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Prorrogan baja de contribuciones patronales en el sector Salud: hasta qué fecha

La AFIP dispuso que los empleadores pertenecientes a los servicios de salud, extiendan la reducción del 95% de las contribuciones patronales
02/09/2020 - 06:45hs
Prorrogan baja de contribuciones patronales en el sector Salud: hasta qué fecha

La AFIP dispuso que los empleadores pertenecientes a los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud, extiendan la reducción del 95% de las contribuciones patronales.

El alivio se extiende a los períodos devengados agosto, septiembre y octubre de 2020, de acuerdo a la resolución general 4.807 publicada en el Boletín Oficial.

Feria Fiscal

La AFIP también prorroga la feria fiscal hasta el 20 de septiembre, inclusive. Durante la vigencia de las medidas de aislamiento y distanciamiento social, preventivo y obligatorio se mantendrá la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos.

La medida alcanza a determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros.

La decisión, prevista en la Resolución General 4.807 publicada en el Boletín Oficial, mantiene habilitados los procedimientos de fiscalización que realiza la AFIP en función de la información proporcionada por la OCDE sobre cuentas de argentinos en el exterior.

Una feria fiscal consiste en la extensión de todos los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social. La medida no suspende las acciones de la AFIP. No obstante, durante su vigencia quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo.

ATP agosto

La AFIP también habilitó el sistema de inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).

Los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de agosto podrán registrarse online entre los días 28 de agosto y 3 de septiembre, inclusive. Para hacerlo las empresas deberán ingresar con clave fiscal en afip.gob.ar.

Aquellas firmas que hubieran registrado una variación nominal negativa en su facturación entre los meses julio de 2020 y 2019 accederán al salario complementario.

Por su parte, los empleadores que presenten una variación nominal positiva en su facturación de entre 0% y 40% podrán solicitar un Crédito a Tasa Subsidiada. La tasa de interés para las financiaciones será en todos los casos del 15%.

La AFIP habilitó la inscripción al Programa ATP de agosto
La AFIP habilitó la inscripción al Programa ATP de agosto

El trámite para acceder a un Crédito a Tasa Subsidiada se iniciará a través del sitio web de la AFIP y los préstamos se terminan de gestionar ante la entidad bancaria seleccionada por cada empresa.

Los Créditos a Tasa Subsidiada sólo pueden destinarse al pago de los salarios de trabajadoras y trabajadores de las empresas beneficiadas. Por eso, el financiamiento se acreditará directamente en las cuentas bancarias de cada una de las trabajadoras y trabajadores.

La normativa contempla la posibilidad de convertir los Créditos a Tasa Subsidiada en un subsidio siempre y cuando las empresas beneficiadas cumplan determinadas metas de empleo. Esas pautas serán establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo.

Impuesto a la Riqueza

Ya ingresó en Diputados el proyecto de creación del aporte solidario y extraordinario por única vez para ayudar a morigerar los impactos de la pandemia que contempla gravar a las personas que al 31 de diciembre de 2019 hayan declarado un patrimonio superior a los $200 millones, para continuar con una escala que llega hasta más de $3.000 millones.

La iniciativa alcanza a unas 12 mil personas, a las que se les aplicaría un gravamen que va desde el 2% hasta el 3,5% del patrimonio en el país.

A continuación el texto completo del proyecto:

Por única vez

"El impuesto a las grandes fortunas será por única vez, es a las personas y no a las empresas y sobre la base de sus Declaraciones Juradas, por única vez", explicó el presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados, Carlos HellerHeller, quien precisó que "esto no será una comisión investigadora sobre el dinero que las personas tienen en guaridas fiscales; eso habría que hacerlo pero no ahora".

"El impuesto a las grandes fortunas será por única vez, es a las personas y no a las empresas y sobre la base de sus Declaraciones Juradas, por única vez"

En ese sentido, el diputado nacional aclaró que el proyecto se denominará "Aporte Solidario Extraordinario para las personas que tienen fortuna declarada de más de 200 millones de pesos".

En ese marco, afirmó que "el impuesto es progresivo y llega al 3,5% para los que tienen más de 3.000 millones de pesos" y precisó que "el universo de personas que pagarían el impuesto son 12.000".

"No sé cómo evolucionó la fortuna personal de cada persona. No conocemos los nombres de nadie, trabajamos sobre segmentos", sostuvo Heller, al afirmar que "esto debería producir un ingreso superior a los 300.000 millones de pesos".

Se calcula que el impuesto a las grandes fortunas alcanzará a unas 300.000 personas
Se calcula que el impuesto a las grandes fortunas alcanzará a unas 12.000 personas

Creemos que este es el momento para presentar el impuesto a las grandes fortunas. Hubo muchas cosas que ocuparon la agenda y tuvieron prioridad", indicó Heller.

Asimismo recordó que estuvo reunido dos veces con el presidente Alberto Fernández: "Una vez cuando le presentamos el proyecto y un tiempo después me llamó para preguntarme qué pasaba que no se presentaba", indicó.

Finalmente, el diputado dijo que a su juicio "las sesiones virtuales no son un obstáculo para tratar el proyecto de impuesto a las grandes fortunas" y afirmó: "esto no es contra nadie ni tiene nombres propios; por eso lo llamamos aporte solidario, para que se entienda".