo retenido para quienes ganan menos de $150.000 mensuales se hará a partir de julio. Cómo se implementará la devolución
21/05/2021 - 06:35hs
Impuesto a las Ganancias: cómo será la devolución y a quiénes incluye

La devolución de los montos descontados desde enero pasado en concepto del Impuesto a las Ganancias a un grupo de asalariados y jubilados se hará en cinco cuotas, entre julio y noviembre próximo.

Así quedó plasmado en un punteo de medidas, que fue difundido por Presidencia de la Nación después de que se emitió el discurso del presidente Alberto Fernández, en el que anunció nuevas medidas de restricción para la circulación y las actividades, ante el incremento de los casos de contagios de Covid-19.

Quienes recibirán la devolución de lo retenido son quienes tienen remuneraciones de hasta $150.000 en bruto, o de hasta $124.500 netos.

Impuesto a las Ganancias: cómo será la devolución y a quienes incluye

De acuerdo a las cifras que dio a conocer el Gobierno, quienes recibirán la devolución de lo retenido entre principios de año y el momento en que empiece a aplicarse la ley, son "cerca de 1,27 millones de trabajadores y jubilados" y la medida tendrá un efecto fiscal "de $40.000 millones".

Impuesto a las Ganancias: cómo será la devolución y a quienes incluye
Impuesto a las Ganancias: cómo será la devolución y a quienes incluye

Si bien la ley fue aprobada a principios de abril y promulgada el 21 de ese mismo mes, el Gobierno demora su instrumentación al no emitir las normas reglamentarias, que están a cargo del Ministerio de Economía y de la AFIP. 

Ganancias: claves de la devolución
Ganancias: claves de la devolución

Uno de los puntos centrales que debe reglamentarse es qué ocurrirá con quienes cobren salarios mensuales mayores a $150.000. La ley indica que quienes perciban entre esa cifra y $173.000 ($149.590 netos) tendrán una reducción de la carga, pero dependiente de una normativa del Poder Ejecutivo.

Ganancias: claves del nuevo piso

  • Sólo pagarán el impuesto 7 de cada 100 empleados en relación de dependencia y el 0,4% de los jubilados.
  • Dejan de pagarlo 1.267.000 trabajadores y jubilados, lo que representa un beneficio para más del 90% de los asalariados.
  • Se sube el piso del mínimo no imponible a $150.000 de salario bruto mensual.
  • En el caso de las jubilaciones, sólo tributarán quienes ganen más de 8 haberes mínimos.
  • El aguinaldo queda excluido.
  • Se elimina el tope de edad para deducir a los hijos/as por discapacidad.
  • Se exime al personal de salud de pagar el impuesto por horas extras o guardias (hasta septiembre).

Deducciones en Ganancias

  • Además, la norma excluye al aguinaldo de la determinación del impuesto y añade otros alicientes entre las deducciones.
  • Quita el límite de edad para la deducción de hijos con discapacidad.
  • Introduce la figura de concubino dentro de las cargas de familia.
  • Exime las horas extras y guardias de personal de salud y recolección de residuos (sin tope).
  • Exime suplementos particulares para personal militar (sin tope).
  • Exime bonos por productividad y fallos de caja (hasta $67.071,36 anuales).
  • Permite deducir los gastos de guardería (sin tope).
  • Permite deducir gastos por compra de herramientas educativas para los hijos (sin tope).
  • Permite deducir gastos en cursos de capacitación (hasta $67.071,36 anuales).
  • Permite deducir gastos por movilidad y viáticos, estipulados en convenios colectivos (hasta $67.071,36 anuales).
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