• 22/12/2024

Monotributo 2021: ¿cuándo comenzarán a regir las nuevas escalas?

La ley no fue publicada en el Boletín Oficial, es decir, promulgada por el Ejecutivo. ¿Cuándo hay que recategorizarse? ¿Me puedo recategorizar ahora?
13/04/2021 - 14:56hs
Monotributo 2021: ¿cuándo comenzarán a regir las nuevas escalas?

A partir de la aprobación de la nueva ley de Monotributo, los que están en ese régimen simplificado empezaron a buscar en la web de la AFIP las nuevas escalas. Sin embargo, todavía no están publicadas.

¿A partir de cuándo empezarán a regir las nuevas escalas del Monotributo?¿Cuándo hay que recategorizarse? ¿Me puedo recategorizar ahora? Son algunas de las preguntas que surgen entre los monotributistas.

La ley todavía no fue publicada en el Boletín Oficial, es decir, promulgada por el Poder Ejecutivo. Una vez que eso suceda, la AFIP tiene que encargarse de la reglamentación, en la que ya está trabajando.

La norma establece que será la AFIP la encargada, por única vez y cuando sea pertinente, de volver a categorizar a los monotributistas, aún cuando esa adhesión hubiese ocurrido a partir del 1 de enero de 2021, inclusive, indicaron en el organismo que dirige Mercedes Marcó del Pont.

Se entiende que esa recategorización que haría la AFIP sería antes de la de julio, que es la fecha en que los monotributistas deben volver a evaluar en qué categoría están.

Cuando la AFIP haga esa categorización de oficio, resolverá quiénes son los que tienen crédito con el organismo y quienes deberán compensar la cuota porque subieron en la tabla.

En el ente recaudador indicaron que están trabajando para que la ley se implemente lo más rápido. Y es que, además de las nuevas tablas la norma incluye flexibilizaciones para aquellos monotributistas que se pasaron de la máxima categoría y deben anotarse como autónomos en el Régimen General (RG).

La ley fijó en 35,3% la actualización de las tablas (tanto de los montos de facturación como las cuotas que hay que pagar), porque esa fue la variación del haber mínimo de la jubilación y el monotributo se actualiza por la movilidad previsional.

La ley actualiza los topes de cada categoría y crea un puente para facilitar el ingreso al régimen general. Así quedarían la escala y los valores:

- Categoría A Monotributo 2021: el tope de facturación se establecerá en $282.424,21. Para los que tengan una prestación de servicio la cuota ajustará a $2.646,04 mientras que los que se dediquen a la venta de bienes quedará en 2.646,04 pesos.

- Categoría B Monotributo 2021: en este caso el tope queda en $423.636,30 y las cuotas pasan a $2.958,74 y $2.958,74 para servicio y bienes respectivamente.

- Categoría C Monotributo 2021: el tope anual será de $564.848,42 y las cuotas quedarán en $3.382,38 para servicios y $3.325,20 para la venta de bienes.

- Categoría D Monotributo 2021: tendrá un límite de facturación de $847.272,66 con cuotas de $3.988,56 y $3.894,43 para servicios y bienes.

- Categoría E Monotributo 2021: 1.129.696,82 pesos será el máximo a facturar con cuotas de $5.239,06 en el esquema de venta de servicios y $4.711,20 de bienes

- Categoría F Monotributo 2021: En este caso llega hasta $1.412.121,05 de facturación y cuotas para servicios de $6.271,01 y de $5.416,99 para bienes.

- Categoría G Monotributo 2021: El techo de facturación anual será de $1.694.545,27 con cuotas de $7.314,35 y $6.167,80 (servicio y bienes).

- Categoría H Monotributo 2021: La última categoría de este segmento quedará con un límite de facturación de $2.353.535,10 con una cuota mensual de $12.788,46 para los proveedores de servicios y de $10.670,31 para los de venta de bienes.

Las últimas tres escalas del sistema están reservadas para los que venden bienes, que son la Categoría I, J y K del Monotributo 2021.

Para la primera, de aplicarse el ajuste de 35,3% el tipo de facturación para el 2021 será de $2.765.403,75 y esto se traducirá en una cuota mensual de 15.338,57 pesos.

Para la segunda el techo será de $3.177.272,39 y la cuota de $17.615,83 y por última, para la más alta, el techo quedaría en $3.530.302,65 y la cuota para el monotributista categoría K en poco menos de veinte mil pesos: 19.911 pesos.

Las modificaciones propuestas apuntan a armonizar la transición entre el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y el Régimen General (RG), tanto en términos administrativos como en los montos de las obligaciones que deben afrontar los monotributistas.

