El Gobierno traba más la compra de dólares y los pagos anticipados de importaciones, ¿volvieron las DJAI?
El umbral para preavisar al Banco Central operaciones de compra de cambio disminuyó de u$s500.000 a u$s50.000, con lo que la entidad dio una nueva señal de que está cada vez más corta de dólares, según los expertos.
Hace unos meses el BCRA creó un régimen informativo llamado "Anticipo de Operaciones Cambiarias" según el cual se tenía que informar con 48hs de anticipación las operaciones cambiarias superiores a US$ 2 millones, recordaron Gaston Miani y Francisco Molina Portela, del estudio Tavarone, Rovelli, Salim & Miani.
Ese monto luego fue reducido a u$s500.000 y ahora lo bajaron a u$s50.000, enfatizaron Miani y Molina Portela.
Los expertos destacaron que se trata de un mero régimen informativo, es decir, no significa que se deberá obtener el consentimiento del BCRA para cursar operaciones por encima de u$s50.000.
Otro especialista que no quiso que figure su nombre dijo que el BCRA usa este régimen para anticiparse y saber cuánto va a tener que vender en los próximos días.
Al bajar el monto, están dando una clara señal de que cada vez están más cortos de dólares, concluyó el experto.
Matías Otero, especialista en temas cambiarios, relató que esta novedad fue introducida a través de la Comunicación «A» 7138, emitida por el Banco Central para realizar mayores cambios en materia de pago de deuda e importaciones.
Pago de importaciones de bienes
Por un lado, se incorpora un nuevo requisito para el pago de importaciones de bienes con registro de ingreso aduanero pendiente, precisó Otero.
El importador deberá contar con la declaración efectuada a través del Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI) en estado "Salida" de los bienes, en todos los casos en que esa declaración sea requisito para el registro de la solicitud de destinación de importación para consumo.
El mismo requisito aplicará para la cancelación de cartas de crédito o letras avaladas emitidas u otorgadas a partir de hoy, viernes 16 de octubre.Y en segundo término, a partir del 2 de noviembre próximo, si un importador presenta demoras en la regularización de pagos realizados entre el 02/09/19 y el 31/10/19 por importaciones con registro de ingreso aduanero pendiente, no podrá realizar nuevos pagos anticipados hasta tanto no regularice su situación.
Los pagos alcanzados por esta disposición son:
- Los pagos a la vista contra la presentación de la documentación de embarque.
- Los pagos de deudas comerciales al exterior (operaciones en las que se cumplió la condición de compra pactada entre exportador e importador).
- La cancelación de garantías comerciales de importaciones de bienes otorgadas por entidades locales.Miani y Molina Portela puntualizaron que de esta manera se restringe el acceso al mercado de cambios para efectuar pagos anticipados de importación, ya que requiere como condición contar con una SIMI aprobada.
Las SIMI, al igual que su antecesor (las DJAI), están siendo utilizadas como mecanismo de restricción a las importaciones, señalaron Miani y Molina Portela.
La Secretaría de Comercio no aprueba u observa las SIMI sin dar ningún tipo de explicación convirtiéndose en un mecanismo de hecho de restricción a las importaciones en clara violación a los tratados internacionales suscriptos por nuestro país en el ámbito de la OMC, denunciaron.
Por esta razón, en los últimos meses muchas empresas están recurriendo a la Justicia solicitando medidas cautelares a fin de que la Aduana proceda a liberar la mercadería y el BCRA autorice el giro de divisas prescindiendo de las SIMI, informaron Miani y Molina Poterla.
Los expertos opinaron que esta nueva Comunicación del BCRA agrava la situación y justificaría aún más el inicio de acciones judiciales como sucedió en la época en que Guillermo Moreno era el secretario de Comercio.
Jorge Mayora, de Allende & Brea, agregó que están limitando principalmente los pagos anticipados e importaciones que aún no hayan completado la nacionalización.
Esto es así ya que exigen a los bancos verificar que las importaciones cuenten con SIMIs (autorización para importación de la Secretaría de Comercio), dijo Mayora.
Además aquellos que cuentan con adelantos pendientes pagados entre septiembre 2019 y octubre 2020, que no hayan completado la importación correspondiente, no podrán hacer adelantos, dijo Mayora.
El impacto es directo ya que la mayoría de los importadores no cuentan con crédito de parte de sus contrapartes del exterior y pagan anticipado o a la vista, explicó Mayora.
Aplicación de cobros de exportaciones de bienes y servicios
Otero explicó que se admite aplicar divisas del cobro de exportaciones para el pago de:
- Nuevas emisiones de títulos de deuda con registro público en el paísdenominadas en moneda extranjera cuya vida promedio no sea inferior a un año.
- Nuevos endeudamientos, aportes de capital de inversión directa o emisiones de títulos de deuda con registro público en el país o en el exterior emitidos desde el 9 de octubre pasado, con una vida promedio no inferior a dos años, en tanto ellos hayan sido realizados en el marco de la refinanciación dispuesta por el BCRA.
En ambos casos se deberá cumplir, en lo pertinente, con los restantes requisitos establecidos por la comunicación que ordenó la reprogramación de deuda de los privados.