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Acceda a la norma interna que les permite a senadores y diputados pagar Ganancias sólo por una porción de sus ingresos

iProfesional accedió a la norma interna que permite a senadores y diputados pagar el Impuesto a las Ganancias sólo por una porción de sus ingresos.
28/09/2020 - 06:37hs
Acceda a la norma interna que les permite a senadores y diputados pagar Ganancias sólo por una porción de sus ingresos

En épocas de pandemia, donde el sacrificio que se le pide al sector privado es considerable, muchas son las voces que reclaman un esfuerzo de la clase política que se traduzca en una reducción del gasto público.

Así también, es sabido que existe una norma interna que permite a senadores y diputados pagar el Impuesto a las Ganancias sólo por una porción de sus ingresos.

A continuación el facsímil al que pudo acceder iProfesional:

 

Diego N. Fraga, Socio de RCTZZ Abogados señaló oportunamente a este medio que "a nivel nacional los diputados y senadores pagan únicamente sobre una porción de su sueldo, definición que surge de disposiciones que dictan los titulares de cada Cámara del Congreso. Es decir, según la ley vigente ellos mismos están habilitados para definir sobre qué conceptos pagan el impuesto".

"En este caso, más allá de la injusta situación de privilegio que advertimos, existe una ley nacional que lo avala, la Ley 24.686. El Decreto 682/1996 a su vez estableció que los legisladores sólo pagan ganancias sobre la dieta, gastos de representación y retribución adicional extraordinaria", agregó Fraga.

"Este decreto extiende polémicamente el tratamiento beneficioso al personal de los distintos servicios administrativos. En la práctica, no se conoce muy bien cómo han venido aplicándose esas normas ni su extensión, ya que por lo general se ha evitado su difusión. No sería raro que las autoridades de ambas cámaras hayan restringido aún más la aplicación del impuesto, al amparo de la citada ley.Esta situación es paradojal, ya que además de involucrar a quienes juegan un importante rol en la presión tributaria récord que se vive en el país, son actores que públicamente predican la necesidad de que otros sectores paguen mayores impuestos", concluyó Fraga.

Impuesto a la Riqueza: ya tiene dictamen en Diputados

El bloque del Frente de Todos avanzó el viernes pasado con el dictamen de mayoría del proyecto de aporte solidario y extraordinario, anunciando los cambios introducidos a la iniciativa desde su presentación, entre ellas la confirmación de que no serán gravadas las tenencias en el país de los no residentes.

El dictamen de mayoría obtuvo 27 firmas: las de los miembros del Frente de Todos y los representantes de Córdoba Federal y el Frente Renovador de la Concordia, de Misiones.

El interbloque de Juntos por el Cambio, por su parte, presentó un dictamen de minoría que plantea directamente el rechazo al proyecto del oficialismo.

En el inicio de la reunión, el presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, Carlos Heller, confirmó haber recibido este mismo viernes un análisis de la estimación del impacto recaudatorio del proyecto.

Impuesto a la Riqueza: ya tiene dictamen en Diputados
Impuesto a la Riqueza: ya tiene dictamen en Diputados

El informe elaborado por la Oficina de Presupuesto del Congreso en líneas generales convalida el contenido del informe de la AFIP, estimando que efectivamente la recaudación probable de este aporte estaría en el orden de los 307.000 millones de pesos, equivalente a 1,1% del PBI.

Al detallar las modificaciones aplicadas al proyecto, Heller explicó que modificaron el criterio de la fecha de aplicación del cálculo para determinar el valor del aporte, originalmente fijado en el 31 de diciembre del año pasado.

Acceda al dictamen de mayoría:

"Lo hemos puesto a partir de la promulgación de la presente ley -aclaró Heller-. En función de eso hemos agregado en el artículo 8° cuando las variaciones operadas en los bienes sujetos al aporte durante los 180 días inmediatos anteriores a la fecha de entrada en vigencia de esta ley hiciera presumir, salvo prueba en contrario, una operación que configure un ardid evasivo o esté destinado a eludir su pago, la AFIP podrá disponer que aquellos se computen a los efectos de su determinación".