Monotributo: los cambios que se convierten en ley

A través de la iniciativa, se contempla la actualización para las escalas y montos del monotributo correspondientes al período 2020, que comenzarán a regir cuando se publique el proyecto.

Para los casos de monotributistas cuya facturación superó el límite más alto del régimen hasta un 25%, se contempla que puedan mantenerse en su actual condición durante el período fiscal 2021.

Los que superaron ese monto se tendrá que pasar al régimen general y se establece una transición para que los contribuyentes puedan afrontar los pagos de Ganancias y de IVA.

De acuerdo al texto, podrán deducir además en el primer año el 50 por ciento del importe que le corresponde pagar de IVA, el 30 por ciento en el segundo y el 10 por ciento en el tercer año.

El proyecto que consta de 17 artículos, establece un Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para los sujetos comprendidos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

La reforma propiciada por la AFIP busca armonizar la transición entre el Régimen para Pequeños Contribuyentes y el General 

Los 10 puntos centrales

1. El proyecto propone "establecer distintos mecanismos para morigerar el impacto negativo" que tuvo la cuarentena en los monotributistas, de manera de beneficiar "a una significativa cantidad de pequeños y pequeñas contribuyentes que, de acuerdo con los parámetros vigentes, quedarían excluidos y excluidas con efecto retroactivo del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes en una situación extraordinaria".

2. Además contempla la actualización para las escalas y montos del monotributo correspondientes al período 2020.

3. "La actualización, de acuerdo a los lineamientos que plantea el proyecto es de 35,3%", indicó a Télam el tributarista César Litvin, CEO del estudio Lisicki, Litvin y Asociados, quien dijo que era necesario definir el porcentaje debido a que quedó sin efecto el que se utilizaba hasta en momento, que era el índice de movilidad jubilatoria.

"Cuando se creó el monotributo el tope de facturación era aproximadamente de 100.000 dólares, si tomamos al dólar oficial estaríamos en cerca de 9 millones de pesos lo que debería ser el tope de facturación y estamos en venta de bienes 3.5 millones o sea que está atrasado respecto del dólar", explicó.

4. También el texto elaborado por la AFIP busca aliviar la situación de quienes facturaron por encima del límite y que por ello deberían pasar al régimen general.

Respecto de este punto el especialista advirtió que "los excedidos son los que superaron el tope" y aclaró que se dividen en dos tipos: el que superó el límite y el que se quedó -o se fue voluntariamente- como responsable inscripto.

5. Para los que superaron el límite, "en la medida en que sus ingresos no superen el 25% del tope a ese momento puede quedarse en el régimen".

6. El que se cambió voluntariamente y está en la misma relación de facturación puede regresar como monotributista.

Litvin ejemplificó con datos por qué le conviene regresar a los que están en esta situación: "un monotributista de servicios en el tope de facturación va a pagar en el año 153.000 pesos y si pasa a ser responsable inscripto el monto es de 789.000 pesos por año. Eso explica que la gente se 'acurruca' en el monotributo y va enanizando sus ingresos", dijo.

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El texto contempla la actualización para las escalas y montos del Monotributo correspondientes al período 2020

7. El otro punto que plantea el proyecto es el puente entre un régimen y otro para que la diferencia no sea tan significativa. Para ello admite beneficios a través del IVA y de Ganancias.

8. A través del IVA "se le permite un crédito fiscal presunto equivalente a un 17,5% del monto que le fue facturado por los proveedores y también permite un monto equivalente a una doceava parte del 50% de la alícuota en concepto de crédito fiscal pero que no puede exceder el 75% del débito fiscal", explicó Litvin quien consideró la fórmula muy compleja y que nuevamente los monotributistas necesitarán de la asistencia de un profesional.

9. De acuerdo al texto enviado al Congreso, para los casos antes mencionados, la alícuota del IVA va a bajar 50% en el primer año, 30% en el segundo y 10% en el tercero.

10. "También hay beneficios en Ganancias donde toma un gasto deducible equivalente al 82,65% de las compras y una deducción especial equivalente al 50% de un límite", agregó Litvin.

Este puente reduce el monto a pagar por IVA y deducciones especiales en Ganancias y dura tres años.

A modo de cierre, Litvin recordó que cuando fue creado en el año 1998 se pensaba que el régimen de monotributo iba a alcanzar 500.000 personas, una cantidad superada con holgura en la actualidad debido a que ya suman más de 3,5 millones de contribuyentes inscriptos bajo esta modalidad.

"Esto se explica porque es un régimen que además de ser simplificado establece un muy bajo aporte de dinero que suple el pago de ganancias, IVA y seguridad social a cualquier otro contribuyente que está en el régimen general", concluyó el especialista.