Alerta teletrabajo: más allá de las amenazas de la AFIP, se pueden deducir gastos de Internet y equipos
La AFIP está emitiendo amenazas contra la deducción del Impuesto a las Ganancias de gastos de Internet y equipamiento en que incurrieron los trabajadores a raíz del homeoffice, pero no hay que asustarse porque hay formas de deducir en forma correcta y que no sea impugnable.
A los teletrabajadores, les están llegando intimaciones por haber incluido mes a mes en el formulario de deducciones del Impuesto a las Ganancias denominado Siradig, gastos de Internet y equipamiento debidos al homeoffice .
El organismo recaudador pretende que esos teletrabajadores rectifiquen su presentación del Siradig antes del vencimiento del día 31 próximo.
Sin embargo, los expertos alertan que las notificaciones llegaron a muy pocas personas, sólo 5000, y sin embargo, son muchos los empleados que plantearon deducciones de Internet, celulares, computadoras, impresoras o toner, a raíz de la pandemia, y la AFIP no los impugnó.
Esto se debe a que hay maneras de deducir en forma correcta los gastos de Internet o equipamiento en los que se incurrió a través del homeoffice que impuso la pandemia, según explicó Raúl Sanguinetti, de Baker Tilly Argentina.
El experto planteó que la Ley de Impuesto a las Ganancias detalla que son deducibles la "ropa de trabajo o de cualquier otro elemento vinculado a la indumentaria y al equipamiento del trabajador para uso exclusivo en el lugar de trabajo".
La aplicación al homeoffice es nueva por el trabajo en casa a que obligó la pandemia, afirmó Sanguinetti, pero agregó que no por eso deja de ser aplicable.
Hay que tener en cuenta que los empleados deberán informar al empleador mediante transferencia electrónica de datos del formulario de declaración jurada F. 572 Web a través del servicio "Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (Siradig) - Trabajador".
En ese formulario deberán incluir todos los gastos deducibles, como así también las cargas de familia, a fin de que sean contemplados al momento de la liquidación.
Uso y abuso de las deducciones
El tema es que no haya un abuso de las normas sobre deducciones de elementos de trabajo, indicó Sanguinetti.
El buen uso de las deducciones permitidas implica deducir en base a facturas y de la parte proporcional, advirtió Sanguinetti.
En tanto, el experto aseveró que hay abuso cuando no hay factura, se toma el todo y se agregan otros gastos globales.
Por su parte, Marcelo D. Rodríguez, CEO de MR Consultores, trajo a colación la Resolución 4003 de la AFIP, que admite que se deduzca en el formulario Siradig los gastos que asume el empleado en el marco de la jornada laboral y que el empleador debería reintegrar pero no reintegra.
La necesidad de comprobantes
En la pandemia, se generalizó el teletrabajo y surgieron gastos de Internet y equipamiento, recordó Rodríguez, y añadió que se pueden deducir también, en la medida en que se tengan los comprobantes.
Mucha gente fue subiendo mes a mes estos gastos, y ahora la AFIP la notifica para que lo rectifique antes del vencimiento del próximo 31 de marzo, enfatizó Rodríguez.
Pero, aclaró Rodríguez, si el empleado puede justificar fehacientemente que aumentó el plan de Internet en su caso con motivo del teletrabajo, por ejemplo, es perfectamente deducible.
Por otra parte, como no existe una norma concreta que legisle esto, se aplica la Ley de Impuesto a las Ganancias, alertó Rodríguez.
Por este motivo, en el caso de la compra de una impresora, por ejemplo, se debe calcular que tiene una vida útil de tres años, y deducir en 2020 sólo una tercera parte, precisó Rodríguez
A su vez, Carlos Fernández, de Crowe Argentina, dijo que si el servicio de Internet o el equipamiento son utilizados indistintamente para el trabajo y para goce personal, el gasto que se pretenda deducir se deberá tomar en proporción a la afectación laboral de los mismos, puntualizó Fernández.
Esto podría generar en la práctica dificultades ante eventuales cuestionamientos de la AFIP sobre la deducibilidad del gasto, ya que cualquier proporción que se formule debería poder ser respaldada, por lo que la cuestión en definitiva será de hecho y prueba, admitió Fernández.