La AFIP habilitó el beneficio de la amortización acelerada para pymes
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el beneficio de la amortización acelerada para los contribuyentes cumplidores de Moratoria 2020, a través de la resolución general 4971/2021 publicada este jueves en el Boletín Oficial.
La misma permite que las micro y pequeñas empresas (miymes) puedan realizar amortizaciones aceleradas, por inversiones en bienes muebles y obras de infraestructura realizadas entre el 26 de agosto de 2020 y el 31 de diciembre de 2021.
La normativa de la AFIP establece cuáles son los requisitos que deben cumplir las empresas al momento de informar los comprobantes, así como otra información relevante vinculada con inversiones y las obras de infraestructura.
Para suministrar la información los contribuyentes deberán ingresar al servicio "SIR Sistema Integral de Recuperos".
La Resolución General también estableció que las firmas deberán acompañar un informe extendido por un contador público independiente. La AFIP realizará los controles sistémicos para determinar si corresponde acceder al beneficio.
Los contribuyentes que soliciten la amortización acelerada deberán contar con el alta en el impuesto a las Ganancias, no registrar incumplimientos en el pago de las obligaciones tributarias desde los períodos fiscales iniciados a partir del 1 de enero de 2017, y tampoco deberán tener incumplimientos de presentación de declaraciones juradas informativas, entre otros requisitos.
La Moratoria 2020 estableció diferentes beneficios para contribuyentes cumplidores entre los que se encuentran: exenciones para los monotributistas, la deducción especial del impuesto a las Ganancias para los autónomos y el mecanismo de amortización acelerada para las mipymes.
Ganancias Empresas
La Comisión de Presupuesto de la Cámara de Diputados buscará emitir este jueves dictamen favorable al proyecto de reforma del Impuesto a las Ganancias a las Sociedades de Capital, que apunta a que la mayoría de las empresas paguen una alícuota del 25%.
La reunión, presidida por Carlos Heller, se realizará mañana a partir de las 15 con el objetivo de firmar el despacho del proyecto que impulsa el Gobierno nacional, por el que busca aliviar la carga fiscal para el 90% de las empresas que en 2020 pagaron una alícuota del 30%.
En la oportunidad, el oficialismo buscará además emitir despacho favorable del proyecto de Consenso Fiscal 2020.
El proyecto de reforma del impuesto a las Ganancias para empresas introduce cambios en la reforma tributaria sancionada en el gobierno de Mauricio Macri, ya que se establecía una rebaja para todas las empresas, lo cual ahora sólo será para aquellas que tienen ganancias de hasta cinco millones de pesos.
El texto elaborado por el Poder Ejecutivo establece un primer escalón de 25% para ganancias netas acumuladas de hasta $5 millones, alícuota que no sólo abarcará a las pymes sino también a la mayoría de las medianas empresas.
El segundo escalón de 30% para ganancias netas acumuladas de más de $5 millones y hasta $20 millones, y un último segmento de 35% para ganancias netas acumuladas superiores a $20 millones.
Los dividendos distribuidos pagarán en todos los casos la alícuota de 7%, a través del impuesto cedular vigente.
Acceda al texto completo del proyecto:
Ganancias: cuál es la tasa efectiva que pagarán las empresas
Las empresas pagarán un 25% para un primer tramo de beneficios de hasta $5 millones de pesos anuales, un 30% para un tramo intermedio de $5 millones a $20 millones de pesos anuales, y para los beneficios superiores a ese umbral se aumentará al 35%. Se mantendría la alícuota del 7% para dividendos distribuidos en todos los casos.
A continuación, la nueva escala:
A valores de hoy, el nuevo proyecto aplica una tasa del 25% en Ganancias sólo para las empresas que facturan hasta u$s35.000 anuales.
Si ganan entre u$s35.000 y u$s140.000 anuales, se les aplica la tasa del 30% en Ganancias.
Si tienen una ganancia de más de u$s140.000 anuales, el Gobierno ya las considera en condiciones de tributar la tasa de 35% en el Impuesto a las Ganancias.
En efecto, si se les suma la tasa de 7% de la distribución de dividendos, las empresas del último escalón afrontan una tasa efectiva en Ganancias del 39,55 por ciento.
Asimismo, el proyecto establece que los montos que determinan las escalas se ajustarán anualmente a partir del 1 de enero de 2022, considerando la variación del IPC, correspondiente al mes de octubre del año anterior al del ajuste, respecto al mismo mes del año anterior.
Ganancias para empresas: la voz de la AFIP
La titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, aseguró este lunes que con la reforma del impuesto a las Ganancias a las Sociedades de Capitales "nueve de cada diez empresas van a pagar una alícuota más baja" y destacó que el aumento de la recaudación permitirá tener nuevos recursos para políticas públicas.
En otro tramo, la funcionaria destacó que a nivel internacional existe una visión muy crítica de bajar impuestos, de desregulación del mercado y de los flujos financieros.
"Hay cierta mistificación de que nosotros vamos a contrapelo del mundo, que el mundo está bajando impuestos, pero no es así", afirmó.
En ese sentido, Marco del Pont agregó que "la flexibilidad de normas y la baja de impuestos no generaron el efecto derrame. Las rentas que se generaron provocaron una mayor concentración de la riqueza".
Al respecto, también subrayó que "la alternativa a esto es el endeudamiento. Y ya lo vivimos. Esta ampliación del espacio fiscal que supone recaudar a través de un impuestos directo vuelve en política públicas".
Marco del Pont expuso en una reunión de la comisión de Presupuesto y Hacienda sobre el proyecto que reduce al 25% la alícuota para las empresas que tienen una ganancias de hasta cinco millones de pesos.
La funcionaria destacó que el esquema propuesto establece un tratamiento diferencial en beneficio de las sociedades de menor tamaño o aquellas que, por alguna circunstancia, obtengan bajas rentas en un período fiscal.
"Nueve de cada diez empresas van a ver reducida su alícuota", afirmó.
La funcionaria brindó un informe junto al secretario de Política Tributaria, Roberto Arias, sobre el proyecto que establece un esquema progresivo entre el 25 y el 35 por ciento a las ganancias que deben pagar las empresas.
"La reforma del Impuesto a las Ganancias de Sociedades garantiza fuentes de financiamiento genuinas para las políticas públicas, permite profundizar la progresividad del tributo y saldar una deuda histórica con las pymes", sostuvo la titular de la AFIP.
En su informe, la funcionaria destacó que los cambios propuestos apuntan a gravar las ganancias, no la facturación.
"El proyecto es muy equitativo, sobre todo en circunstancias en las que se advierten una enorme heterogeneidad", explicó.
Marco del Pont señaló que "la incorporación de tasas marginales tiende a evitar la subdeclaración, ya que pasar de un tramo a otro solo da como resultado pagar la tasa más alta por el monto excedente, y no por la totalidad como sucede con las tasas directas o planas o con los esquemas que diferencian alícuotas según tamaño de empresa".