"Esto es para no tomar un valor retroactivo sino a partir de esta ley, pero como hace 6 meses que venimos discutiendo esta ley, y podría haber generado situaciones individuales de actitudes no ajustadas al cumplimiento de las obligaciones impositivas, para evadir el pago del tributo, entonces resolvemos así la cuestión", explicó el presidente de la comisión.

Por otra parte, Heller anunció que "descartamos el tema de los no residentes, circunscribiendo solamente a los residentes; y también descartamos la posibilidad de que las empresas multinacionales que actúan en el país pagaran por las personas supuestamente dueñas que en algún lugar de la tierra están. Creímos conveniente no incluir esa ampliación".

Por consiguiente, Carlos Heller sostuvo que "están perfectamente limitadas las personas alcanzadas y las características". Así las cosas y con la información disponible enviada por la AFIP, sobre la base de las declaraciones juradas ya presentadas al 19 de septiembre, se podría llegar a una recaudación superior a los 300 mil millones de pesos.

Según las propuestas del proyecto oficialista y sobre la base de la proporción de los fondos que están afuera y que algunos podrían estar interesados en repatriar, la estimación alcanzaría presuntamente a 9.298 personas.

"Porque hay 7.438 declaraciones juradas con bienes superiores a 200 millones, y 1.860 que con las proyecciones sobre las declaraciones juradas de 2018 se estima que deberían estar alcanzados", indicó Heller, que estimó que eso daría 307.897 millones de pesos de recaudación prevista.

Al detallar la composición del aporte, el presidente de la comisión explicó que en la escala más alta, la que ocupan quienes tienen más de 3.000 millones, hay 253 personas humanas, que aportarían 153.855 millones de pesos: casi la mitad del total estimado que produciría este aporte. Si se le suma el tramo que va de 1.500 a 3.000, se sumarían 372 personas más, con lo que se llegaría a 625 personas, que estarían aportando casi 180 mil millones de pesos, delos 307 mil estimados.

En el extremo inferior de la pirámide, quienes tienen bienes de hasta 400 millones, entre 200 y 400, son 4.178 personas las que aportarían 30.100 millones de pesos del total. "Efectivamente el aporte estaría soportado en su principal tramo, el 60%, por un universo de seiscientas y pico de personas", informó Heller, quien luego remarcó que este aporte "es por única vez, está dicho en todos lados, con fines determinados, específicos, y por lo tanto no hay ninguna posibilidad de que no sea por única vez".

Y concluyó: "Un reducidísimo grupo contribuiría a llevar un enorme alivio a una gran cantidad de personas que tendrían alivio a través de los beneficios que podrían obtener con este aporte".

Impuesto a la Riqueza: estimación del impacto recaudatorio

En un reciente informe, la Oficina del Presupuesto del Congreso señala que el proyecto dispone la creación de un Aporte Solidario y Extraordinario con el objetivo de generar fondos tributarios que permitan implementar medidas orientadas a morigerar el efecto económico de la pandemia del Covid-19.

Propone la implementación de un impuesto aplicable a las personas humanas con bienes declarados por más de $200 millones durante el ejercicio 2019, bajo un esquema de alícuotas progresivo, en que las alícuotas progresivas van desde 2% hasta 5,25 por ciento.

Impuesto a la Riqueza: estimación del impacto recaudatorio
Impuesto a la Riqueza: estimación del impacto recaudatorio

Según cifras de la AFIP, la recaudación podría alcanzar los $307.898 millones (equivalente a 1,1% del PIB del corriente año, dado que la base imponible habría trepado a $8.856.961 millones (41,1% del PIB).

Acceda al informe completo:

La incorporación de activos excluidos del Impuesto a los Bienes Personales (depósitos bancarios, títulos públicos e inmuebles rurales, principalmente) genera que la base imponible del Aporte Solidario en análisis sea aproximadamente 4 veces superior a la de dicho tributo.

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