• 26/12/2024

La AFIP retoma la atención presencial en el AMBA: qué trámites pueden realizarse

La AFIP retoma este lunes 2 de noviembre la atención presencial de contribuyentes en distintas agencias del Área Metropolitana. Qué trámites se aceptan
02/11/2020 - 07:52hs
La AFIP retoma la atención presencial en el AMBA: qué trámites pueden realizarse

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) retoma este lunes 2 de noviembre la atención presencial de contribuyentes en distintas agencias del Área Metropolitana de Buenos Aires bajo estrictas medidas de prevención y cuidados. Para concurrir a realizar alguno de los cuatro trámites habilitados es imprescindible solicitar un turno en afip.gob.ar.

Las 34 dependencias del organismo que retoman la atención presencial con turno previo son aquellas ubicadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires así como las agencias que funcionan en las localidades bonaerenses de Boulogne, Olivos, Tigre, Morón, San Martín, San Justo, San Miguel, Avellaneda, Lomas de Zamora, Adrogué, Quilmes, Luján, Pilar, Cañuelas, La Plata y Zárate.

La AFIP se mantuvo operativa durante la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio pero restringió la atención al público alrededor del país para minimizar el riesgo de contagio y avanzó con la digitalización de sus trámites.

La evolución de la situación epidemiológica alrededor del país permitió retomar la atención presencial en distintas provincias desde mediados de junio. Las personas que soliciten turno para concurrir a alguna de las dependencias del organismo habilitadas alrededor del país pueden para realizar cuatro trámites:

  • Clave Fiscal: Completar la solicitud de la Clave Fiscal para aquellas personas que no pudieron realizarlo desde la aplicación "Mi AFIP" o través del homebanking
  • CUIT: Inscripción de la CUIT para aquellas personas jurídicas. Tendrán prioridad aquellos contribuyentes que, por diferentes motivos, no hubieran podido realizar esta gestión a través de los canales digitales previamente habilitados. la aplicación "Mi AFIP" y el servicio Presentaciones Digitales, respectivamente.
  • CDI: Solicitar la Clave de Identificación (CDI) que permite operar cuentas bancarias o adquirir bienes registrables a quienes no están obligados a tener CUIT o CUIL.
  • Formulario 3283: Presentar el formulario necesario para autorizar a un tercero a realizar trámites ante la AFIP.

Como sucedió en cada una de las agencias que retomaron la atención presencial, las 34 dependencias del AMBA que serán habilitadas fueron debidamente acondicionadas para garantizar el cuidado de los contribuyentes así como las y los trabajadores del organismo.

El sistema de turnos que será habilitado el domingo 1 de noviembre fue programado para evitar la circulación en los edificios del organismo y facilitar el cumplimiento de las distancias previstas en los protocolos. Durante toda su visita, los contribuyentes deberán utilizar tapabocas y observar todas las medidas de prevención indicadas. Quienes concurran a una dependencia deberán contar con un permiso para circular válido emitido por las autoridades nacionales y/o provinciales correspondientes.

La AFIP prorrogó la feria fiscal: hasta qué fecha

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorroga la feria fiscal hasta el 8 de noviembre, inclusive. Durante la vigencia de las medidas de aislamiento ydistanciamiento social, preventivo y obligatorio se mantendrá la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos.

La medida, prevista en la Resolución General 4.840 alcanza a determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros procedimientos.

La normativa exceptúa de la feria fiscal a los procedimientos que realiza la AFIP por precios de transferencia. Asimismo mantiene habilitadas las fiscalizaciones realizadas en función de la información proporcionada por la OCDE sobre cuentas de argentinos en el exterior, así como aquella proveniente de intercambio de información en el marco de acuerdos y convenios internacionales.

La AFIP prorrogó la feria fiscal: hasta qué fecha
La AFIP prorrogó la feria fiscal: hasta qué fecha

La resolución de la AFIP también contempla la posibilidad de llevar adelante fiscalizaciones electrónicas, aquellos controles y verificaciones no presenciales que se tramitan íntegramente online.

Una feria fiscal consiste en la extensión de todos los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social. La medida no suspende las acciones de la AFIP.

No obstante, durante su vigencia quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo.

Las empresas deben informar quiénes son sus beneficiarios finales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para que las empresas informen quiénes son sus beneficiarios finales.

La medida otorga más tiempo para cumplir con el nuevo régimen informativo que estableció la obligación de identificar a cada una de las personas humanas con participaciones en sociedades, asociaciones civiles, fundaciones y fondos comunes de inversión.

La prórroga hasta mediados de diciembre apunta a facilitar las tareas de cumplimiento en el marco de las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio. La Resolución General 4.839/2020 también ofrece más tiempo a los fideicomisos para que presenten sus declaraciones juradas informativas anuales.

Las empresas deben informar quiénes son sus beneficiarios finales
Las empresas deben informar quiénes son sus beneficiarios finales

La decisión alcanza tanto a los fideicomisos constituidos en el país como aquellos del exterior.

La AFIP reemplazó este año el régimen de información sobre participaciones societariaspara requerir a los contribuyentes la información referida a los beneficiarios finales;aquellas personas humanas que, en última instancia, mantienen una participación en sociedades, asociaciones civiles, fundaciones y fondos comunes de inversión.

La decisión que está en línea con prácticas internacionales busca dificultar las maniobras de ocultamiento de información sobre los "verdaderos dueños" de las distintas personas jurídicas, entidades o estructuras.

La nueva normativa de la AFIP dispuso que las personas jurídicas deben presentar los datos de los beneficiarios finales independientemente del porcentaje de participación que posean. De esta forma, no se establece un umbral mínimo a partir del cual los sujetos alcanzados tienen que informar quiénes son sus beneficiarios finales.

Los sujetos alcanzados tienen tiempo hasta mediados de diciembre para reportar la información sobre todas las personas humanas que posean capital o derechos de voto de una sociedad, persona jurídica u otra entidad contractual o estructura jurídica, o que por cualquier otro medio, ejerzan su control directo o indirecto.