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Aporte solidario: AFIP investiga a más de 2.000 contribuyentes por posible evasión

El organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont dio a conocer que inició las investigaciones que podrían derivar en una denuncia penal
26/02/2021 - 21:32hs
Aporte solidario: AFIP investiga a más de 2.000 contribuyentes por posible evasión

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció este viernes que comenzó a investigar a más de 2.000 contribuyentes de alto poder adquisitivo ante la sospecha de que evitaron presentar la declaración jurada del Impuesto a los Bienes Personales para eludir el pago del Aporte Solidario y advirtió que denunciará penalmente a quienes hayan omitido realizar este trámite.

La AFIP formalizó hace 20 días la reglamentación del Aporte Solidario y Extraordinario y estableció que los sujetos alcanzados deberán realizar la presentación de la declaración jurada y el ingreso del saldo resultante hasta el 30 de marzo de 2021.

Ahora, el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont dio a conocer que inició las investigaciones que podrían derivar en una denuncia penal ante la certeza de que "existe un grupo de potenciales alcanzados que no presentó su Declaración Jurada de Bienes Personales en 2019", dijeron a Télam fuentes de la dependencia oficial.

"Dado el patrimonio de dichos sujetos sería superior a los 200 millones de pesos la AFIP sospecha de maniobras elusivas", explicaron las fuentes consultadas al admitir que "hay casos en análisis" y que la denuncia "dependerá del cumplimiento o no del pago del aporte".

En ese proceso "se analizan más de 2.000 casos donde la omisión de presentación de la declaración jurada constituye un indicio indubitable de una maniobra tendiente a eludir el pago del Aporte Solidario", detallaron.

Como resultado de estas sospechas la AFIP definió realizar denuncia penal por el delito de "evasión agravado" a quienes omitan presentar declaración jurada de Bienes Personales de 2019 para eludir el pago aprobado por el Congreso Nacional el 4 de diciembre.

Jubilado
Investigar a más de 2.000 contribuyentes de alto poder adquisitivo

El organismo estableció a comienzos de febrero la normativa relativa a la presentación de la declaración jurada, ingreso del aporte y otros aspectos establecidos en la Ley 27.605 y su decreto reglamentario 42/2021, con lo que se completó el proceso iniciado en noviembre con el análisis del proyecto.

Sanción de la ley

La sanción de la Ley en el Congreso nacional, se concretó con la idea de morigerar los efectos de la pandemia de coronavirus mediante un aporte de los patrimonios superiores a los 200 millones de pesos.

La normativa establece que los sujetos alcanzados por el aporte deberán realizar la presentación de la declaración jurada y el ingreso del saldo resultante hasta el día 30 de marzo de 2021, inclusive.

El aporte alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país por la totalidad de sus bienes en el país y en el exterior y a las personas humanas y sucesiones indivisas no residentes, por la totalidad de sus bienes en el país, siempre que los mismos superen la suma de 200 millones de pesos.

Habilitan cuentas bancarias especiales para la repatriación de fondos

Las entidades financieras tendrán que habilitar una "cuenta especial para repatriación de fondos" para aquellas personas que deban abonar el aporte solidario y extraordinario aprobado por el Congreso, dispuso este jueves el Banco Central.

Tras la reglamentación de la ley 27.605 que impone un aporte extraordinario por única vez a grandes fortunas, el Central habilitó estas cuentas para ser utilizadas por "las personas o sucesiones indivisas alcanzadas por la normativa."

Las cuentas se destinarán "única y exclusivamente" a la acreditación y mantenimiento de los fondos provenientes de la repatriación de las tenencias de moneda extranjera y/o del resultado de la realización de los activos financieros situados en el exterior.

"En estas cuentas especiales se permitirá más de una acreditación, que se realizarán y mantendrán en la moneda en la que se efectivice la repatriación de los fondos y deberán provenir únicamente de transferencias del exterior cuyo originante y destinatario sea titular de la cuenta y declarante de la repatriación", explicó el BCRA.

Los fondos deberán permanecer depositados en la cuenta especial hasta el 31 de diciembre de 2021

Además, las entidades financieras deberán informar a la AFIP -conforme al procedimiento y pautas que determine el organismo- los débitos y créditos que se efectúen en estas cuentas.

Los fondos deberán permanecer depositados en la cuenta especial hasta el 31 de diciembre de 2021 o afectados -una vez efectuado ese depósito- a la constitución o renovación de plazos fijos o a alguno de los otros destinos establecidos en el artículo 6° del Decreto 42/2021, que reglamentó la ley.

"Se entiende como repatriación a los efectos de la ley de Aporte solidario y extraordinario el ingreso al país, dentro de los 60 días hábiles administrativos contados desde el 18 de diciembre de 2020, de las tenencias de moneda extranjera en el exterior y de los importes generados como resultado de la realización de activos financieros en el exterior, que representen como mínimo un 30% del valor total de dichos activos", explicó la autoridad monetaria.